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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de febrero de 2010 412937 encuentra las que se realicen para el cumplimiento de los compromisos pactados en los convenios de cooperación internacional reembolsables y no reembolsables y las operaciones ofi ciales de crédito, celebrados en el marco de la normatividad vigente; Que, de acuerdo a los Convenios Financieros 2010 para el Programa de Caminos Departamentales, celebrados por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones a través de Provías Descentralizado, con los Gobiernos Regionales de Amazonas, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna y Tumbes, el monto total a transferir asciende a Cincuenta y Siete Millones Ciento Setenta Mil Cuatrocientos Noventa y Ocho y 00/100 Nuevos Soles (S/. 57.170.498,00); Que, en tal sentido es necesario autorizar transferencias fi nancieras a favor de los Gobiernos Regionales mencionados, hasta por el monto señalado, para ser destinados sólo a los fi nes indicados en los Convenios Financieros 2010 para el Programa de Caminos Departamentales; De conformidad con la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, la Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 y el Decreto Supremo N° 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorización de Transferencias Financieras Autorizar Transferencias Financieras del Ministerio de Transportes y Comunicaciones a favor de los Gobiernos Regionales de Amazonas, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna y Tumbes, hasta por la suma de CINCUENTA Y SIETE MILLONES CIENTO SETENTA MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 57.170.498,00), para cofi nanciar la ejecución del Programa de Caminos Departamentales – PCD. Las Transferencias Financieras autorizadas por la presente Resolución Ministerial se realizarán con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego 036 Ministerio de Transportes y Comunicaciones para el Año Fiscal 2010, fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, conforme se detalla en el Anexo que forma parte de la presente Resolución Ministerial. Artículo 2º.- Incorporación en el Presupuesto Institucional del Gobierno Regional Los Gobiernos Regionales a través de su Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial o las que hagan sus veces, incorporarán en sus respectivos presupuestos institucionales, las transferencias fi nancieras autorizadas en el artículo precedente, en la fuente de fi nanciamiento de Donaciones y Transferencias, dentro de los cinco (5) días de publicada la presente Resolución Ministerial. Artículo 3º.- Monitoreo y seguimiento de los recursos transferidos Provías Descentralizado es responsable del monitoreo y seguimiento de los recursos transferidos, así como del cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para los cuales se transfi eren, de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial. Artículo 4º.- Rendición de cuentas por parte del Gobierno Regional La rendición de cuentas por parte del Gobierno Regional se realizará según lo estipulado en el Instructivo N° 004-2007-MTC/21 “Ejecución, Rendición y Evaluación de los Recursos Presupuestarios asignados por Provías Descentralizado a favor de los Gobiernos Regionales, en la modalidad de transferencias fi nancieras”, aprobado por Resolución Directoral N° 985-2007-MTC/21. Regístrese, comuníquese y publíquese. ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO DISTRIBUCIÓN DE TRANSFERENCIAS FINANCIERAS DEL MTC A LOS GOBIERNOS REGIONALES PARA LA EJECUCIÓN DEL PROGRAMA DE CAMINOS DEPARTAMENTALES (PCD) - AÑO 2010 Fuente de Financiamiento: Recursos por Operaciones Ofi ciales de Crédito (En Nuevos Soles) GOBIERNO REGIONAL DE: MONTO Amazonas 312 046,00 Apurímac 1 511 758,00 Arequipa 1 041 624,00 Ayacucho 2 524 208,00 Cajamarca 4 802 595,00 Cusco 2 846 242,00 Huancavelica 405 300,00 Huánuco 2 583 003,00 Ica 2 180 326,00 Junín 1 737 011,00 La Libertad 24 517 094,00 Pasco 1 939 673,00 Piura 4 935 811,00 Puno 3 624 438,00 San Martín 751 602,00 Tacna 695 805,00 Tumbes 761 962,00 TOTAL 57 170 498,00 454791-1 ORGANISMOS EJECUTORES ORGANISMO DE FORMALIZACIÓN DE LA PROPIEDAD INFORMAL Aprueban la Décimo Segunda Campaña de Privatización de Lotes o Edificaciones de Propiedad del Estado, sobre diversos mercados públicos DIRECCIÓN DE FORMALIZACIÓN INTEGRAL RESOLUCIÓN Nº 001-2010-COFOPRI/DFINT Lima, 25 de enero de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Legislativo Nº 803, complementado por la Ley Nº 27046, y con Texto Único Ordenado aprobado por Decreto Supremo Nº 009- 99-MTC, se creó la Comisión de Formalización de la Propiedad Informal – COFOPRI hoy Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - COFOPRI, en mérito de la Segunda Disposición Complementaria de la Ley Nº 28923; Que, en virtud de la Ley Nº 27304, Ley de Adjudicación de Lotes de Propiedad del Estado ocupados por Mercados, se faculta a COFOPRI ejecutar de manera progresiva, la formalización de lotes de propiedad del Estado ocupados por mercados; habiéndose aprobado su Reglamento a través del Decreto Supremo Nº 038-2000-MTC; Que, el artículo 6º del Reglamento de la Ley de Adjudicación de Lotes de Propiedad del Estado ocupados por Mercados a cargo de COFOPRI, aprobado por Decreto Supremo Nº 038-2000-MTC, establece que mediante Resolución de Gerencia de Planeamiento y Operaciones, COFOPRI determinará los mercados públicos a ser