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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 13 de enero de 2010 411117 Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 240 x 02 días x 09 Personas Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- Los citados ofi ciales deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 008- 2004-DE/SG del 30 de junio de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 445770-6 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 010-2010-DE/FAP Lima, 13 de enero de 2010 Visto, el Ofi cio R-60-AOP2-Nº 0045 de fecha 13 de enero de 2010, del Comandante General del Ala Aérea Nº 2 de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO: Que, habiendo ocurrido un devastador sismo en la ciudad de Puerto Príncipe, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República de Haití, al Personal de la Fuerza Aérea del Perú que conformará la tripulación de la aeronave Hércules L- 100-20 FAP Nº 397/382, y la aeronave B-737-200 FAP 352, con la fi nalidad de trasladar ayuda humanitaria a los damnifi cados, del 14 al 15 de enero de 2010; Que, el presente viaje obedece a un requerimiento dispuesto por el Supremo Gobierno motivo por el cual no se encuentra considerado en el Plan Anual de Viajes del Ministerio de Defensa; Que, el pago correspondiente a la presente autorización, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; y, De conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley N° 29075 – Ley que Establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 047- 2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004 y por el Decreto Supremo Nº 004-2009-DE/SG del 03 de febrero de 2009, Ley Nº 29465 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República de Haití, al Personal de la Fuerza Aérea del Perú que conformará la tripulación de la aeronave Hércules L-100-20 FAP Nº 397/382, y la aeronave B-737- 200 FAP 352, con la fi nalidad de trasladar ayuda humanitaria de dicho país, del 14 al 15 de enero de 2010: AERONAVE PRINCIPAL L-100-20 FAP Nº 397/ AERONAVE ALTERNA Nº 382 TRIPULACION PRINCIPAL Coronel FAP MARCOS MOISES HUAMAN CORRALES Piloto Coronel FAP LEONARDO ENRIQUE LEVY HUAMANI Piloto Comandante FAP CARLOS EDUARDO CERNA BARRA Piloto Mayor FAP LUIS SEGURA ALVARADO Piloto Técnico de 1ra. FAP ANTONIO SUPO TIPULA Ingeniero de Vuelo Técnico de 1ra. FAP EFRAIN OCTAVIO MERCADO MILLAN Cargo Master Técnico de 2da. FAP HECTOR ELEAZAR ESTRADA CALDAS Ingeniero de Vuelo Técnico de 2da. FAP RICARDO ANTONIO IGLESIAS PALOMINO Cargo Master TRIPULACION ALTERNA Comandante FAP TONINO ANNICCHIARICO ONGARO Piloto Comandante FAP ROBERTO MARTIN ARANDA DEL CASTILLO Piloto Técnico de 1ra. FAP LIBORIO ESTEBAN SANTOS PURISACA Cargo Master Técnico de 1ra. FAP SEGUNDO RAFAEL SUYON AGUIRRE Ingeniero de Vuelo AERONAVE BOEING 737-200 FAP Nº 352 TRIPULACION PRINCIPAL Coronel FAP RAUL GUSTAVO CASTELLARES ROSAS Piloto Coronel FAP YURI ANTHONY NUÑEZ DEL PRADO Piloto GUEVARA Comandante FAP RICARDO ABSALON GUERRA DIAZ Piloto Comandante FAP GUILLERMO MARTIN MENENDEZ LOPEZ Piloto Téc. Inspector FAP NICOLAS ARTURO DAMIAN CHANGANA Mecánico Técnico de 1ra. FAP JOSE ANTONIO BARDALES MATTA Mecánico Empleada Civil FAP JULIA GLADYS ORTEGA LYAUTEY Hostess Empleado Civil FAP HUMBERTO ROMERO VELASQUEZ Purser Empleada Civil FAP FIORELLA GUILIANA OLIVA BOSLEMAN Hostess TRIPULACION ALTERNA Comandante FAP JUAN CARLOS JULIAN PEDEMONTE Piloto GARCIA Téc. Inspector FAP MIGUEL SEGUNDO ORDINOLA ORDINOLA Mecánico Empleada Civil FAP IVANNA TUESTA SANONI Cargo Master Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Fuerza Aérea del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 240 x 02 días x 16 personas Artículo 3º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la comisión, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- Los citados ofi ciales deberán dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6º y 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y la Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y su modifi catoria el Decreto Supremo Nº 008- 2004-DE/SG del 30 de junio de 2004. Artículo 5º.- La presente Resolución será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 445770-7