Norma Legal Oficial del día 15 de agosto del año 2010 (15/08/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 19

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 15 de agosto de 2010

NORMAS LEGALES

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2.1. En via publica, solo esta permitida la propaganda electoral del MORDAZA estatica en la avenida Grau, avenida Bolognesi, MORDAZA Tarapaca, MORDAZA Fanning, Malecon MORDAZA cuadra 1 desde Grau hasta su interseccion con la MORDAZA MORDAZA, transversales de las avenidas Grau y Bolognesi, a excepcion de predios de dominio privado. Queda prohibida la colocacion de propaganda electoral en la interseccion de la avenida Bolognesi y MORDAZA MORDAZA y avenida Grau y MORDAZA MORDAZA, lugar reservado para las campanas y eventos que realiza la Municipalidad. 2.7. Se encuentra prohibida la propaganda electoral en bienes de uso publico, bienes de servicio publico, bienes de dominio privado de la Municipalidad y/o mobiliario MORDAZA, excepto postes. La prohibicion para la colocacion de propaganda politica de cualquier forma en los parques, plazas y malecones del distrito de La Punta, se refiere al perimetro y al interior de ellos, con especial relevancia en la Plaza Principal y la Plaza MORDAZA Galvez. En el caso de mobiliario MORDAZA solo se permitira como excepcion, la colocacion como MORDAZA, de una (01) banderola de propaganda electoral atada o sujetada en los postes de la via publica que crucen de extremo a extremo de una acera a otra y a una distancia no menor de cinco (05) metros entre ellas, indistintamente del partido, movimiento y organizacion politica y/o candidato anunciante. Las banderolas ubicadas en las transversales se colocaran con vista a las avenidas mas proximas, con propaganda de un solo lado, y a una distancia MORDAZA de 8 metros contados desde la interseccion de la transversal. Tambien estaran permitidas banderolas en forma diagonal en los postes de una esquina de las transversales de las avenidas Grau y Bolognesi, siempre que no invada el espacio aereo de la propiedad privada. Cualquier comportamiento contrario a esta disposicion, MORDAZA lugar a la accion inmediata correctiva por parte de la policia municipal. Este MORDAZA de banderolas deberan ser colocadas a una altura no menor de 4.50 metros desde el suelo. Articulo 2º.- DELEGAR en el senor MORDAZA la facultad para que mediante Decreto de Alcaldia realice dicte las modificaciones necesarias para la adecuada aplicacion de la presente Ordenanza y disponga su prorroga si fuera el caso. Articulo 3°.- ENCARGUESE a la Gerencia Central de Servicios a la MORDAZA y a la Gerencia Central de Rentas, el cumplimiento a las disposiciones de la presente ordenanza. Articulo 4º.- ENCARGUESE a la Secretaria General, la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, en el MORDAZA del Estado Peruano (www.peru.gob. pe), y en el MORDAZA Institucional (www.munilapunta.gop.pe). Articulo 5º.- VIGENCIA: La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir de su publicacion. Registrese, publiquese, comuniquese y cumplase. MORDAZA DUHARTE GADEA MORDAZA

Informe Legal Nº 015-2010-A/MDM, de fecha 26 de MORDAZA 2010. CONSIDERANDO: Que, el Articulo 191 de la Carta fundamental senala, que las municipalidades gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con lo indicado con el Articulo 1 de la Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades. Que mediante Resolucion de Presidencia Ejecutiva Nº 041-2010-FORSUR/DE, se prioriza los 05 proyectos de reconstruccion de Instituciones Educativas y 01 Proyecto de reconstruccion de Puesto de Salud, dentro del ambito del distrito de Manta, provincia de Huancavelica ascendiente a la suma de S/. 2,525.321.00 (dos millones quinientos veinte y cinco mil trescientos veinte uno y 00/100 MORDAZA soles). Que, la Municipalidad Distrital de Manta firma convenio N° 072-2010 con el Fondo de Reconstruccion del Sur (FORSUR) para la ejecucion de 05 proyectos de Infraestructura Educativa y 01 Proyecto de reconstruccion de Puesto de Salud, en el distrito de Manta con Fondos provenientes de FORSUR. Que, la Ley Nº 29078 , Ley que crea el Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de Agosto 2007, denominado FORSUR reconocen en su articulo 7º modificado por la Ley Nº 29136 y el Decreto de Urgencia Nº 003-2008, que las contrataciones de bienes, servicios y obras relacionadas con la rehabilitacion, construccion y reconstruccion de la infraestructura a que se refiere los numerales 1.1 y 1.2 del articulo 1 de la Ley Nº 29078 y modificatorias que se ejecuten con cargo a los recursos del FORSUR , se sujetaran al procedimiento contemplado en el articulo 6 del Decreto de Urgencia Nº 026-2007-PCM. Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 6º del Decreto de Urgencia Nº 026-2007-PCM, la relacion de los bienes, servicios y obras a incluirse en el MORDAZA de Seleccion Abreviado, se aprueba mediante Resolucion del Titular de la Entidad o la MORDAZA autoridad administrativa. Dicha Resolucion, incluyendo la relacion, se publica en el Diario Oficial El Peruano y en los respectivos portales electronicos de las Entidades. De, conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 29078-Ley que crea el Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas Afectadas por los Sismos del 15 de agosto 2007 denominado FORSUR y sus modificatorias, el articulo 6º del Decreto de Urgencia Nº 026-2007-PCM. En uso de las atribuciones conferidas por el articulo 20º inciso 6 de la Nueva Ley Organica de Municipalidades Nº 27972. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar la Relacion de Expedientes Tecnicos a ejecutar con el Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas afectadas por los Sismos del 15 de agosto 2007-FORSUR, en el MORDAZA de las Obras priorizadas por el FORSUR, cuya contratacion se realizara a traves del procedimiento establecido por el Decreto de Urgencia Nº 026-2007, de acuerdo a la relacion detallada en el anexo adjunto que forma parte integrante de la presente Resolucion Municipal. Articulo Segundo.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. ANEXO CONTRATACIONES DE CONSULTORES PARA LA ELABORACION DE EXPEDIENTES TECNICOS PARA LA RECONSTRUCCION DE INFRAESTRUCTURAS DANADAS POR EL SISMO DEL 15 DE AGOSTO 2007
N° PROYECTOS RECONSTRUCCION, AMPLIACION Y MEJORAMIENTO DE LA CAPACIDAD RESOLUTIVA DEL PUESTO DE SALUD DE MANTA, DISTRITO DE MANTA, AFECTADO POR EL SISMO DEL 15 DE AGOSTO DEL 2007 EXPEDIENTE TECNICO 20,614.00

530431-1

MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MANTA
Aprueban relacion de expedientes tecnicos a ejecutar con el Fondo para la Reconstruccion Integral de las Zonas afectadas por los Sismos del 15 de agosto de 2007
RESOLUCION DE ALCALDIA N° 047-2010-A/MDM-H
Manta, 27 de MORDAZA del 2010 VISTOS: El Informe Tecnico Nº.025-2010-ING.RAG-MDP/UIDUR de la Encargada del Area de Infraestructura y Proyectos e

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RECONSTRUCCION Y MEJORAMIENTO DE LA INFRAESTRUCTURA EDUCATIVA, DE LA I.E. Nº 36341 2 DE LA LOCALIDAD DE SAN JUIS, DISTRITO DE MANTA, PROVINCIA DE HUANCAVELICA, AFECTADO POR EL SISMO DEL 15 DE AGOSTO DEL 2007

15,000.00

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