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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 13 DE ENERO DEL AÑO 2010 (13/01/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 43

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 13 de enero de 2010 411105 HA RESUELTO 1. Declarar FUNDADA la demanda de inconstitucionalidad de autos; en consecuencia inconstitucional por la forma y por el fondo la frase “previo acuerdo de la mitad más uno del número de miembros del Congreso” contenida en el segundo párrafo del artículo 25º del Reglamento del Congreso de la República. 2. Recomendar que el Congreso de la República regule el plazo máximo de suspensión temporal y la tramitación preferencial, exclusiva y rápida del proceso penal en el que se encuentran comprendidos los altos funcionarios a que se refi ere el artículo 99º de la Constitución Política del Perú, conforme a lo expresado en el fundamento 59 de la presente sentencia. 3. Recomendar al Congreso de la República que realice la reforma constitucional a que se refi eren los fundamentos 44 y 49 de la presente sentencia. Publíquese y notifíquese. SS. VERGARA GOTELLI MESÍA RAMÍREZ LANDA ARROYO BEAUMONT CALLIRGOS CALLE HAYEN ETO CRUZ ÁLVAREZ MIRANDA 444158-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA Aceptan donación dineraria a favor del Gobierno Regional de Cajamarca ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 075-2009-GR.CAJ-CR Cajamarca, 29 de diciembre de 2009 El Consejo Regional del Gobierno Regional Cajamarca, en su Sesión Extraordinaria de fecha 28 de diciembre del año 2009; VISTO Y DEBATIDO el Dictamen Nº 002-2009-GR.CAJ-CR/COP-CODESO, evacuado por las Comisiones Ordinarias de Planeamiento y Desarrollo Social, referente a aceptar la donación dineraria por el monto a S/. 2´700, 000.00 nuevos soles, proveniente de la Cooperación Suiza-COSUDE, a favor del Gobierno Regional Cajamarca, con el voto unánime del Pleno, y; CONSIDERANDO: - Que, la Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, artículo 69º, refi ere: “Las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, serán aprobadas por Resolución del Titular de la Entidad o Acuerdo de Consejo en el caso de los Gobiernos Regionales y de Concejo Municipal en el caso de los Gobiernos Locales, consignando la fuente donante y el destino de estos fondos públicos. Dicha Resolución o Acuerdo, según corresponda, serán publicados en el Diario Ofi cial El Peruano, cuando el monto de la donación supere las cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias. En el caso de montos inferiores a las cinco (5) UIT la referida Resolución o Acuerdo se publicará obligatoriamente dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de aprobada, en la página web de la entidad, bajo responsabilidad…”; - Que, mediante Ofi cio Nº 326-2009-APCI/DE, de fecha 26 de octubre del año 2009, el Director Ejecutivo Agencia Peruana de Cooperación Internacional, señor Carlos Pando Sánchez, remite al Presidente del Gobierno Regional Cajamarca, copia del Acuerdo relativo al “Proyecto de Transferencia para Fortalecer la Gestión Regional y Local en Agua y Saneamiento - PROPILAS”, suscrito entre Perú y Suiza, en el cual el Gobierno Regional de Cajamarca actúa como contraparte nacional. Y copia de los compromisos asumidos por su Institución, los mismos que son parte del Acuerdo, por lo que se solicita que se coordinen las acciones que correspondan para asegurar su ejecución oportuna, conforme al Plan de Fase del Programa PROPILAS, durante el periodo de ejecución indicado; - Que, mediante Ofi cio Nº 190-2009-GR.CAJ/DRVCS, de fecha 20 de noviembre del año 2009, la Directora Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, Ing. Julia Maritza Salas Berrospi, remite al Gerente General Regional, el Resumen Ejecutivo del “Proyecto de transferencia para fortalecer la gestión regional y local en agua y saneamiento”, en el marco del Acuerdo bilateral fi rmado entre la cooperación suiza y el Gobierno Peruano, siendo contraparte el Gobierno Regional de Cajamarca, a través de su Dirección Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, como indica el artículo cuarto del referido acuerdo. El mencionado proyecto ayudará a nuestra gestión en la implementación de políticas públicas en Agua y Saneamiento, así como del Plan Regional de Saneamiento integral y la formulación de un programa regional en Agua y Saneamiento. En tal sentido y siguiendo el trámite administrativo correspondiente solicitó se tramite la aceptación de la donación de parte de la cooperación suiza y se incluya dentro del los actuados del mismo este resumen ejecutivo del proceso, lo cual facilitará conocer el contenido del documento de Plan de fase del proyecto; - Que, mediante Ofi cio Nº 2205-2009-GR.CAJ/GGR- SG, de fecha 04 de diciembre del año 2009, la Secretaria General, Abog. María Elena Paz Ravines, remite al Presidente del Consejo Regional Cajamarca el Acuerdo N° 02 del Directorio de Gerentes N° 018-2009- GR.CAJ/ DGR, referente a aprobar la pertinencia refl ejada en la solicitud de la Directora Regional de Vivienda, Construcción y Saneamiento, contenida en el Ofi cio Nº 190-2009- GR.CAJ/DRVCS, por el cual se acuerda por unanimidad aprobar la pertinencia, refl ejada en derivar al Consejo Regional a fi n de que incluya en su agenda la aprobación de la donación de DOS MILLONES SETECIENTOS MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2´700,000.00) por parte de la Cooperación Suiza — COSUDE, de acuerdo al Proyecto de Transferencia para Fortalecer la Gestión Regional y Local en Agua y Saneamiento; - Que, mediante Ofi cio Nº 646-2009-GR.CAJ/DRAJ, de fecha 09 de diciembre del año 2009, el Director Regional de Asesoría Jurídica, Dr. Pedro Cerdán Urbina, remite al Presidente de la Comisión Ordinaria de Planeamiento, Ing. Wilson Flores Castillo, el RESUMEN EJECUTIVO: PROYECTO DE TRANSFERENCIA PARA FORTALECER LA GESTIÓN REGIONAL Y LOCAL EN AGUA Y SANEAMIENTO-2009-2010, con la opinión legal sobre la Donación de DOS MILLONES SETECIENTOS MIL CON 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 2´700,000.00) proveniente de la Cooperación Suiza-COSUDE, en los términos siguientes: 1) Tratándose de la donación referida, no existe ningún impedimento legal para su aceptación; en todo caso si la Entidad no cumple con aprobar la contrapartida requerida, COSUDE estará en el derecho de solicitar la reversión de la suma donada. 2) Al respecto, deberá observarse lo dispuesto por la parte pertinente del Artículo 69° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 3) En este caso, la donación tiene dos objetivos específi cos: a) Apoyar al Gobierno Regional de Cajamarca en el fortalecimiento de capacidades de las diferentes dependencias que tienen competencias en la gestión y temática de A y S, y b) Apoyar al Gobierno Regional en la mejora al acceso, calidad y sostenibilidad de los servicios de agua y saneamiento con equidad y modelos de intervención integral validados en el marco de las Políticas Públicas Regionales y el Plan Regional de Saneamiento Integral. 4) Según la propuesta de Convenio, el Gobierno Regional Cajamarca debe aportar como contrapartida al Proyecto Piloto de Agua Potable y Saneamiento Rural-PROPILAS, la suma de DIEZ MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS SETENTA CON 00/100