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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE ENERO DEL AÑO 2010 (12/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 47

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 12 de enero de 2010 411045 principios, procesos y procedimientos que regulan el Sistema Nacional de Presupuesto del Sector Público, indicando en su artículo 7 que el Titular de la Entidad puede delegar la autoridad que le corresponde en materia presupuestal, siendo en este caso responsable solidario con el delegado; Que, a través de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, se establecen las normas para el proceso presupuestario que deben observar los organismos del Sector Público durante el Ejercicio Fiscal 2010; Que, asimismo, el artículo 5 del Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, señala que el Titular de la Entidad podrá delegar, mediante resolución, la autoridad que dicha norma le otorga; Que, por Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se defi ne las funciones generales y la estructura orgánica de los Ministerios; Que, mediante la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, se determina y regula el ámbito, estructura orgánica básica, competencia y funciones de este Ministerio; Que, el literal k) del artículo 12 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA, modifi cado por Decreto Supremo Nº 045-2006-VIVIENDA, establece que es función del Ministro delegar en los Viceministros y en otros funcionarios del Sector, las atribuciones y facultades que no sean privativas de su función de Ministro de Estado; Que, a efectos de viabilizar el accionar de la Entidad, es necesario delegar en el Secretario General y en el Director General de la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, facultades que le corresponden al Titular de la Entidad; Que, en aplicación del principio de desconcentración de los procesos a que se refi ere la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, es pertinente establecer al interior del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, niveles de desconcentración de los procesos decisorios, siendo necesario delegar facultades en materia presupuestal y de gestión administrativa que corresponden al Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en su calidad de Titular de la Entidad; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 240- 2009-VIVIENDA, se ha delegado diversas facultades y atribuciones a funcionarios del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, las mismas que son materia de delegación por la presente Resolución, por lo que resulta necesario dejar sin efecto dicha Resolución Ministerial; Con la visación del Secretario General, de los Directores Generales de la Ofi cina General de Administración, de la Ofi cina General de Planifi cación y Presupuesto y de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; y, De conformidad con lo establecido en las Leyes Nº 28411, Nº 29158, Nº 27792, Nº 27444 y Nº 29465; y en los Decretos Supremos Nº 002-2002-VIVIENDA y Nº 045-2006-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Delegar en el Secretario General del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, durante el Ejercicio Fiscal 2010, las siguientes facultades: a) Todas aquellas facultades que son materia de delegación y que se encuentran señaladas de manera expresa en la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público 2010, y en las demás disposiciones que emita la Dirección Nacional de Presupuesto Público, así como otras decisiones con incidencia presupuestaria que no sean de exclusiva competencia del Titular de la Entidad, estando facultado para emitir Directivas internas para la racionalización del gasto y para el manejo adecuado de los recursos asignados por toda Fuente de Financiamiento durante la ejecución presupuestaria del Ejercicio Fiscal 2010, pudiendo dictar medidas complementarias que resulten necesarias. b) Aprobar el Plan Operativo Institucional del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, así como las modifi caciones de las metas físicas y fi nancieras que pudieran efectuarse durante el mismo ejercicio. c) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones de las Unidades Ejecutoras 001 – Administración General y 004 – Programa Agua Para Todos, así como sus modifi catorias, en atención a lo dispuesto en la normativa de contratación pública. d) Aprobar la asignación sufi ciente de recursos para el otorgamiento de la Buena Pro, cuando las propuestas económicas de los postores superen el valor referencial hasta el límite del diez por ciento (10%) del mismo, en los casos previstos en la normativa de contratación pública; debiéndose verifi car que la propuesta económica no afecte la declaratoria de viabilidad del proyecto. e) Aprobar la ejecución de prestaciones adicionales, o la reducción de las mismas, siempre que se cuente con la asignación presupuestaria necesaria, ambas hasta por el veinticinco por ciento (25%) del monto del contrato, que tengan como objeto la contratación de bienes y servicios, para el caso de procesos de selección correspondientes a Licitación Pública, Concurso Público y Adjudicación Directa Pública, de conformidad con la normativa de contratación pública. f) Aprobar las Bases Administrativas en los casos de procesos de selección correspondientes a Licitación Pública, Concurso Público y Adjudicación Directa Pública, así como en el caso de Adjudicaciones de Menores Cuantía, derivadas de la declaratoria de desierto de Licitación Pública, Concurso Público y Adjudicación Directa Pública. g) Aprobar las contrataciones complementarias de bienes y servicios, de conformidad con la normativa de contratación pública. h) Aprobar las modifi caciones presupuestarias en el nivel Funcional Programático que corresponda al Titular del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. i) Aprobar las transferencias fi nancieras al Comité de Administración del Fondo de Asistencia y Estímulo –CAFAE – VIVIENDA. j) Aprobar los Calendarios de Compromisos y sus Ampliaciones, del Pliego 037 Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en el marco de lo dispuesto por la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2010. k) Designar comisiones, comités, comités especiales de procesos de selección y similares, así como la modifi cación de la composición de los mismos que de acuerdo a la normatividad vigente sobre la materia, no requieran expresamente de la intervención del Titular del Sector. l) En los casos de los procesos de selección que involucren, de manera simultánea, la participación de las Unidades Ejecutoras 001 – Administración General y 004 – Programa Agua Para Todos, aprobar las Bases Administrativas en los casos de procesos de selección correspondientes a Licitación Pública, Concurso Público y Adjudicación Directa Pública, así como en el caso de Adjudicaciones de Menores Cuantía, derivadas de la declaratoria de desierto de Licitación Pública, Concurso Público y Adjudicación Directa Pública. m) Resolver, respecto de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General, los recursos impugnativos en última instancia administrativa que de acuerdo a la legislación vigente, no sean de competencia exclusiva del Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento, estando incluidos los recursos de apelación que se presenten en el marco de la normativa de contratación pública.