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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2010 (13/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 48

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 13 de enero de 2010 411110 Que, con Informe N° 250-2009-GDUR-MPH-M de fecha 02/12/09 la Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, informa que visto el expediente N° 1580-09 de fecha 17/04/09 la Comunidad Campesina de San Francisco de Calaguaya donde solicita la Creación de la Municipalidad de Centro Poblado San Francisco de Calaguaya, y el expediente N° 4655-09 de fecha 30/10/09 el Comité de Gestión Municipalidad del Centro Poblado San Francisco de Calaguaya, que, ha evaluado los planos anexados encontrándose conforme, y con Informe N° 410-2009- GAF/MPH-M de fecha 09/12/2009 de la Gerencia de Administración y Finanzas, Planeamiento, presupuesto y Contabilidad, informa referente a los expedientes de la Comunidad Campesina de San Francisco de Calaguaya, que habiendo analizado dichos autos da su conformidad para su creación en Sesión de Concejo; asimismo con Informe N° 593- 2009/MPH-OAJ-CMDS-M de fecha 15/12/09 la Ofi cina de Asesoría Jurídica informa que los actuados sean elevados al concejo municipal para su aprobación; Que, la Municipalidad Distrital de Mariatana, mediante Acuerdo de Concejo Nº 008-2009-CDM, manifestaron opinión favorable para la creación de la Municipalidad de Centro Poblado de CALAGUAYA y con expediente N° 5098-09 de fecha 27/11/09, el cual contiene el Ofi cio N° 108-2009-ALC-MDM-PH, la referida Municipalidad Distrital, estableció las competencias, funciones y recursos que se van a delegar y transferir a la Municipalidad de Centro Poblado por crearse; Que, con Informe N° 11-2009-CCP-MPH-M de fecha 22/12/2009 la Comisión de Saneamiento Físico Legal y Jurisdicción, informa que habiendo evaluado los actuados de visto, es de opinión favorable para la emisión de Ordenanza que apruebe la creación de la Municipalidad del Centro Poblado San Francisco de Calaguaya del Distrito de Mariatana; Que, el Régimen Jurídico en materia de autos, se rige por lo señalado en el artículo 9° numeral 19) aprobar la creación de centros poblados y numeral 35), articulas 128°, 129° Creación de Municipalidades de Centros Poblados, y en lo que corresponda por la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización; Que, por las consideraciones antes expuestas y visto la solicitud del Comité de Gestión Municipalidad del Centro Poblado San Francisco de Calaguaya y el informe de la Comisión de Saneamiento Físico Legal y Jurisdicción, el Concejo Municipal en Sesión Ordinaria de fecha 23/12/09, acordó por unanimidad aprobar la creación de la Municipalidad del Centro Poblado San Francisco de Calaguaya distrito de Mariatana conforme al artículo 9° numeral 19) aprobar la creación de centros poblados y numeral 35), artículo 128° . 129° Creación de Municipalidades de Centros Poblados, y en lo que corresponda por la Ley N° 27783 Ley de Bases de la Descentralización; Por lo expuesto y de Conformidad con al artículo 20° numeral 03) de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente; ORDENANZA Artículo Primero.- APRUÉBESE la creación de la MUNICIPALIDAD DEL CENTRO POBLADO SAN FRANCISCO DE CALAGUAYA DISTRITO DE MARIATANA, conforme al artículo 9° numeral 19) aprobar la creación de centros poblados y numeral 35), artículo 128°, 129° Creación de Municipalidades de Centros Poblados, y en lo que corresponda por la Ley N° 27783 Ley de Bases ele la Descentralización Artículo Segundo.- ESTABLECER, que la circunscripción territorial de la Municipalidad que se menciona en el artículo presente, es de conformidad al plano perimétrico que forma parte de la presente Ordenanza y que corresponde a los limites consignados en la cartografía ofi cial existente Artículo Tercero.- DELEGAR, expresamente a la Municipalidad del Centro Poblado SAN FRANCISCO DE CALAGUAYA DISTRITO DE MARIATANA. La facultad de prestar los servicios públicos básicos en su jurisdicción territorial y cobrar directamente los arbitrios por la contraprestación de los mismo, lo que se entenderá como transferencias efectuadas por parte de la Municipalidad Provincial debiéndose rendir cuenta mensualmente de a los importes recaudados por diferentes conceptos que presten a la población, en cumplimiento a sus competencias y funciones administrativas y económico tributarias de acuerdo a su régimen de organización y administración interna, que vienen hacer: COMPETENCIAS Y FACULTADES de la Municipalidad de Centro Poblando San Francisco de Calaguaya distrito de Mariatana; tendrá lo siguiente: 1) Saneamiento ambiental, salubridad y salud, que comprende proveer del servicio de limpieza pública determinando las áreas de acumulación de desechos y rellenos sanitarios. Regular y controlar el aseo, higiene y salubridad en los establecimientos comerciales, viviendas, escuelas y otros lugares públicos locales. Mantener los servicios higiénicos de uso público. Expedir carnet de sanidad. 2) Registro civiles en mérito a convenio suscrito con el registro nacional de identifi cación y estado civil, conforme a ley. 3) Abastecimiento y comercialización de productos y servicios: controlar el cumplimiento de las normas de higiene y ordenamiento del acopio, distribución, almacenamiento y comercialización de alimentos y bebidas en concordancia con las normas, Regular y controlar el comercio ambulatorio de acuerdo a las normas establecidas, realizar el control de peso y medidas, así como el acaparamiento, la especulación y la adulteración de productos y servicios, otorgar licencias para la apertura de establecimientos comerciales y otros. 4) Realizar convenios con la Municipalidad Provincial de Huarochiri - Matucana la posibilidad de realizar por encargo fi scalizaciones de transporte y tránsito y otras competencias posibles. 5) Demás funciones y competencias compatibles con el ejercicio municipal, mientras estas no sean objetadas por la Municipalidad Distrital y Provincial. TRANSFERENCIA DE RECURSOS.- Establecer que conforme lo establece la Municipalidad Distrital de Mariatana, los recursos que se transferirán de esta Municipalidad se efectuarán en la oportunidad que se encuentren establecidos los montos transferidos por el Gobierno Central y habilitado presupuestalmente en el PIA 2010 de la referida entidad distrital. Asimismo Precisar que la Municipalidad Provincial por falta de disponibilidad fi nanciera no efectuara transferencias en el presente ejercicio, pero los mismos se materializarán en la forma de las funciones delegadas para el presente ejercicio por mérito de Convenios en materias ya precisadas. Artículo Cuarto.- PUBLICAR la presente Ordenanza en el Diario Ofi cial “EI Peruano”, frontis del palacio Municipal, en el Portal de la Web de la Municipalidad Provincial www. muniprovhuarochiri.goboe., de acuerdo al artículo 44° y 147º de la Ley Orgánica de Municipalidades. Artículo Quinto.- ENCARGAR a todas las áreas correspondientes el fi el cumplimiento de la presente ordenanza. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Deléguese la facultad a la Alcaldía Provincial para dictar normas complementarias y reglamentarias, con sujeción a las disposiciones de la presente Ordenanza mediante Decretos de Alcaldía. Segunda.- Otórguese plazo de 90 días a partir de la fecha de la vigencia de la presente Ordenanza, para desarrollar las elecciones de las autoridades ediles de la Municipalidad creada conforme a la Ordenanza de Elecciones de Autoridades de las Municipalidades de Centros Poblados de esta Provincia. Tercero.- la presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial de El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese, cúmplase. ROSA G. VASQUEZ CUADRADO Alcaldesa 444122-1