TEXTO PAGINA: 20
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 12 de agosto de 2010 423602 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27171, Ley de Saneamiento y Transferencia de Infraestructura Social fi nanciada por el Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social – FONCODES, se declaró de necesidad y utilidad pública el saneamiento físico-legal y contable de las obras de inversión social fi nanciadas por dicho organismo público, así como su transferencia en propiedad a las Entidades Receptoras responsables de su administración y mantenimiento; Que, el literal b) del artículo 3 de la Ley Nº 27171 establece que la transferencia de propiedad de las obras fi nanciadas por el FONCODES se hará constar en Acta suscrita por este Fondo y las Entidades Receptoras respectivas, en virtud de la cual el primero descargará de sus cuentas contables el valor de liquidación de las obras, incorporándose al patrimonio de las segundas; Que, de acuerdo con el artículo 14 del Reglamento de la Ley Nº 27171, aprobado por Decreto Supremo Nº 005- 2000-PRES, el Acta de Transferencia de Propiedad es el instrumento legal con el que se transfi ere la propiedad a las Entidades Receptoras de la infraestructura social y económica fi nanciada por el FONCODES y contiene los datos de ésta, así como de su ejecución fi nanciera; Que, el artículo 27 del referido Reglamento prevé que, a efectos de proceder a descargar el valor de liquidación de lo transferido de las cuentas contables del Activo y de Patrimonio del FONCODES, el Contador General de este último organismo público suscribirá el Acta de Transferencia Contable, la que será igualmente fi rmada por el Contador de la Entidad Receptora o quien haga sus veces; o, en su defecto, por el representante legal de la Entidad, cuya copia certifi cada será remitida a la Dirección Nacional de Contabilidad Pública del Ministerio de Economía y Finanzas y a la Contraloría General de la República; Que, según la Segunda Disposición Complementaria, Transitoria y Final de la Ley Nº 27171, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de la Presidencia, se emitirán las disposiciones reglamentarias y complementarias que resulten necesarias para el cumplimiento de la aludida Ley; Que, el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 009-2002- MIMDES ha precisado que, a partir de la incorporación del Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social – FONCODES (denominado actualmente Fondo de Cooperación para el Desarrollo Social – FONCODES) a la estructura orgánica del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social, dispuesta por mandato del artículo 5 de la Ley Nº 27793, Ley de Organización y Funciones del MIMDES, toda mención efectuada al Ministerio de la Presidencia en las normas de creación y demás disposiciones complementarias y reglamentarias del FONCODES deberá entenderse referida al Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; En uso de la facultad conferida por el inciso 8) del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27171 – Ley de Saneamiento y Transferencia de Infraestructura Social fi nanciada por el Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social – FONCODES y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-2000-PRES; la Ley Nº 27793 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004, y el Decreto Supremo Nº 009- 2002-MIMDES; DECRETA: Artículo Único.- Del plazo máximo para la suscripción de las Actas de Transferencia de Propiedad y Transferencia Contable. Dispóngase un plazo máximo de treinta (30) días calendario para la suscripción por parte de las Entidades Receptoras, de las Actas de Transferencia de Propiedad y de Transferencia Contable establecidas en los artículos 14º y 27º del Reglamento de la Ley Nº 27171, Ley de Saneamiento y Transferencia de Infraestructura Social fi nanciada por el Fondo Nacional de Compensación y Desarrollo Social – FONCODES, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-2000-PRES. El incumplimiento del plazo previsto en el párrafo anterior acarreará las responsabilidades de ley, según el tipo de Entidad Receptora de que se trate. Las Entidades Receptoras no se encuentran obligadas a la suscripción de las Actas referidas en el primer párrafo del presente artículo, de comprobarse y demostrarse fehacientemente en el plazo máximo de treinta (30) días calendario de recibidas las Actas de Transferencia de Propiedad y de Transferencia Contable que la infraestructura materia de transferencia se encuentra en situación de: (i) destrucción, (ii) grave deterioro, o (iii) abandono. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los once días del mes de agosto del año dos mil diez. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 529696-5 Designan Presidente del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Pasco RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 505-2010-MIMDES Lima, 11 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial ʋ 462-2007- MIMDES del 21 de septiembre de 2007, se designó al señor FÉLIX OSCÁTEGUI RIVERA como Presidente del Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Pasco; Que, por necesidades del servicio, se ha visto por conveniente dar por concluida la mencionada designación, así como emitir el acto mediante el cual se designe a la persona que se desempeñará en dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley ʋ 26918 – Ley de Creación del Sistema Nacional para la Población en Riesgo, la Ley ʋ 27594 – Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, la Ley ʋ 27793 – Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social – MIMDES, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado mediante Decreto Supremo ʋ 011-2004- MIMDES, el Decreto Supremo ʋ 004-2010-MIMDES y el Decreto Supremo ʋ 001-2009-JUS; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor FÉLIX OSCÁTEGUI RIVERA como Presidente del Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Pasco, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor CARLOS HILARIO DE LA TORRE TAPIA como Presidente del Directorio de la Sociedad de Benefi cencia Pública de Pasco. Regístrese, comuníquese y publíquese. NIDIA VILCHEZ YUCRA Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 529170-1 Designan miembro del Directorio de la Sociedad de Beneficencia Pública de Ayacucho RESOLUCIÓN MINISTERIAL ʋ 506-2010-MIMDES Lima, 11 de agosto de 2010