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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2010 (13/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 54

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 13 de enero de 2010 411116 la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema, se efectuarán con cargo a los recursos del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 1 200,00 Tarifa Única por Uso de Aeropuerto US$ 62,00 Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza por la presente Resolución, deberán presentar al Titular de su Institución un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados, de acuerdo a Ley. Artículo 4°.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros 445770-5 DEFENSA Autorizan viaje de personal de la FAP que conformarán tripulación de aeronaves a fin de trasladar ayuda humanitaria a damnificados por sismo en la República Dominicana y en la República de Haití RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 009-2010-DE/FAP Lima, 13 de enero de 2010 Visto, el Ofi cio R-60-AOP2-Nº 0050 de fecha 13 de enero de 2010, del Comandante General del Ala Aérea Nº 2 de la Fuerza Aérea del Perú; CONSIDERANDO: Que, habiendo ocurrido un devastador sismo en la ciudad de Santo Domingo, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República Dominicana, al Personal de la Fuerza Aérea del Perú que conformará la tripulación de la aeronave B-737-500 FAP 356, con la fi nalidad de trasladar ayuda humanitaria a los damnifi cados, del 14 al 15 de enero de 2010; Que, el presente viaje obedece a un requerimiento dispuesto por el Supremo Gobierno motivo por el cual no se encuentra considerado en el Plan Anual de Viajes del Ministerio de Defensa; Que, el pago correspondiente a la presente autorización, se efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; y, De conformidad con la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, Ley N° 29075 – Ley que Establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002, Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 008-2004-DE/SG del 30 de junio de 2004 y por el Decreto Supremo Nº 004-2009-DE/SG del 03 de febrero de 2009, Ley Nº 29465 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio a la República Dominicana, al Personal de la Fuerza Aérea del Perú que conformará la tripulación de la aeronave B-737-500 FAP 356, con la fi nalidad de trasladar ayuda humanitaria a los damnifi cados de dicho país: AERONAVE PRINCIPAL BOEING 737-500 FAP Nº 356 TRIPULACION PRINCIPAL Coronel FAP EDUARDO RAFAEL RODRIGUEZ ZEVALLOS Piloto Coronel FAP HANS ALBERTO CISNEROS GUTIERREZ Piloto Comandante FAP MARCO ANTONIO APARICIO BACA Piloto Comandante FAP CESAR AUGUSTO MACEDO GARCIA Piloto Téc.Inspector FAP MARIO CRUZ PACHECO Mecánico Técnico de 2da. FAP NEIL EDGAR DIAZ CESPEDES Mecánico Empleada Civil FAP ROSA LIZ GONZALES RUIZ Hostess Empleado Civil FAP MOISES FORTUNATO HUAMAN GOMEZ Purser Empleada Civil FAP IVANNA TUESTA SANONI Cargo Master TRIPULACION ALTERNA Técnico de 2da. FAP ELVIS TEDDY GARCIA REATEGUI Mecánico Empleada Civil FAP JULIA GLADYS ORTEGA LYAUTEY Hostess REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberán además remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electrónico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL