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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE FEBRERO DEL AÑO 2010 (06/02/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de febrero de 2010 412926 DEFENSA Autorizan viaje de oficial de la Marina de Guerra a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 066-2010-DE/SG Lima, 5 de febrero de 2010 Vista, la Hoja de Recomendación Nº 01 EMCFFAA/ D2/INTG del Jefe de la 2da. División del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas de fecha 04 de enero de 2010, aprobada por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. CONSIDERANDO: Que, mediante documento del Visto, el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, aprueba nombrar como Ofi cial de Intercambio de Inteligencia en la ciudad de Puerto Leguízamo, sede de la Fuerza de Tarea Conjunta del Sur - Colombia, al Capitán de Corbeta Paúl GONZALES ABARCA, por el periodo comprendido entre el 01 de marzo al 31 de diciembre de 2010, como relevo del Ofi cial Superior que se encuentra en dicha Fuerza de Tarea; Que, según el Entendimiento N° 13 del Acta de la Décima Cuarta (XIV) Ronda de Conversaciones entre Altos Mandos de las Fuerzas Militares de Colombia y las Fuerzas Armadas del Perú, se establece entre otros, que la Armada Nacional de Colombia y la Marina de Guerra del Perú, acuerdan mantener la presencia de Ofi ciales de Enlace de Inteligencia entre las Guarniciones de la Fuerza Naval del Sur en Puerto Leguízamo; por cuanto a conocimientos y experiencias a adquirirse serán en benefi cio de la Seguridad Nacional dentro del ámbito de competencia de las Fuerzas Armadas; Que, de conformidad con el Artículo Único de la Ley Nº 29240, se exceptúa al Poder Ejecutivo de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 3º de la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos, para las autorizaciones de viajes al exterior que estén estrictamente relacionados a temas de seguridad nacional, norma que resulta aplicable para la presente autorización de viaje, considerando la naturaleza de la comisión de servicio; Que, el citado viaje se encuentra incluido en el Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa Año 2010, Rubro 5: Medidas de Confi anza Mutua, Item 9, aprobado con Resolución Suprema Nº 534-2009-DE/SG de fecha 18 de diciembre de 2009; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley N° 29075 - Ley que establece la naturaleza jurídica, función, competencias y estructura orgánica básica del Ministerio de Defensa, Ley N° 29465 - Ley del Presupuesto del Sector Público para el año Fiscal 2010, Decreto Supremo N° 047-2002-PCM de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con los Decretos Supremos N° 008-2004-DE/SG y Nº 028-2006-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004 y 13 de diciembre de 2006, respectivamente; Estando a lo informado por el Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y a lo acordado con el Ministerio de Defensa; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio, al Capitán de Corbeta Paul GONZALES ABARCA, para que participe en el Intercambio de Ofi ciales de Inteligencia de la Marina de Guerra del Perú en la Fuerza Naval del Sur - Puerto Leguízamo - Colombia, por el periodo de DIEZ (10) meses a partir del 01 de marzo de 2010 al 31 de diciembre de 2010. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú (Ofi cina General de Administración), efectuará el pago que corresponda de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasajes: Lima (PERU) - Bogotá - Puerto Leguízamo (COLOMBIA) - Bogotá - Lima US$ 1,502.02 x 1 persona Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero: US$ 2,900 x 10 meses x 1 persona Gastos de Traslado (Ida y Retorno) US$ 2,900 x 2 x 1 persona Tarifa Única por Uso de Aeropuerto (TUUA): US$ 31.00 x 1 persona Artículo 3º.- El mencionado Ofi cial Superior revistará en la Dirección General de Personal de la Marina de Guerra, por el periodo que dure la Comisión de Servicio. Artículo 4º.- El gasto que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución se efectuará con cargo a las Partidas Presupuestales del Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, de conformidad a la normatividad vigente. Artículo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado para variar la fecha de inicio y/o término de la autorización, sin exceder el total de días aprobados. Artículo 6º.- El citado Ofi cial Superior deberá dar cumplimiento a lo establecido en la Cuarta Disposición Final del Decreto Supremo N° 002-2004 DE/SG de fecha 26 de enero de 2004, modifi cado con los Decretos Supremos N° 008-2004-DE/SG y Nº 028-2006-DE/SG de fecha 30 de junio de 2004 y 13 de diciembre de 2006, respectivamente Artículo 7º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 8º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 455249-6 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 111-2010-DE/SG Lima, 4 de febrero de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 087 de fecha 28 de enero de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, personal militar de los Estados Unidos de América realizará una visita a las instalaciones del Centro de Operaciones de Paz (CECOPAZ) en las instalaciones de la Comandancia de la Fuerza de Infantería de la Marina de Guerra del Perú, bajo el programa Iniciativa Global de Operaciones (GPOI); Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para