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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (06/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 3

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de febrero de 2010 412921 PODER LEGISLATIVO CONGRESO DE LA REPUBLICA RESOLUCIÓN LEGISLATIVA Nº 29505 LA COMISIÓN PERMANENTE DEL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE AUTORIZA AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA A SALIR DEL TERRITORIO NACIONAL EL DÍA 9 DE FEBRERO DE 2010 El Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en los artículos 102º, inciso 9), y 113º, inciso 4), de la Constitución Política del Perú; en el artículo 76º, inciso j), del Reglamento del Congreso; y en la Ley núm. 28344, ha resuelto acceder a la petición formulada por el señor Presidente Constitucional de la República y, en consecuencia, autorizarlo para salir del territorio nacional el día 9 de febrero del presente año, con el objeto de viajar a la ciudad de Quito, República del Ecuador. El propósito de esta visita es participar en la Reunión Extraordinaria de Jefas y Jefes de Estado y de Gobierno de la UNASUR, convocada por el Presidente del Ecuador, señor Rafael Correa, para tratar la actual situación en la República de Haití. La presente Resolución Legislativa entra en vigencia el día siguiente de su publicación. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los cinco días del mes de febrero de dos mil diez. LUIS ALVA CASTRO Presidente del Congreso de la República MICHAEL URTECHO MEDINA Segundo Vicepresidente del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Lima, 5 de febrero de 2010. Cúmplase, regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros 455249-1 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Decreto Supremo que convoca a nuevas elecciones municipales DECRETO SUPREMO Nº 021-2010-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el Decreto Supremo Nº 020-2010-PCM convoca a nuevas Elecciones Municipales para el día domingo 6 de junio de 2010, con la fi nalidad de elegir alcaldes y regidores de los concejos distritales de veintiocho distritos electorales que se detallan en Anexo adjunto, el que constituye para integrante de dicho Decreto Supremo; Que, el Anexo adjunto a que se hace referencia en el párrafo precedente, se elaboró sobre la base de lo resuelto en las Resoluciones Nº 036-2010-JNE y Nº 037-2010-JNE, que contemplaban, la primera veinticinco distritos y la segunda tres distritos, haciendo un total de veintiocho distritos electorales; Que, sin embargo, a través de la Resolución Nº 054- 2010-JNE se integra la Resolución Nº 036-2010-JNE y se incorpora el distrito electoral Acraquia, de la provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica, dentro del grupo de aquéllos en los que se revocó a más de un tercio del Concejo Municipal respectivo, aumentando su número de veinticinco a veintiséis; Que, asimismo, la mencionada Resolución Nº 054- 2010-JNE solicita al Poder Ejecutivo la inclusión del mencionado distrito electoral Acraquia, de la provincia de Tayacaja, departamento de Huancavelica, en la convocatoria a Nuevas Elecciones Municipales del año GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ATE Acuerdo Nº 008.- Declaran como necesidad pública la intervención y recuperación de la Carretera Central y sus vías auxiliares 412962 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA D.A. Nº 001-2010-MDI.- Modfi can la Primera Disposición Final del D.A. N° 002-2009-MDI, Reglamento de la Ordenanza N° 093-MDI 412963 MUNICIPALIDAD DE LINCE Ordenanza Nº 260-MDL.- Prohíben toda forma de discriminación en el distrito 412963 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Acuerdo Nº 008-2010-MDSM.- Aceptan donación de panetones a favor de la Municipalidad 412965 SEPARATA ESPECIAL SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Res. Nº 061-062-063-064-065/2010/SUNAT/A.- Aprueban procedimientos sobre Reconocimientom Fisico - Extracción y Analisis de Muestras, Admisión Temporal para Reexportación en el mismo estado, Importación para el consumo, Depósito Aduanero y Garantias de Aduanas Operativas 412864