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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de enero de 2010 412306 ANEXO Función Específi ca e) del artículo 51° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales: Desarrollar acciones de vigilancia y control para garantizar el uso sostenible de los recursos naturales bajo su jurisdicción. FACULTADES Recibidas por el Gobierno Regional Retenidas por el Ministerio de Agricultura Formular y aprobar, planes y normatividad para la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre, en el ámbito de su jurisdicción, en concordancia de la política nacional. Proponer, aprobar y formular las políticas y normatividad para la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre. Implementar en el ámbito de su jurisdicción las políticas, planes y normatividad aprobados por la autoridad nacional. Establecer los lineamientos y realizar el seguimiento de las políticas y normatividad para la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre. Realizar labores de promoción y fi scalización sobre la conservación y el aprovechamiento sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre. Promover, aprobar y supervisar la gestión forestal y de fauna silvestre y los comités de gestión de bosque en el ámbito de su jurisdicción. Promover, apoyar y participar en la gestión forestal y de fauna silvestre de los Gobiernos Regionales y los Comités de Gestión de Bosque. Apoyar y fortalecer los Comités de Gestión de Bosque, facilitando su participación en el control y vigilancia de los recursos forestales y de fauna silvestre. Implementar el sistema de información integrada en el ámbito regional, en materia de recursos forestales y de fauna silvestre de acuerdo a los lineamientos de la autoridad nacional. Elaborar el marco técnico para la generación y consolidación de la información estadística y georeferenciada en materia de recursos forestales y de fauna silvestre en el marco de un sistema nacional integrado de recursos naturales renovables. Remitir a la autoridad nacional la información generada y sistematizada en materia de recursos forestales y de fauna silvestre. Elaborar los lineamientos técnicos para la sistematización (recolección, acopio, organización y evaluación) de la información generada a nivel regional. Proponer la lista de especies de fl ora y fauna silvestre amenazadas en el ámbito de su jurisdicción. Formular y aprobar los lineamientos para la actualización y aprobación de la lista de especies amenazadas de fl ora y fauna silvestres. Proponer la lista de los ecosistemas frágiles en el ámbito de su jurisdicción de acuerdo a los lineamientos establecidos por la autoridad nacional. Formular y aprobar los lineamientos generales y aprobar la lista de ecosistemas frágiles. Promover y apoyar la realización de las evaluaciones poblacionales sobre la situación de las especies de fl ora y fauna silvestres, supervisando el cumplimiento de los lineamientos y metodología establecidos por la Autoridad Nacional. Establecer los lineamientos generales para realizar, directamente o por terceros, evaluaciones o relevamientos sobre la situación de las especies de fl ora y fauna silvestres y sus habitats, y consolidar la información a nivel nacional. Implementar los sistemas de control y vigilancia forestal y de fauna silvestre, para el ámbito de su jurisdicción de acuerdo a los lineamientos de la autoridad nacional. Proponer la normatividad y lineamientos para la evaluación, aprobación y conducción el seguimiento del Sistema Nacional de Control y Vigilancia de los productos o especímenes de fl ora y fauna silvestres en el ámbito nacional e internacional. Controlar y vigilar el transporte de los recursos forestales y de fauna silvestre en el ámbito de su jurisdicción. Ejecutar operativos inopinados de control forestal y de fauna silvestre en el ámbito de su jurisdicción. Promover, supervisar y registrar los zoocriaderos, zoológicos, centros de rescate, centros de custodia temporal y áreas de manejo de fauna silvestre en el ámbito de su jurisdicción. Concertar con las autoridades competentes para hacer cumplir las disposiciones del sistema nacional de control, en el ámbito de su jurisdicción. Concertar con las autoridades competentes para hacer cumplir las disposiciones del sistema nacional de control y vigilancia. Proponer e implementar los registros forestales y de fauna silvestre en el ámbito regional de acuerdo a los lineamientos de la autoridad nacional. Diseñar y elaborar los lineamientos técnicos para implementar los registros forestales y de fauna silvestre de carácter nacional. Mantener actualizados los registros forestales y de fauna silvestre, en el ámbito de su jurisdicción. Consolidar y actualizar la información de los registros forestales y de fauna silvestre del ámbito nacional. Proponer y apoyar las investigaciones en coordinación con las instituciones educativas y científi cas de su jurisdicción. Promover y llevar el registro de las investigaciones sobre fl ora y fauna silvestres llevadas a cabo en el ámbito nacional. Proponer y promover las investigaciones de carácter científi co sobre la fl ora y fauna silvestre y difundir sus resultados. Coordinar, articular y apoyar en el cumplimiento de las funciones de la autoridad nacional encargada de la supervisión de las Concesiones Forestales con fi nes maderables en el ámbito de su jurisdicción. Supervisar las Concesiones Forestales con fi nes maderables. Otorgar concesiones de reforestación y forestación en el ámbito de su jurisdicción de acuerdo a los lineamientos establecidos. Evaluar y proponer los lineamientos generales para el otorgamiento de concesiones de reforestación y forestación. Aprobar e implementar mecanismos y procedimientos para la preservación, conservación y reproducción de las aves guaneras y fauna silvestre en su jurisdicción. Proponer mecanismos, procedimientos para la preservación, conservación y reproducción de las aves guaneras y fauna silvestre. Función Específica e) del artículo 51° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales: Desarrollar acciones de vigilancia y control para garantizar el uso sostenible de los recursos naturales bajo su jurisdicción. FACULTADES Recibidas por el Gobierno Regional Retenidas por el Ministerio de Agricultura Controlar y supervisar la extracción sostenible de la pesca artesanal y maricultura, de conformidad con el sistema de áreas naturales protegidas. Diseñar políticas, estrategias, programas y proyectos que promuevan la preservación, conservación y reproducción de las aves guaneras y fauna silvestre. Apoyar en la implementación y ejecución de programas y proyectos que promuevan la preservación y conservación de las aves guaneras y fauna silvestre en su jurisdicción. Vigilar el cumplimiento de las normas sobre preservación del medio ambiente y fauna silvestre en su jurisdicción, con la fi nalidad de incrementar la población de aves guaneras y fauna silvestre en su jurisdicción, creando los instrumentos necesarios para tal fi n. Generar y actualizar los lineamientos técnico - normativos para incentivar el cumplimiento de las normas sobre preservación del medio ambiente y fauna silvestre, orientada a la preservación, conservación y reproducción de las aves guaneras y fauna silvestre. Apoyar en los operativos de control del tráfi co, transporte y comercio ilícito del recurso guano, en su jurisdicción. Aprobar y ejecutar los programas de extracción del recurso guano, de acuerdo a la política de conservación del recurso del sector. Promover operativos contra el tráfi co ilegal de los recursos guano, aves guaneras y fauna silvestre. Diseñar, dirigir y supervisar los sistemas de control y vigilancia, a fi n de impedir la caza indiscriminada y comercio ilícito de las aves guaneras y fauna silvestre en su jurisdicción. Administrar y mantener actualizados los registros de las aves guaneras y fauna silvestre. Apoyar en el censo de las aves guaneras y fauna silvestre dentro de su jurisdicción.