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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE AGOSTO DEL AÑO 2010 (15/08/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 20

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 15 de agosto de 2010 423875 Que las referidas muestras representativas fueron seleccionadas en aplicación de los criterios técnicos de ponderación y de gestión que permiten identificar las áreas geográficas con mayores índices de pobreza y precisar el número de intervenciones ejecutadas en cada una de ellas, así como la cantidad de conformidades expedidas por la APCI para el ingreso de donaciones de ropa y calzado usados destinados a cada una de dichas zonas, determinando la cantidad y la distribución de las intervenciones de cooperación y las donaciones de ropa y calzado usados que se encontrarían sujetas a las acciones de fiscalización programadas para el presente año; Que, por otra parte, el proyecto de PAF 2010 fue sometido a consideración del Comité Consultivo de la APCI en la Sesión Nº 002-2010/CC-APCI, efectuada el 20 de julio de 2010, contando con la conformidad de dicho órgano de asesoría; Que, por lo antes expuesto, es necesario que la APCI cuente con un Plan Anual de Fiscalización, con el propósito de cumplir con las funciones que le han sido encomendadas por ley; Con las visaciones de la Dirección de Fiscalización y Supervisión, de la Ofi cina de Asesoría Jurídica, y de la Ofi cina General de Administración, y; En uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27692 -Ley de Creación de la APCI y sus normas modificatorias, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 028-2007-RE; la Ley Nº 28514 -Ley que prohíbe la importación de ropa y calzados usados, y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 024- 2005-PRODUCE. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Plan Anual de Fiscalización 2010 (PAF-2010), el mismo que en Anexo Único forma parte integrante de la presente Resolución Directoral Ejecutiva. Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente Resolución Directoral Ejecutiva en el Diario Ofi cial “El Peruano” y, conjuntamente con el Plan Anual de Fiscalización 2010, en el portal institucional de la APCI: www.apci.gob.pe Artículo 3º.- Disponer que la Ofi cina General de Administración notifi que la presente Resolución Directoral Ejecutiva a las unidades orgánicas de la APCI. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PANDO SANCHEZ Director Ejecutivo 530319-1 ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS INSTITUTO GEOLOGICO MINERO Y METALURGICO Disponen la publicación de concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de julio de 2010 RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA Nº 102-2010-INGEMMET/PCD Lima, 11 de agosto de 2010 CONSIDERANDO: Que, por Decreto Supremo Nº 008-2007-EM se aprueba la fusión del Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC con el Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET, correspondiéndole al Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET la calidad de entidad incorporante; Que, mediante Decreto Supremo Nº 035-2007-EM del 5 de julio del 2007, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Geológico, Minero y Metalúrgico - INGEMMET; Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 124° del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM, el Instituto Nacional de Concesiones y Catastro Minero - INACC (hoy INGEMMET), publicará mensualmente en el Diario Ofi cial El Peruano, por una sola vez, la relación de concesiones mineras cuyos títulos hubieran sido aprobados en el mes anterior; Con la visación de la Dirección de Concesiones Mineras y de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 124° del Texto Único Ordenado de la Ley General de Minería, aprobado por Decreto Supremo Nº 014-92-EM; y, el artículo 24 del Decreto Supremo Nº 018-92-EM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Publíquese en el Diario Ofi cial El Peruano las concesiones mineras cuyos títulos fueron aprobados en el mes de julio de 2010, de acuerdo a la relación adjunta que es parte integrante de la presente resolución y para los efectos a que se contraen los artículos 124° del Decreto Supremo Nº 014-92-EM y 24° del Decreto Supremo Nº 018-92-EM. Regístrese y publíquese. WALTER T. CASQUINO Presidente del Consejo Directivo INGEMMET 529742-1 ORGANOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Aprueban Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones RESOLUCIÓN N° 601-2010-JNE Lima, diecinueve de julio de dos mil diez. CONSIDERANDO Que, por Resolución N° 130-2008-JNE, de fecha 28 de mayo de 2008, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones; Que, por Resoluciones N°s. 347-2010-JNE y 410- 2010-JNE, de fechas 7 y 21 de junio de 2010, se modifi ca el Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones, encargándose a la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo elaborar el Texto Único Ordenado correspondiente; Con el visto de la Secretaría General, la Dirección Central de Gestión Institucional, la Dirección General de Planeamiento, Innovación y Desarrollo, la Dirección General de Recursos y Servicios y la Dirección General de Normatividad y de Asuntos Jurídicos, y conforme a las facultades conferidas al Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, según la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones; RESUELVE Artículo Primero.- Aprobar el Texto Único Ordenado del Reglamento de Organización y Funciones del Jurado Nacional de Elecciones, el cual forma parte de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Publicar la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) y en el Portal Institucional del Jurado Nacional de Elecciones (www.jne.gob.pe).