Norma Legal Oficial del día 25 de abril del año 2010 (25/04/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 25 de MORDAZA de 2010

la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU, de acuerdo al siguiente detalle: MORDAZA MORDAZA Saettone Watmough: - Viaticos (US$ 260,00 x 5 dias) : US$ - Pasajes Aereos : US$ - Tarifa Corpac : US$ MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ventura: - Viaticos (US$ 260,00 x 5 dias) : - Pasajes Aereos : - Tarifa Corpac : US$ US$ US$ 1 300,00 2 275,00 31,00 1 300,00 2 275,00 31,00

Articulo 3º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, el personal cuyo viaje se autoriza mediante la presente Resolucion, presentara a la Titular del Pliego Presupuestal de PROMPERU un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos durante el evento al que asistira; asimismo, debera presentar la rendicion de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley. Articulo 4º.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo

extranjero sin MORDAZA de MORDAZA para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia civica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, academicas, de instruccion o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinacion o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y, Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, al personal militar que participara en el "Encuentro y Regata Internacional de MORDAZA Veleros ­ SAIL 2010", del 28 de MORDAZA al 02 de MORDAZA de 2010, como parte de las tripulaciones del Buque Escuela "GUAYAS" de la MORDAZA Ecuatoriana, del Buque Escuela "CUAUHTEMOC" de la Armada Mexicana, del Buque Escuela "GLORIA" de la Armada Colombiana, del Buque Escuela "SIMON BOLIVAR" de la Armada Venezolana, del Buque Escuela "LIBERTAD" de la Armada MORDAZA, del Buque Escuela "CAPITAN MIRANDA" de la Armada Uruguaya, del Buque Escuela "SAGRES" de la Armada Portuguesa, del Buque Escuela "ESMERALDA" de la Armada Chilena, del Navio Velero "CISNE BRANCO" de la Armada Brasilera y del Buque Escuela "JUAN MORDAZA ELCANO" de la Armada Espanola, cuya relacion sera publicada en la pagina web del Ministerio de Defensa www.mindef.gob.pe. Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa

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DEFENSA
Autorizan ingreso al territorio de la Republica de personal militar de diversos paises para participar en el "Encuentro y Regata Internacional de MORDAZA Veleros - SAIL 2010"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 449-2010-DE/SG
MORDAZA, 23 de MORDAZA de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsimil (AMA) Nº 1164 de fecha 26 de noviembre de 2009, Facsimil (AMA) Nº 07 de fecha 06 de enero de 2010, Facsimil (AMA) Nº 08 de fecha 06 de enero de 2010, Facsimil (AMA) Nº 61 de fecha 22 de enero de 2010, Facsimil (AMA) Nº 0073 de fecha 25 de enero de 2010, Facsimil (AMA) Nº 102 de fecha 29 de enero de 2010, Facsimil (AMA) Nº 0155 de fecha 10 de febrero de 2010, Facsimil (AMA) Nº F-159 de fecha 10 de febrero de 2010, Facsimil (AMA) Nº 0177 de fecha 16 de febrero de 2010, Facsimil (AMA) Nº 0183 de fecha 18 de febrero de 2010, la Directora de Soberania Maritima, Aguas Transfronterizas y Asuntos Antarticos del Ministerio de Relaciones Exteriores solicita se expida la autorizacion para el ingreso de personal militar de las Republicas de Ecuador, Mexico, Colombia, Venezuela, MORDAZA, Uruguay, MORDAZA, MORDAZA, Brasil, MORDAZA, Panama y del Reino de Espana, sin MORDAZA de guerra; Que, el puerto del Callao ha sido considerado para al recalada de la flota de veleros de distintas nacionalidades como parte del itinerario del "Encuentro y Regata Internacional de MORDAZA Veleros ­ SAIL 2010", organizado con el motivo del Bicentenario de la conformacion de las Primeras Juntas Nacionales de Gobierno de las Republicas de MORDAZA y Chile; Que, el articulo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que "el ingreso de personal militar

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PRODUCE
Incorporan a embarcacion pesquera en el Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion - PMCE
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 167-2010-PRODUCE/DGEPP
MORDAZA, 15 de marzo del 2010 Visto el escrito de Registro Nº 00015174 del 17 de febrero de 2010, presentado por la senorita MORDAZA MORDAZA MAQUEN MORDAZA, y el Informe Nº 19-2010PRODUCE/OGTIE/OE/RJFP remitido por la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica. CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1084, se promulgo la Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion, estableciendose un mecanismo de ordenamiento pesquero aplicable a la extraccion de los recursos anchoveta y anchoveta MORDAZA destinada al Consumo Humano Indirecto, con la finalidad de mejorar las condiciones para su modernizacion y eficiencia; promover su desarrollo sostenido como fuente de alimentacion, empleo e ingresos; y asegurar un aprovechamiento

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