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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 14 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2010 (14/12/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 20

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 14 de diciembre de 2010 430920 VISTO: El Ofi cio Nº 346-2009-SDCST-CS/PJ cursado por el Presidente de la Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República; y, CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 256-2009-CE-PJ, de fecha 3 de agosto de 2009, se aprobó el Plan de Trabajo 2009 diseñado para optimizar la labor jurisdiccional de la Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, a efectos de atender un mayor número de procesos en materia previsional; Segundo: Que, la propuesta elaborada y aprobada con la fi nalidad de atender una mayor número de causas de competencia de la Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República durante el año 2009, ha permitido un incremento signifi cativo de la producción jurisdiccional de ese órgano judicial, de forma tal que a diciembre del año próximo pasado, conforme se evidencia del Ofi cio Nº 346-2009-SDCST-CS/PJ cursado por el Presidente de la citada Sala Suprema se han atendido 7090 procesos, producción que supera largamente la desarrollada por ese órgano jurisdiccional en años anteriores; Tercero: Que, en tal sentido, estando a que los signifi cativos resultados obtenidos son la expresión de la metodología implementada en el Plan de Trabajo aprobado mediante Resolución Administrativa Nº 256-2009-CE-PJ, en vía de regularización es pertinente felicitar a los magistrados que hicieron posible el desarrollo, implementación y ejecución de tan loable iniciativa, que constituye ejemplo digno de resaltar; tanto más si se considera que una de las funciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial es velar por el respeto y garantías de este Poder del Estado así como adoptar acuerdos y demás medidas necesarias a efecto que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y efi ciencia y para que los magistrados y demás servidores del Poder Judicial se desempeñen con la mejor conducta funcional; siendo el caso, en similar perspectiva que también es de su competencia expresar reconocimiento cuando el esfuerzo desplegado en cumplimento del servicio de justicia así lo justifi que; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Felicitar, en vía de regularización, al señor Manuel Sánchez - Palacios Paiva, Presidente de la Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia de la República, así como a los señores Eduardo Raymundo Ricardo Yrivarren Fallaque, Isabel Cristina Torres Vega, Eliana Elder Araujo Sánchez y Elina Hemilce Chumpitaz Rivera, Jueces Supremos Provisionales, por la optimización en la atención de la carga procesal del mencionado órgano jurisdiccional, durante el Año Judicial 2009. Artículo Segundo.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Nacional de la Magistratura, Jefatura de la Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Gerencia General del Poder Judicial y a los citados magistrados, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ROBINSON O. GONZALES CAMPOS JORGE ALFREDO SOLÍS ESPINOZA FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARÍO PALACIOS DEXTRE 577291-1 Disponen medidas en el Distrito Judicial de Lima, en el marco de la aplicación de la Ley Nº 29574, que dispone la aplicación inmediata del Código Procesal Penal para delitos cometidos por funcionarios públicos RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 390-2010-CE-PJ Lima, 2 de diciembre de 2010 VISTOS: El Oficio Nº 1016-2010-ETI-PJ, cursado por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal; Ofi cio Nº 439- 2010-DPD/PJ del señor Consejero Darío Palacios Dextre, y el Oficio Nº 172-2010-P-CDMINCP/PJ, remitido por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, en el marco de la Ley Nº 29574 expedida con el objeto de adelantar la entrada en vigencia del Código Procesal Penal, Decreto Legislativo Nº 957, para los delitos tipifi cados en las Secciones II, III y IV, artículos del 382º al artículo 401º, Capítulo II, Título XVIII, Libro II del Código Penal; así como modifi car los artículos 34º y 47º de la Ley Nº 29277, Ley de la Carrera Judicial; y el artículo 94º, inciso 2, del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; se dispuso la aplicación inmediata del Código Procesal Penal para delitos cometidos por funcionarios públicos, y cuya vigencia comenzará a regir a partir del 15 de enero de 2011, de conformidad con lo previsto en el artículo 2º de dicha ley; siendo también de aplicación en casos de delitos conexos conforme al artículo 3º de la citada ley. Segundo: Que, en esa dirección en reciente sesión llevada a cabo por la Sub Comisión de Trabajo del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, se acordó someter a consideración de este Órgano de Gobierno la propuesta de conformación de órganos jurisdiccionales para la implementación del Código Procesal Penal en el Distrito Judicial de Lima dentro del marco de la Ley Nº 29574; Tercero: Que, los incisos 24, 25 y 26 del artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, crear órganos jurisdiccionales, aprobar la modificación de sus ámbitos de competencia territorial, así como adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias del Poder Judicial funcionen con celeridad y eficiencia; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Flaminio Vigo Saldaña por encontrarse de licencia, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Disponer las siguientes medidas en el Distrito Judicial de Lima, en el marco de aplicación de la Ley Nº 29574, que dispone la aplicación inmediata del Código Procesal Penal para delitos cometidos por funcionarios públicos; en la forma que se indica a continuación: • La Primera, Segunda y Tercera Salas Penales Especiales en adición de funciones asumirán como Primera, Segunda y Tercera Salas Penales Liquidadoras. Asimismo, continuarán conociendo su propia carga procesal pendiente.