Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2010 (12/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de agosto de 2010

Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de agosto del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 529696-1

Autorizan viaje del Ministro de Comercio Exterior y Turismo a Colombia y encargan su Despacho al Ministro de la Produccion
RESOLUCION SUPREMA Nº 183-2010-PCM MORDAZA, 11 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo MINCETUR y la Comision de Promocion del Peru para la Exportacion y el Turismo ­ PROMPERU, vienen desarrollando actividades de promocion en diversos paises a traves del evento EXPOPERU, con la finalidad de promover la imagen del Peru y fomentar las exportaciones no tradicionales; Que, el Ministro de Comercio Exterior y Turismo, senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, asistira al evento "EXPOPERU COLOMBIA 2010" que se realizara en la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia, del 16 al 19 de agosto de 2010, durante el cual se llevaran a cabo Foros Empresariales de Inversiones, Ruedas de Negocios, exhibicion de productos de exportacion, desfile de modas y eventos de difusion de la gastronomia peruana; Que, es necesario otorgar al Titular del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo la autorizacion de viaje correspondiente y encargar el Despacho Ministerial, en tanto dure su ausencia; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 127º de la Constitucion Politica del Peru, la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010, la Ley Nº 27790, Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo ­ MINCETUR y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ministro de Comercio Exterior y Turismo, a la MORDAZA de Bogota, Republica de Colombia, del 17 al 19 de agosto de 2010, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion, seran efectuados con cargo al Pliego Presupuestal 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viaticos Tarifa Corpac : US$ : US$ : US$ 1 304,92 600,00 31,00

Modifican Reglamento General del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - OSINERGMIN
DECRETO SUPREMO Nº 081-2010-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 26734, modificada por la Ley Nº 28964 se creo el Organismo Supervisor de la Inversion en Energia y Mineria - OSINERGMIN, como organismo publico encargado de regular, supervisar y fiscalizar el cumplimiento de las disposiciones legales y tecnicas relacionadas con los subsectores de electricidad, hidrocarburos y mineria; Que, mediante Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM se aprobo el Reglamento General de OSINERGMIN, estableciendose en su articulo 65º las funciones que le corresponde ejercer al Gerente General y al Gerente Adjunto; Que, con la finalidad de facilitar el ejercicio de las funciones que le permitan enfrentar de manera eficaz las competencias otorgadas al OSINERGMIN, resulta conveniente facultar al Gerente General a delegar las funciones senaladas en el literal d) del articulo 65º del Reglamento MORDAZA citado; De conformidad con el numeral 8) del Articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru, y la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Articulo 1º.- Modificacion del articulo 65º del Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM Modificase el ultimo parrafo de las Funciones del Gerente General del articulo 65º del Decreto Supremo Nº 054-2001-PCM, el cual, a partir de la entrada en vigencia del presente decreto supremo tendra el siguiente tenor literal: Articulo 65º.- Funciones (...) El Gerente General podra delegar las facultades indicadas en los literales "c", "d", "g", "h" e "i" del presente articulo, dando cuenta de ello al Consejo Directivo. (...) Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los once dias del mes de agosto del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros 529696-2

Articulo 3º.- Encargar la Cartera de Comercio Exterior y Turismo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Ministro de la Produccion, a partir del 17 de agosto de 2010 y en tanto dure la ausencia del Titular. Articulo 4º.- La presente Resolucion no MORDAZA ni exonera del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuere su clase o denominacion. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Comercio Exterior y Turismo 529696-7

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