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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 13 de diciembre de 2010 430897 participar de las actividades a las que sean convocados por el referido Grupo. Artículo 5°.- De los Gastos La instalación y el desarrollo de las actividades del Grupo de Trabajo no generarán gastos adicionales al Tesoro Público. Regístrese, comuníquese y publíquese. OSCAR RAÚL UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 576787-2 Aprueban Directiva Sanitaria “Semana de la Promoción por el derecho a una vida sin violencia en el Perú” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 974-2010/MINSA Lima, 9 de diciembre del 2010 Visto el expediente Nº 10-096660-001, que contiene el Memorando Nº 1138-2010-DGPS/MINSA, de la Dirección General de Promoción de la Salud, e Informe Nº 820- 2010-OGAJ/MINSA, de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; CONSIDERANDO: Que, el numeral II del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establece que la protección de la salud es de interés público, por lo que es responsabilidad del Estado regularla, vigilarla y promoverla; Que, el artículo 60º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, aprobado por Decreto Supremo No 023-2005-SA, establece que la Dirección General de Promoción de la Salud es el órgano técnico - normativo, responsable de la conducción del proceso de Promoción de la Salud, así como de contribuir al desarrollo integral de la persona, familia y comunidad cuyas acciones inciden en los determinantes sociales que influyen en la salud de la población; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 752-2009/ MINSA, se conformó la Mesa Intrasectorial encargada de la Implementación de las políticas e intervenciones de salud en el “Plan Nacional contra la Violencia hacia la Mujer 2009 - 2015”, la cual es presidida por un representante de la Dirección General de Promoción de la Salud; Que, a través de la resolución 54/134, del 17 de diciembre de 1999, la Asamblea General de las Naciones Unidas declaró el 25 de noviembre como el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer; Que, en el marco de sus competencias, la Dirección General de Promoción de la Salud, ha propuesto para su aprobación la Directiva Sanitaria “Semana de la Promoción por el derecho a una vida sin violencia en el Perú”, con la fi nalidad de promover y proteger el derecho a una vida sin violencia en el Perú, mediante la adopción de adecuadas formas de convivencia entre varones y mujeres, la prevención de la violencia, la reducción y eliminación de toda forma de violencia contra la mujer, en todo su ciclo vital, a nivel nacional, regional y local; Estando a lo propuesto por la Dirección General de Promoción de la Salud; REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA SEPARATA DE NORMAS LEGALES Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente: 1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Ofi cial, de lunes a viernes, en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos refrendados por la persona acreditada con el registro de su fi rma ante el Diario Ofi cial. 2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un disquete, cd rom o USB con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe 3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS. 4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de acuerdo al formato original y sin justifi car; si incluyen gráfi cos, su presentación será en extensión PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda. 5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la publicación se suspenderá. 6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotiza@editoraperu.com.pe; en caso de tener más de 3 páginas o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL