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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 14 de diciembre de 2010 430930 de la Mujer Ayacuchana y la Federación Departamental del Club de Madres de Ayacucho, para conocimiento y demás fi nes. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia Regional de Desarrollo Social, la publicación de la presente Ordenanza Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Ayacucho. Comuníquese al Señor Presidente del Gobierno Regional de Ayacucho para su promulgación. En la ciudad de Ayacucho, a los 30 días del mes de noviembre del año dos mil diez. ZONIA MENESES DE YARANGA Consejera Delegada Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en Ayacucho, en la sede del Gobierno Regional de Ayacucho, a los 30 días del mes de noviembre del año dos mil diez. ERNESTO MOLINA CHÁVEZ Presidente 576946-2 GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI Autorizan viaje de funcionario para participar en la Caravana de Integración Estudiantil a realizarse en Brasil ACUERDO Nº 089-2010-GRU/CR Pucallpa, 9 de diciembre del 2010 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGIÓN UCAYALI, en Sesión Extraordinaria de fecha 9 de diciembre del 2010, con el voto por Unanimidad del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 101° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, aprobó el siguiente Acuerdo Regional: ACUERDA: Primero.- AUTORIZAR el viaje de los señores Wilder Seijas Valderrama, a la Ciudad de Cruzeiro do Sul, Estado de Acre, Brasil del 12 al 16 de diciembre del presente año, con la fi nalidad de participar en la Caravana de Integración Estudiantil a realizarse en la Ciudad de Cruzeiro do Sul, Estado de Acre, Brasil. Segundo.- NO AUTORIZAR el viaje del señor Presidente del Gobierno Regional de Ucayali, Abog. Jorge Velásquez Portocarrero y de los señores, Manuel Meléndez Rodríguez, Víctor Dávila Olórtegui y de los Consejeros Regionales Wilder José Alguayo Argandoña y Nancy Saldaña Dávila a la Ciudad de Cruzeiro do Sul, Estado de Acre, Brasil del 12 al 16 de diciembre del presente año, con la finalidad de participar en la Caravana de Integración Estudiantil a realizarse en la Ciudad de Cruzeiro do Sul, Estado de Acre, Brasil; por no alcanzar los votos necesarios para su aprobación. Tercero.- ENCARGUESE a la Ofi cina Regional de Administración la publicación del presente acuerdo regional en el Diario Ofi cial El Peruano y en un diario de circulación regional y en el portal del Gobierno Regional de Ucayali (www.regionucayali.gob.pe). POR TANTO: Mando se publique y cumple. WILDER JOSÉ ALGUAYO ARGANDOÑA Consejero Delegado Consejo Regional 576962-1 Exoneran de proceso de selección la contratación de servicio de transporte aéreo para delegación de integración estudiantil universitaria que participará en evento, a realizarse en Brasil ACUERDO Nº 090-2010-GRU/CR Pucallpa, 9 de diciembre del 2010 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE LA REGIÓN UCAYALI, en Sesión Extraordinaria de fecha 9 de diciembre del 2010, con el voto por Unanimidad del Consejo Regional y en uso de las facultades conferidas por el Artículo 101° del Reglamento Interno del Consejo Regional de Ucayali, aprobó el siguiente Acuerdo Regional: ACUERDA: Primero.- APROBAR la exoneración del procesos de selección de la contratación del servicio - vuelo charter desde la Ciudad de Pucallpa (Perú) hacia Cruziero do Sul (Brasil) y viceversa con la fi nalidad de transportar a la delegación de Integración Estudiantil Universitaria a desarrollarse entre la Universidad Federal de Acre - UFAC-Brasil y Universidades del Perú (Universidad Nacional de Ucayali, Universidad Nacional Agraria de la Selva, Universidad Nacional Hermilio Valdizán, Universidad Agraria La Molina y Universidad Nacional Mayor de San Marcos), requiriéndose al Ejecutivo Regional a presentar el informe realizado por la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC) que señala que STAR UP a través de su empresa STAR PERÚ es la única empresa a realizar estos vuelos a la Ciudad de Cruzeiro do Sul, Acre, Brasil, a que se refi ere el Ofi cio Nº 0603-2010-GRUcayali-DRSTC-DR de la Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones de Ucayali de fecha 02/12/2010, en el plazo de 10 días, bajo responsabilidad del Ejecutivo Regional. Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Administración del Gobierno Regional de Ucayali la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial El Peruano, en un diario de circulación local y en la página web del Gobierno Regional de Ucayali (www. regionucayali.gob.pe). POR TANTO: Mando se publique y cumple. WILDER JOSÉ ALGUAYO ARGANDOÑA Consejero Delegado Consejo Regional 576961-1