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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 12 de enero de 2010 411047 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto las Resoluciones Ministeriales Nos. 006-2009-VIVIENDA, 085-2009- VIVIENDA y 246-2009-VIVIENDA, de fecha 08 de enero, 23 de febrero y 07 de setiembre de 2009, respectivamente, por las consideraciones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Designar a la arquitecta María Cecilia Espinoza Flores, como única representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, ante las Comisiones a que se refi eren los Decretos Supremos Nºs. 080-2008-PCM y 007-2008-MIMDES. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN SARMIENTO SOTO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 444509-2 Establecen disposiciones para implementar la prórroga de la Reserva de Agua a favor del Proyecto Especial Regional Pasto Grande del Gobierno Regional de Moquegua RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 006-2010-ANA Lima, 8 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley de Recursos Hídricos, Ley Nº 29338, faculta a la Autoridad Nacional del Agua para dictar disposiciones requeridas para la implementación de dicha ley, en tanto se apruebe sus normas reglamentarias; Que, según el artículo 103º de la precitada Ley, mediante resolución de la Autoridad Nacional del Agua, se puede reservar un volumen de agua para el desarrollo de proyectos; asimismo, el numeral 5 del artículo 15º, señala que es función de la Autoridad Nacional del Agua, aprobar previo estudio técnico, reservas de agua por un tiempo determinado cuando así lo requiera el interés de la Nación; Que, mediante Decreto Supremo Nº 002-2008-AG, se reservó a favor del Proyecto Especial Regional Pasto Grande del Gobierno Regional de Moquegua, las aguas superfi ciales provenientes de los ríos Vizcachas, Chilota y Chincune, afl uentes de la cuenca alta del río Tambo, así como de los ríos Tumilaca, Huaracane y Torata, afl uentes de la cuenca del río Moquegua, por el plazo de dos (02) años contados a partir del 11.01.08, por un volumen anual de 92.512 MMC al 75 % de persistencia; volumen de agua que incluye el caudal ecológico; Que, con Ofi cio Nº 947-2009-GG-PERPG/GRM, el Gerente General del Proyecto Especial Regional Pasto Grande, solicitó la prórroga de la reserva de agua señalada en el considerando precedente, para el período 2010-2011; Que, el Informe Técnico Nº 002-2010-ANA-DCPRH- ASUP-FCC, de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos de esta Autoridad, señala que la prórroga de la reserva de agua solicitada, procede por los mismos volúmenes de agua superfi cial señalados en el Decreto Supremo Nº 002-2008-AG, descontando los volúmenes de agua otorgados como derechos de uso de agua con cargo a dicha reserva, e incluyendo el volumen de compensación de agua al Valle de Tambo; razón por la cual, recomienda prorrogar la reserva de agua, a favor del Proyecto Especial Regional Pasto Grande del Gobierno Regional de Moquegua, para uso poblacional y agrícola, por un volumen anual de hasta 92 005 hm3, que representa un caudal medio de 2 917 m3/s, volumen que incluye los caudales ecológicos de las fuentes de agua materia de la reserva; Que, en consecuencia, estando pendiente de reglamentación la Ley de Recursos Hídricos, resulta necesario dictar disposiciones para la implementación de la mencionada ley, respecto a la prórroga de la reserva de agua otorgada mediante Decreto Supremo Nº 002- 2008-AG, así como adoptar las medidas necesarias para viabilizar la reserva y futuros otorgamientos de derechos de uso de agua, con cargo a dicha reserva; y, Estando a lo opinado por la Ofi cina de Asesoría Jurídica, con los vistos de la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos y de la Secretaria General, así como de conformidad a lo establecido en la Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 29338, Ley de Recursos Hídricos. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Disposiciones para implementar la prórroga de la Reserva de Agua a favor del Proyecto Especial Regional Pasto Grande del Gobierno Regional de Moquegua Prorrogar, por dos (2) años adicionales, contados a partir del 12.01.2010, la reserva de agua otorgada mediante Decreto Supremo Nº 002-2008-AG a favor del Proyecto Especial Regional Pasto Grande del Gobierno Regional de Moquegua la que, descontando los volúmenes de agua otorgados como derechos de uso de agua con cargo a dicha reserva, será por un volumen anual de hasta 92 005 hm3, que representa un caudal medio de 2 917 m3/s, cuyo volumen incluye los caudales ecológicos de las fuentes de agua materia de la reserva, conforme al detalle del siguiente cuadro: Finalidad Caudal (m3/s) Volumen (hm3) Reserva vigente D.S. Nº 002-2008-AG 2 934 92 512 Descuento por Derechos de Uso de Agua otorgados 0 017 0 507 Volumen de Reserva a ser prorrogado 2 917 92 005 Artículo 2º.- Ratifi cación del volumen de compensación para el Valle Tambo 2.1 Ratifi car, en las mismas condiciones, el artículo 3º del Decreto Supremo Nº 002-2008-AG, en cuanto se refi ere al volumen de compensación para el Valle Tambo, en consecuencia el Proyecto Especial Regional Pasto Grande entregará un volumen anual total de hasta 8.2 MMC de agua, provenientes del reservorio Pasto Grande, durante el período setiembre-diciembre, no acumulables año a año, para los usos agrícola y poblacional del Valle de Tambo, de acuerdo al régimen que establezca la Administración Técnica del Distrito de Riego Moquegua, en coordinación con la Administración Técnica del Distrito de Riego Tambo - Alto Tambo, y sin afectar los usos legalmente establecidos de los valles de Moquegua, Torata e Ilo. 2.2 La disposición señalada en el párrafo precedente se mantendrá vigente hasta que se construya y ponga en funcionamiento el embalse de compensación para el Valle de Tambo, indistintamente del plazo de la vigencia de la reserva de agua. Artículo 3º.- Responsable de supervisar la Reserva de Agua La Administración Local de Agua Moquegua es responsable de supervisar el cumplimiento de lo dispuesto mediante la presente Resolución Jefatural, debiendo informar a la Dirección de Conservación y Planeamiento de Recursos Hídricos. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCO PALOMINO GARCIA Jefe Autoridad Nacional del Agua 444193-1