Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2010 (29/01/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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NORMAS LEGALES
DECRETA:

El Peruano MORDAZA, viernes 29 de enero de 2010

Autorizan quincuagesimo MORDAZA tramo de la emision de bonos soberanos en el MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 040-2009
DECRETO SUPREMO Nº 024-2010-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 040-2009, y sus modificatorias, se aprobo la emision de bonos soberanos hasta por S/. 2 600 000 000,00 (DOS MIL SEISCIENTOS MILLONES Y 00/100 NUEVOS SOLES), en uno o varios tramos, durante el bienio 2009-2010, que se destinaran a financiar proyectos de inversion publica a cargo de los Gobiernos Regionales; Que, el numeral 1.3 del Articulo 1º del mencionado Decreto de Urgencia establece que por decreto supremo con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y el refrendo del Ministro de Economia y Finanzas, se autoriza cada tramo de la emision de bonos soberanos, que pueden ser colocados en una o varias fechas; Que, asimismo, dicho dispositivo legal dispone que, en el citado decreto supremo se fijan las caracteristicas generales de los aludidos bonos soberanos y se establecen los proyectos de inversion publica a cargo de los Gobiernos Regionales a ser financiados con los recursos que se obtengan con la colocacion del respectivo tramo; Que, mediante la Resolucion Ministerial Nº 179-2009EF/75 se aprobaron los "Lineamientos para la Aplicacion del Decreto de Urgencia Nº 040-2009" y los indices de distribucion de los recursos provenientes de la emision y colocacion de bonos soberanos; Que, de la aplicacion de los citados indices de distribucion, corresponde al Gobierno Regional del Departamento de La MORDAZA un financiamiento de hasta la suma de S/. 119 512 900,00 (CIENTO DIECINUEVE MILLONES QUINIENTOS DOCE MIL NOVECIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES), de los cuales a la fecha existe un saldo disponible de hasta S/. 20 408 910,82 (VEINTE MILLONES CUATROCIENTOS OCHO MIL NOVECIENTOS DIEZ Y 82/100 NUEVOS SOLES); Que, el Gobierno Regional del Departamento de La MORDAZA ha presentado a la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico del Ministerio de Economia y Finanzas, los documentos requeridos para acceder al financiamiento a que se refiere el Decreto de Urgencia N° 040-2009, y sus modificatorias, hasta por un monto de S/. 13 190 166,17 (TRECE MILLONES CIENTO NOVENTA MIL CIENTO SESENTA Y SEIS Y 17/100 NUEVOS SOLES), para financiar parcialmente ocho (08) proyectos de inversion publica a su cargo; Que, de otro lado, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 3º del Decreto de Urgencia Nº 058-2009, las solicitudes de financiamiento para la ejecucion de proyectos de inversion en el MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 040-2009, los cuales requieran ademas de un cofinanciamiento con cargo al presupuesto institucional del Gobierno Regional, el referido Gobierno debe priorizar dicho cofinanciamiento en su Presupuesto Institucional y sus modificatorias del ano fiscal respectivo, segun corresponda; asimismo, tal cofinanciamiento solo puede ser efectuado con la fuente de financiamiento Recursos Determinados; Que, en tal sentido, resulta necesario autorizar el quincuagesimo MORDAZA tramo de la emision interna de bonos soberanos aprobada por el Decreto de Urgencia Nº 040-2009, y sus modificatorias, destinado a financiar los proyectos de inversion publica mencionados en el MORDAZA considerando a cargo del Gobierno Regional del Departamento de La Libertad; Que, han opinado favorablemente la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico y la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas; De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, y su modificatoria; el Decreto de Urgencia Nº 040-2009, modificado por los Decretos de Urgencia Nº 058-2009, 080-2009 y 103-2009; y la Sexagesima MORDAZA Disposicion Final de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010; y,

Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros;

Articulo 1º.- Autorizacion del quincuagesimo MORDAZA tramo de la emision interna de bonos soberanos Autoricese el quincuagesimo MORDAZA tramo de hasta S/. 13 190 166,17 (TRECE MILLONES CIENTO NOVENTA MIL CIENTO SESENTA Y SEIS Y 17/100 NUEVOS SOLES) de la emision interna de bonos soberanos aprobada en el MORDAZA del Decreto de Urgencia Nº 040-2009, y sus modificatorias, que puede ser colocado en una o varias fechas, y que se destina a financiar parcialmente los proyectos de inversion publica a cargo del Gobierno Regional del Departamento de La MORDAZA, que se detallan en el Anexo A que forma parte integrante de esta MORDAZA legal, el cual es publicado en el MORDAZA Institucional del Ministerio de Economia y Finanzas: www.mef.gob. pe/ESPEC/mercado /bonos_regionales/, en la fecha de publicacion del presente dispositivo. Articulo 2º.- Caracteristicas generales de la emision interna de bonos Para los fines de la emision del quincuagesimo MORDAZA tramo que se autoriza en el Articulo 1º de esta MORDAZA legal, los bonos soberanos contaran con las siguientes caracteristicas:
- Monto MORDAZA a emitir - Unidad Responsable - Estructurador : Hasta S/. 13 190 166,17 : Ministerio de Economia y Finanzas, a traves de la Direccion Nacional del Endeudamiento Publico. : Direccion Nacional del Endeudamiento Publico. : Nuevos Soles.

- Moneda - Negociabilidad de los Bonos : Libremente negociables. - Modalidad de Colocacion : A traves de subastas. - Plazo de Colocacion : En varias fechas, hasta el 31 de diciembre de 2010. - Registro : Los bonos seran registrados mediante anotacion en cuenta en CAVALI S.A. ICLV y listados en la Bolsa de Valores de Lima.

Articulo 3º.- De la emision y colocacion del quincuagesimo MORDAZA tramo autorizado Para los fines de la emision del quincuagesimo MORDAZA tramo que se autoriza en el Articulo 1º de esta MORDAZA legal, se aplicara lo dispuesto en el "Reglamento de la Emision y Colocacion de Bonos Soberanos en el MORDAZA Interno" aprobado por el Decreto Supremo Nº 193-2004-EF, excepto por lo establecido en los items i), ii) y iii) del literal b) y el literal e) del numeral 3 de dicho Reglamento, los mismos que para efectos de la emision y colocacion del referido tramo, se reemplazaran de acuerdo al siguiente texto: "Subasta Unica La adjudicacion por tasa o precio utilizando la modalidad de subasta Holandesa, se realizara mediante el procedimiento que se describe a continuacion: - Una vez recibidas las propuestas, estas seran ordenadas por el sistema de manera ascendente, cuando la variable a subastar sea la tasa de interes (correspondiente al cupon del bono), o descendente, en el caso que la variable a subastar sea el precio del bono. - La adjudicacion se realizara en forma ascendente, iniciandose con la tasa mas baja (o el precio mas alto) a la cual se le asignara la cantidad de los bonos soberanos demandados, siguiendo con la MORDAZA menor tasa (o mayor precio) y asi sucesivamente hasta agotar la cantidad de Bonos Soberanos que corresponda, pudiendo quedar un saldo sin colocar. - La tasa (o precio) de liquidacion sera determinada por la MORDAZA cantidad de bonos soberanos adjudicados y se aplicara a todas las operaciones resultantes. - En caso dos o mas propuestas coincidan con la tasa (o precio) de liquidacion y estas excedan el ultimo monto por adjudicarse, la asignacion se realizara a prorrata entre estas y se ajustara al multiplo del valor nominal del bono.

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