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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 29 de enero de 2010 412308 Designan representantes titular y alterno del Ministerio ante la Comisión Nacional de Productos Bandera - COPROBA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0020-2010-AG Lima, 27 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2004- MINCETUR, se creó la Comisión Nacional de Productos Bandera – COPROBA, encargada de elaborar la Estrategia Nacional Integrada de Identificación, Promoción y Protección de la identidad de los Productos Bandera, tanto en el interior como en el exterior del país; Que, el citado dispositivo señala que COPROBA está integrada, entre otros, por un representante del Ministerio de Agricultura, el que será designado mediante Resolución Ministerial del Sector; Que, en tal sentido, se ha visto por conveniente designar a Víctor Manuel Noriega Toledo, Director General de la Dirección General de Competitividad Agraria y a Marco Antonio Umpire López, profesional de la Dirección de Agronegocios de la Dirección General de Competitividad Agraria, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Agricultura ante COPROBA; De conformidad, con lo dispuesto por la Ley Nº 29158 – Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento de Organización y Funciones aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008- AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a Víctor Manuel Noriega Toledo, Director General de la Dirección General de Competitividad Agraria y a Marco Antonio Umpire López, profesional de la Dirección de Agronegocios de la Dirección General de Competitividad Agraria, como representantes titular y alterno, respectivamente, del Ministerio de Agricultura ante la Comisión Nacional de Productos Bandera – COPROBA. Artículo 2º.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial Nº 0736-2008-AG. Regístrese, comuníquese y publíquese. ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ Ministro de Agricultura 451779-2 Precisan que la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre es la instancia competente para aprobar el coeficiente de rendimiento de cualquier especie maderable, obtenido conforme a metodologías oficiales aprobadas por R.J. Nº 159-2008-INRENA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0021-2010-AG Lima, 27 de enero de 2010 VISTO: El Memorandum Nº 2275-2009-AG-DGFFS(DPFFS) de fecha 22 de diciembre de 2009, emitido por la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre, recomendando la aprobación del coefi ciente de rendimiento de cualquier especie maderable, cuando se acredite que éste, ha sido obtenido de conformidad a las metodologías ofi ciales aprobadas por la Resolución Jefatural N° 159-2008- INRENA , y; CONSIDERANDO: Que, los artículos 55º y 56º del Reglamento de la Ley Forestal y de Fauna Silvestre aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2001-AG, establecen que corresponde al Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) fijar las condiciones técnicas y administrativas para realizar el manejo y aprovechamiento sostenible de los recursos forestales, así como la transformación primaria de los productos forestales y su comercialización; así como aprobar, mediante Resolución Jefatural, las medidas y características necesarias para la extracción de ejemplares de la flora silvestre; los formatos de los contratos de concesión, autorizaciones y permisos forestales; los documentos impresos que se utilicen en la administración y control forestal; los términos de referencia para la elaboración de los planes de manejo; y otros lineamientos técnicos necesarios para lograr el aprovechamiento sostenible de los recursos forestales; Que, por Ley Nº 29376, se precisa que las funciones otorgadas por la ley Nº 27308, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, al que fue Instituto Nacional de Recursos Naturales (INRENA) son ejercidas por el Ministerio de Agricultura o los gobiernos regionales dentro del marco de sus competencias; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Agricultura aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG, establece que la Dirección General Forestal y de Fauna Silvestre, es el órgano técnico encargado de la gestión y administración de los recursos forestales y de fauna silvestre, en el ámbito de su competencia; Brindar las facilidades a las personas jurídicas acreditadas por la autoridad nacional encargada de la supervisión de las concesiones forestales con fi nes maderables, para realizar la supervisión de los planes de manejo de concesiones forestales maderables. Mantener actualizada y conducir el registro de personas jurídicas para realizar la supervisión de los planes de manejo en concesiones forestales maderables. Mantener actualizado la base de datos sobre los titulares de los contratos de concesiones forestales y brindar la información a la autoridad nacional encargada de la supervisión de las concesiones forestales con fi nes maderables. Mantener el sistema de información de los titulares de los contratos de concesión forestal con fi nes maderables. Remitir información a la autoridad nacional encargada de la supervisión de las concesiones forestales con fi nes maderables referida al cumplimiento del contrato del Concesión Forestal Maderable por el lado del concedente. Supervisar las obligaciones contractuales asumidas por el Concedente. Proponer normatividad relativa a las obligaciones del concesionario y supervisar el cumplimiento en lo que competería. Elaborar normas y procedimientos complementarios que permitan regular las obligaciones del concesionario, así como para sancionar su incumplimiento. Presentar a la autoridad nacional encargado de la supervisión de las Concesiones Forestales con fi nes Maderables las denuncias generadas como producto de las actividades de administración y control. Conducir los procedimientos administrativos únicos cuando se advierta indicios de infracción a la legislación forestal y/o incumplimiento del contrato o los planes de manejo forestal de parte de los concesionarios forestales con fi nes maderables. Realizar el Plan de Cierre de los contratos de concesión forestal con fi nes maderables cuando las Resoluciones de la autoridad nacional encargada de la supervisión de las Concesiones Forestales con fi nes Maderables queden fi rmes y consentidas. Ejecutar las garantías de los contratos de concesión forestal con fi nes maderables. 451779-1