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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 24 de enero de 2010 412057 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Matriz de Metas e Indicadores de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento en el ámbito funcional del Ministerio del Interior durante el AF-2010, la misma que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- La Dirección de Planeamiento Estratégico y Presupuesto del Estado Mayor General PNP es la unidad orgánica responsable de validar, consolidar y evaluar la información de las dependencias de la Policía Nacional del Perú incluidas en el cumplimiento de estas políticas, así como de realizar el seguimiento al cumplimiento de las mismas en el ámbito de la Policía Nacional del Perú. Artículo 3º.- Los Órganos No Policiales del Ministerio del Interior incluidos en estas políticas y la Dirección de Planeamiento Estratégico y Presupuesto del Estado Mayor General de la Policía Nacional del Perú deben remitir a la Ofi cina General de Planifi cación la evaluación de la ejecución de las Metas e Indicadores de las Políticas Nacionales de Obligatorio Cumplimiento del Ministerio del Interior para el AF 2010 de acuerdo al siguiente cronograma: Semestre Fecha de Presentación Al I Semestre 2010 12 de julio de 2010 Al II Semestre 2010 12 de enero de 2011 Artículo 4º.- Todos los Órganos Policiales y No Policiales del Ministerio del Interior comprometidos están obligados a formular antes del 31 de diciembre del 2010 las actividades, metas e indicadores correspondientes al AF-2011. Artículo 5º.- En caso de ser convocados a reuniones de trabajo por los sectores supervisores de las Políticas Nacionales contenidas en el D.S. Nº 027-2007-PCM asistirá un representante de los siguientes órganos según materia e informará de los acuerdos a la Ofi cina General de Planifi cación: • En materia de igualdad de hombres y mujeres Secretaría Permanente de la Comisión Nacional de Derechos Humanos del Sector Interior • En materia de juventud Policía Nacional del Perú - Dirección de Educación y Doctrina Policial • En relación a las personas con discapacidad Defensoría del Policía • En materia de inclusión Ofi cina General de Defensa Nacional - Comisionados para la Paz y el Desarrollo • En materia de extensión tecnológica, medio ambiente y competitividad Policía Nacional del Perú - Dirección de Turismo y Ecología • En relación al aumento de capacidades sociales Ofi cina General de Defensa Nacional - Comisionados para la Paz y el Desarrollo • En materia de empleo y MYPE Ofi cina General de Administración • En materia de simplifi cación administrativa Ofi cina General de Planifi cación - Ofi cina de Desarrollo de Sistemas Administrativos • En materia de política anticorrupción Ofi cina de Asuntos Internos • En materia de política de seguridad y defensa nacional Ofi cina General de Defensa Nacional Artículo 6º.- El cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial es de responsabilidad del titular de cada Unidad Orgánica y su incumplimiento será informado por la Ofi cina General de Planifi cación al Órgano de Control Institucional del Ministerio del Interior y/ o al Órgano de Control Institucional de la Policía Nacional del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. OCTAVIO E. SALAZAR MIRANDA Ministro del Interior REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante ofi cio dirigido al Director del Diario Ofi cial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse selladas y rubricadas en original por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio que hubiere en las diversas secciones del diario. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (diskette o cd) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel. Si se hubiere utilizado el formato de la Sección Segunda aprobada por Decreto Supremo Nº 080-2001-PCM, se presentará en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL