Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2010 (12/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de agosto de 2010

protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolucion Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la Republica por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedicion de la resolucion, bajo responsabilidad. La Resolucion Ministerial de autorizacion debe especificar los motivos, la relacion del personal militar, la relacion de equipos transeuntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitara opinion previa del Ministerio de Relaciones Exteriores"; y, Con la opinion favorable de la MORDAZA de MORDAZA del Peru y de conformidad con la Ley N° 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la Republica, del siguiente personal militar sin MORDAZA de MORDAZA de la MORDAZA de los Estados Unidos de MORDAZA, del 18 al 21 de agosto de 2010, para efectuar un estudio de sitio (PDSS) en apoyo al Barco de Alta Velocidad (HSV2) que visitara nuestro MORDAZA en el transcurso del presente ano: 1. MORDAZA MORDAZA MORDAZA R. MORDAZA 2. CAPITAN USMC MORDAZA M. MELANO 3. TECNICO USMC JOE G. URIAS Articulo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolucion, a fin que de cuenta al Congreso de la Republica en el plazo a que se contrae el articulo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa 529454-6

Aprueban Directiva General Participacion del Ministerio de Defensa en el Simulacro Nacional ante Sismo 2010
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 821-2010-DE/SG MORDAZA, 10 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, el articulo 1º del Decreto Ley Nº 19338 crea el Sistema Nacional de Defensa Civil como parte integrante de la Defensa Nacional; Que, el articulo 15º de la Ley Nº 28478 ­ Ley del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional, establece que el Sistema Nacional de Defensa Civil forma parte del Sistema de Seguridad y Defensa Nacional, teniendo por finalidad proteger a la poblacion, previniendo danos, proporcionando ayuda oportuna y adecuada, asegurando asimismo su rehabilitacion, en caso de desastres, calamidades o conflictos; Que, la Ley Nº 28101 - Ley de Movilizacion Nacional, preve en su articulo 1º que la Movilizacion Nacional, es un MORDAZA permanente e integral planeado y dirigido por el Gobierno, consistente en adecuar el poder y potencial nacional a los requerimientos de la Defensa Nacional, para disponer y asignar oportunamente los recursos necesarios destinados a afrontar situaciones de emergencia ocasionadas por conflictos o desastres que atenten contra la Seguridad Nacional, cuando estos superen las previsiones de personal, bienes y servicios, asi como las posibilidades economicas y financieras del Estado; Que, el inciso 1) del articulo 20º del Reglamento de la Ley Nº 28101, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2006DE/SG, establece que el Sistema Nacional de Defensa

Civil, a traves del Instituto Nacional de Defensa Civil, tiene como responsabilidad general conducir el MORDAZA de la movilizacion propiamente dicha y de la desmovilizacion en situaciones de emergencia, ocasionadas por desastre o calamidades de toda indole; Que, de conformidad con lo establecido en el MORDAZA parrafo del articulo 3º de la Ley Nº 29075 ­ Ley que establece la naturaleza juridica, funcion, competencias y estructura organica del Ministerio de Defensa, el citado Ministerio ejecuta la Politica de Defensa Nacional en el ambito de su competencia, y ejerce su funcion en concordancia con las disposiciones MORDAZA por el Presidente de la Republica, como Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas, y los acuerdos adoptados por el Consejo de Seguridad Nacional y la normativa constitucional y legal del Estado; Que, el Reglamento de la citada Ley Nº 29075, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2008-DE, preve en su articulo 33º que la Direccion General de Politica y Estrategia disena, propone, articula y dirige el planeamiento estrategico integral de la Defensa Nacional en el ambito militar y no militar, y en materia de Movilizacion Nacional, estableciendo en los incisos d) y e) de su articulo 39º, que a traves de la Direccion de Movilizacion Nacional, coordina con los Ministerios, Organismos Publicos y Privados los asuntos relativos a la Movilizacion Nacional; y, asimismo, coordina la ejecucion de las actividades de Movilizacion Nacional con el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, Instituciones Armadas y el Instituto Nacional de Defensa Civil, en lo relativo a situaciones de emergencia ocasionadas por conflicto y desastres o calamidades, respectivamente; Que, mediante Decreto Supremo Nº 037-2010-PCM se promulga el Plan de Prevencion por Sismos 2010; y, asimismo, por Resolucion Ministerial Nº 327-2010/DE/SG se aprueba la Directiva General Nº 010-2010-MINDEFVPD/A/04: Participacion del Ministerio de Defensa en el Plan de Prevencion por Sismos 2010, en la cual se establecen normas generales que orientan las acciones del Ministerio de Defensa en la ejecucion del indicado Plan; Que, por Resolucion Jefatural Nº 155-2010-INDECI de fecha 21 de junio de 2010, se aprueba la Directiva Nº 0082010/INDECI/DNO: "Lineamientos para la organizacion, preparacion y ejecucion del Simulacro Nacional de Sismo del 11 de agosto de 2010", estando comprendido en su alcance el Ministerio de Defensa; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 159-2010-PCM se aprueba el "Simulacro Nacional ante ­ Sismo 2010", fijandose el dia 18 de agosto de 2010 como fecha para su realizacion, constituyendose la Comision Coordinadora de dicho evento, teniendo entre sus integrantes al Ministro de Defensa; Que, la Direccion General de Politica y Estrategia del Ministerio de Defensa ha cumplido con presentar el proyecto de Directiva General para viabilizar la participacion del Ministerio de Defensa en el indicado Simulacro Nacional, el cual preve la participacion del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas en coordinacion con el Ejercito del Peru, MORDAZA de MORDAZA del Peru y Fuerza Aerea del Peru, a fin de procurar su optima realizacion; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29075 - Ley que establece la naturaleza juridica, funcion, competencias y estructura organica del Ministerio de Defensa, y su Reglamento de Organizacion y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2008-DE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la Directiva General Nº 022 2010-MINDEF-VPD/A/04: Participacion del Ministerio de Defensa en el Simulacro Nacional ante Sismo - 2010 que se realizara el 18 de agosto de 2010, cuyo texto forma parte integrante de la presente Resolucion Ministerial, la cual sera publicada en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Defensa (www.mindef.gob.pe), el mismo dia de la publicacion de la presente Resolucion Ministerial. Articulo 2º.- Autorizar al Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y a las Instituciones Armadas, a participar en el indicado Simulacro Nacional, debiendo el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas dictar las disposiciones que resulten pertinentes, para que los Comandos Operacionales y las Instituciones Armadas

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