Norma Legal Oficial del día 26 de enero del año 2010 (26/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, martes 26 de enero de 2010

NORMAS LEGALES

412171

Articulo Tercero: PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Personal del Poder Judicial y de los Magistrados designados, para los fines pertinentes. Publiquese, registrese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 450344-1

Disponen la remision de diversos expedientes a la Sala Laboral Transitoria de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE MORDAZA RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 110-2010-P-CSJLI-PJ MORDAZA, veinticinco de enero del dos mil diez. EL PRESIDENTE DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA. VISTOS: El Oficio Nº 13-2010-1SLL-CSJLI/FMM, de fecha 19 de enero del presente ano, y; CONSIDERANDO: Que, mediante el oficio de vistos los Presidentes de las tres MORDAZA Laborales Permanentes solicitan a la Presidencia de esta Corte, entre otros aspectos, que la Sala Laboral Transitoria continue con la recepcion de expedientes en forma proporcional y equitativa, a fin que la misma contribuya con la descarga procesal, tal como lo establecio la Resolucion Administrativa Nº 029-2008-CEPJ de fecha 14 de febrero del 2008. Que, la Resolucion Administrativa Nº 420-2009-CE-PJ, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 12 de enero del presente ano, dispone la prorroga del funcionamiento de las MORDAZA y Juzgados Transitorios hasta el 30 de junio del 2010, conforme fluye del texto expreso de la citada resolucion. Que, es facultad de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA establecer un adecuado equilibrio de la carga procesal entre las MORDAZA Laborales existentes, conforme a lo dispuesto por el acapite "b" del articulo MORDAZA de la Resolucion Administrativa Nº 342-2009-CE-PJ, por lo que siendo asi, se adopta la decision que la Primera, MORDAZA y Tercera Sala Permanente Laboral remitan el 25% de su carga procesal ingresada en el presente ano, programadas y pendientes de resolver a la Sala Transitoria Laboral. Asimismo, los expedientes cuyos concesorios de apelacion se hayan originado con anterioridad a la expedicion de la presente resolucion y no se encuentren en las MORDAZA Laborales Permanentes, elevados que MORDAZA estos, deberan distribuirse en un porcentaje similar al senalado en el considerando precedente a la Sala Laboral Transitoria. Que, para la implementacion de lo dispuesto, los Relatores de las MORDAZA Laborales Permanentes deberan remitir directamente a la Sala Laboral Transitoria el porcentaje de expedientes MORDAZA mencionados, con conocimiento de la Mesa de Partes de la Sede de las MORDAZA Laborales para los fines del caso. Que, estando a lo expuesto y en merito a las facultades conferidas por los incisos 3) y 9) del articulo 90 de la Ley Organica del Poder Judicial. SE RESUELVE: Articulo Primero.- DISPONER que la Primera, MORDAZA y Tercera Sala Laboral Permanente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, remitan a traves de la Mesa de Partes de su sede, el 25% de expedientes ingresados en el presente ano, que se encuentren programadas y pendientes de resolver a la Sala Laboral Transitoria.

Articulo Segundo.- DISPONER que los expedientes cuyos concesorios de apelacion se hayan originado con anterioridad a la expedicion de la presente resolucion y no se encuentren en las MORDAZA Laborales Permanentes, elevados que MORDAZA estos deberan ser distribuidos en un porcentaje similar al senalado en el articulo precedente a la Sala Laboral Transitoria. Articulo Tercero.- DISPONER que la Sala Laboral Transitoria mantenga las fechas programadas en los expedientes mencionados en el primer articulo de la presente resolucion y compulse dichos procesos de manera adecuada y oportuna. Articulo Cuarto.- DISPONER que los Relatores de las MORDAZA Laborales Permanentes remitan directamente a la Sala Laboral Transitoria el porcentaje de expedientes dispuesto en la presente resolucion, con conocimiento de la Mesa de Partes de la Sede de las MORDAZA Laborales para los fines del caso. Articulo Quinto.- PONER la presente resolucion en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, Comision Nacional de Descarga Procesal, Gerencia General, Oficina de Control de la Magistratura ­ OCMA, Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura, Area de Desarrollo de la Presidencia y Oficina de Administracion Distrital, para los fines pertinentes. Registrese, publiquese, cumplase y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 450345-1

ORGANOS AUTONOMOS MINISTERIO PUBLICO
Suspenden la reincorporacion de la provincia de Cotabambas a la competencia territorial del Distrito Judicial de MORDAZA
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 158-2010-MP-FN MORDAZA, 22 de enero de 2010 VISTO Y CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Administrativa Nº 353-2009CE-PJ, publicada en el Diario Oficial "El Peruano", el 10 de diciembre de 2009, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso de oficio la reincorporacion de la provincia de Cotabambas, a la competencia territorial del distrito judicial de MORDAZA, motivo por el cual por Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 1833-2009-MP-FN, publicada en el Diario Oficial "El Peruano", el 23 de diciembre de 2009, se emitio disposicion similar al respecto. Que, sin embargo, por Resolucion Administrativa Nº 353-2009-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial ha dispuesto la suspension de la reincorporacion de la provincia de Cotabambas, a la competencia territorial del distrito judicial de MORDAZA, a fin de capacitar, previamente, y lograr el perfeccionamiento de magistrados, personal jurisdiccional y administrativo de los organos jurisdiccionales de la citada provincia, en la aplicacion del MORDAZA Codigo Procesal Penal, debido a su entrada en vigencia, en el distrito judicial de MORDAZA, desde el 01 de diciembre de 2009. Que, en virtud a lo anteriormente expuesto, es necesario adecuar la Resolucion de la Fiscalia de la Nacion Nº 18332009-MP-FN, a lo dispuesto en el Articulo Tercero de la Resolucion Administrativa Nº 353-2009-CE-PJ. De conformidad con lo dispuesto por el articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Suspender la reincorporacion de la provincia de Cotabambas, a la competencia territorial del Distrito Judicial de MORDAZA, a efecto que se proceda

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