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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2010 (12/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 62

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 12 de enero de 2010 411060 Que, los hechos señalados en los considerandos precedentes, confi guran un cuadro de alto riesgo para las viviendas, vías públicas, instalaciones de los escasos servicios básicos, así como para la salud de la población asentada en las zonas afectadas y otras aledañas, por lo que, conforme a las recomendaciones formuladas en el informe de visto, es necesario y urgente declarar en situación de emergencia las zonas afectadas y aledañas, solicitar el apoyo de las entidades del Gobierno Nacional y Metropolitano, así como autorizar las acciones administrativas que correspondan; Que, en aplicación de las normas contenidas en la Ley del Sistema Nacional de Defensa Civil, concordantes con los Artículos 79º numeral 1.1. y 85º numerales 1.2 y 3.2, de la Ley Orgánica de Municipalidades, corresponde a las Municipalidades declarar en situación de emergencia por desastres naturales como el que informa el Comité Distrital de Defensa Civil de Comas, todo lo cual es concordante con lo dispuesto en el Art. 23º de la Ley de Contrataciones del Estado y el Art. 128º de su Reglamento, que faculta a las entidades del Estado a las adquisiciones y otras acciones de urgencia necesarias para afrontar las emergencias, con los plazos de regularización y responsabilidades correspondientes; y Estando a lo expuesto, en ejercicio de las atribuciones conferidas en el Art. 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, de conformidad con las normas contenidas en la Ley del Sistema Nacional de Defensa Civil, la Ley Orgánica de Municipalidades y en concordancia con la Ley de Contrataciones del Estado y su Reglamento, por unanimidad, adoptó el siguiente ACUERDO: Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA por el lapso de sesenta (60) días naturales, las partes altas de los cerros Collique, Año Nuevo, El Carmen, La Libertad, La Merced y aledaños, afectadas por las neblinas, lluvia y huaycos producidos y señalados en la parte considerativa del presente Acuerdo y por el inminente peligro de que la situación se prolongue y agrave, en perjuicio de la población; la declaratoria acordada rige a partir de la vigencia del presente Acuerdo. Segundo.- SOLICITAR la intervención del INDECI y de los demás organismos e instituciones del gobierno nacional vinculados con las operaciones de emergencia, dentro del ámbito de sus competencias, a realizar las acciones de provisión y rehabilitación de la infraestructura y servicios públicos de las zonas afectadas por este último evento y los que sobrevengan, en coordinación con la Municipalidad Distrital de Comas. Tercero.- SOLICITAR el apoyo del Gobierno Nacional para la proyección de los trabajos de estabilización de las laderas mediante muros de contención y/o mampostería, entre otros, en las zonas vulnerables y aún no afectadas, en coordinación con la Municipalidad Distrital de Comas. Cuarto.- AUTORIZAR a la administración municipal a suscribir contratos, convenios y adoptar las demás acciones administrativas que sean necesarias para afrontar la situación producida. Quinto.- DISPENSAR del trámite de lectura y aprobación del Acta, para que el presente Acuerdo entre en vigencia de inmediato. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MIGUEL ANGEL SALDAÑA REÁTEGUI Alcalde 444276-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Aprueban modificación del TUPA de la Municipalidad ORDENANZA Nº 00043/MDSA Santa Anita, 8 de setiembre del 2009 CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Estado en su artículo 194 modifi cado por la Ley Nº 27680 precisa que los Gobiernos Locales, tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444 en el artículo 36 señala que los procedimientos, requisitos y costos administrativos se establecen mediante Ordenanza Municipal, los mismos que deben ser comprendidos y sistematizados en el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA; Que, mediante Ofi cio Nº 316-2009-SG/MDSA, la Gerencia de Asuntos Jurídicos del SAT, hace una serie de observaciones a la Ordenanza Nº 00036-2009/MDSA del 06 de Junio del 2009, que aprueba los derechos por los procedimientos administrativos contenidos en el TUPA, con la fi nalidad de subsanar observaciones técnicas y legales efectuadas por la citada entidad. Que, el artículo 37 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444 establece la obligatoriedad para todas las entidades de la administración pública, la elaboración y aprobación de su Texto Único de Procedimientos Administrativos -TUPA, a través de la norma de mayor jerarquía, que en el ámbito municipal es la Ordenanza; Estando a lo expuesto y a lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto unánime del Concejo Municipal, se aprueba la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SANTA ANITA Artículo Primero.- APROBAR la modifi cación de los Derechos Administrativos contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad Distrital de Santa Anita, aprobado con Ordenanza Nº 00036-2009/MDSA del 06 de Junio del 2009. Artículo Segundo.- APROBAR la modifi cación del TUPA contenido en la Ordenanza Nº 00036-2009/MDSA de fecha 6 de Junio del 2009, de la Municipalidad Distrital de Santa Anita; de acuerdo a los anexos adjuntos que forman parte integrante de esta Ordenanza. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su ratifi cación por la Municipalidad Metropolitana de Lima, así como de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, derogándose las disposiciones que se opongan a la presente. Artículo Cuarto.- PUBLÍQUESE la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano, en el portal electrónico de la Entidad (www.munisantanita.gob.pe), en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas - PSCE (www.psce.gob.pe); en estos últimos el íntegro del TUPA y estructura de costos. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LEONOR CHUMBIMUNE CAJAHUARINGA Alcaldesa 444187-1 Modifican la Ordenanza Nº 012-2008/ MDSA que aprobó el Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias ORDENANZA Nº 00048/MDSA Santa Anita, 21 de diciembre de 2009 VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de la fecha que se indica, el proyecto de ordenanza que aprueba la modifi catoria al Reglamento de Fraccionamiento de Deudas Tributarias y No Tributarias, elaborado por la Gerencia de Rentas. CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modifi cado por la Ley Nº 27630-Ley de la Reforma Constitucional, las Municipalidades gozan de autonomía, política, económica