Norma Legal Oficial del día 12 de agosto del año 2010 (12/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 12 de agosto de 2010

el literal b) de este articulo, ni la contratacion con terceros para la prestacion de servicios de asesoria y/o venta de informacion. Articulo 2º.- Transcribase la presente Resolucion Suprema a la Superintendencia Nacional de Administracion Tributaria (SUNAT). Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de Economia y Finanzas y por el Ministro de Educacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Economia y Finanzas MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Educacion 529696-8 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 165-2010-EF Mediante Oficio Nº 502-2010-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 165-2010-EF, publicado en nuestra edicion del dia 6 de agosto de 2010. DICE: "Articulo 1º.- Aprobacion de operacion de administracion de deuda Apruebese la operacion de administracion de deuda, bajo la modalidad de canje, de parte de las obligaciones pendientes de pago correspondientes a las operaciones de endeudamiento externo aprobadas por los Decretos Legislativos Nº 397, Nº 448 y Nº 506, y los Decretos Supremos Nº 488-85-EF, Nº 144-80-EF, Nº 017-80-EF, Nº 299-81-EF, Nº 428-83-EFC, Nº 379-84-EF, Nº 502-84-EFC, Nº 230-84EF, Nº 159-93-EF, Nº 153-94-EF, Nº 124-95-EF, Nº 06596-EF, Nº 131-96-EF, Nº 184-97-EF, Nº 160-97-EF, Nº 175-97EF, Nº 030-98-EF, Nº 100-98-EF y Nº 171-99-EF, hasta por la suma de 16 064 230,58 (DIECISEIS MILLONES SESENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y 58/100 EUROS), cuyo detalle esta contenido en el Anexo que forma parte de esta MORDAZA legal, y que se destinara al Fondo Contravalor Peru-Alemania ­ FPA creado en virtud del Acuerdo Especial suscrito, el 31 de octubre de 2002, con dicho MORDAZA, para financiar proyectos destinados a la reduccion de la pobreza, a la promocion del desarrollo socioeconomico y/o a la proteccion del medio ambiente." DEBE DECIR: "Articulo 1º.- Aprobacion de operacion de administracion de deuda Apruebese la operacion de administracion de deuda, bajo la modalidad de canje, de parte de las obligaciones pendientes de pago correspondientes a las operaciones de endeudamiento externo aprobadas por los Decretos Legislativos Nº 397, Nº 448 y Nº 506, y los Decretos Supremos Nº 488-85-EF, Nº 144-80-EF, Nº 017-80-EF, Nº 299-81-EF, Nº 428-83-EFC, Nº 379-84-EF, Nº 502-84-EFC, Nº 230-84-EF, Nº 159-93-EF, Nº 153-94-EF, Nº 124-95-EF, Nº 065-96-EF, Nº 131-96-EF, Nº 184-97-EF, Nº 160-97EF, Nº 175-97-EF, Nº 030-98-EF, Nº 100-98-EF y Nº 17199-EF, hasta por la suma de 16 064 230,58 (DIECISEIS MILLONES SESENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS TREINTA Y 58/100 EUROS), cuyo detalle esta contenido en el Anexo que forma parte de esta MORDAZA legal, y que se destinara al Fondo Contravalor Peru-Alemania ­ FPA creado en virtud del Acuerdo Especial suscrito, el 31 de octubre de 2002, con dicho MORDAZA, para financiar proyectos destinados a la reduccion de la pobreza, a la promocion del desarrollo socioeconomico y/o a la proteccion del medio ambiente y de los recursos naturales." 529699-1

ENERGIA Y MINAS
Otorgan concesion definitiva para desarrollar actividades de transmision de energia electrica a favor de Maple Etanol S.R.L.
RESOLUCION SUPREMA Nº 049-2010-EM MORDAZA, 11 de agosto de 2010 VISTO: El Expediente N° 14190510, sobre otorgamiento de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica, presentada por Maple Etanol S.R.L., inscrita en la en el Asiento B00002 de la Partida N° 11361038 del Registro de Personas Juridicas, MORDAZA Registral N° IX Sede MORDAZA, Oficina Registral de Lima; CONSIDERANDO: Que, la solicitud de concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica comprende la Linea de Transmision en 60 kV S.E. MORDAZA Oeste ­ S.E. Planta Etanol, ubicada en los distritos de La MORDAZA, MORDAZA Checa y MORDAZA, provincias de MORDAZA, Sullana y Paita, departamento de MORDAZA, cuyas coordenadas UTM (PSAD56) figuran en el Expediente; Que mediante Oficio Nº 04702-2009-PRODUCE/ DVMYPE-I/DGI-DAAI, de fecha 28 de agosto de 2009, la Direccion de Asuntos Ambientales de Industria del Ministerio de la Produccion aprobo el Estudio de Impacto Ambiental de la Linea de Transmision en 60 kV S.E. MORDAZA Oeste ­ S.E. Planta Etanol; Que, la peticion esta amparada en las disposiciones contenidas en el articulo 25° del Decreto Ley N° 25844, Ley de Concesiones Electricas, y en los articulos pertinentes de su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 009-93-EM, habiendo cumplido con los requisitos legales para su presentacion; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en la Ley de Concesiones Electricas, y su Reglamento, ha emitido el Informe N° 1382010-DGE-DCE; De conformidad con lo dispuesto en el articulo 53° del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Otorgar a favor de Maple Etanol S.R.L. la concesion definitiva para desarrollar la actividad de transmision de energia electrica en la Linea de Transmision en 60 kV S.E. MORDAZA Oeste ­ S.E. Planta Etanol, ubicada en los distritos de La MORDAZA, MORDAZA Checa y MORDAZA, provincias de MORDAZA, Sullana y Paita, departamento de MORDAZA, en los terminos y condiciones de la presente Resolucion y los que se detallan en el Contrato de Concesion que se aprueba en el articulo 3° de la presente Resolucion. Articulo 2°.- Las caracteristicas principales de los bienes indispensables para operar la concesion son los siguientes:
Salida / Llegada de la Tension linea transmision (kV) S.E.PIURA OESTE S.E. PLANTA ETANOL 60 N° de Longitud Ternas (km) 01 36,6860 Ancho de Faja de servidumbre que corresponde (m) 16

Articulo 3°.- Aprobar el Contrato de Concesion N° 353-2010 a suscribirse con Maple Etanol S.R.L., el que consta de 19 clausulas y 04 anexos. Articulo 4°.- Autorizar al Director General de Electricidad a suscribir, a nombre del Estado, el Contrato de Concesion aprobado en el articulo que antecede y la Escritura Publica correspondiente.

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