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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de febrero de 2010 412938 privatizados, los que serán materia de adjudicación en campañas progresivas y sucesivas, debiendo la resolución ser publicada, por una sola vez, en el Diario Ofi cial El Peruano y en uno de mayor circulación; Que, mediante Decreto Supremo Nº 025-2007- VIVIENDA, se aprobó el nuevo Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI, como instrumento de gestión que desarrolla la estructura orgánica de la entidad, en el cual la Gerencia de Planeamiento y Operaciones no se encuentra considerada en la nueva estructura orgánica de COFOPRI; Que de conformidad con el artículo 55º del citado Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de COFOPRI, corresponde a la Dirección de Formalización Integral las funciones de planifi car, organizar y conducir las actividades de diagnóstico, saneamiento físico y legal integral de los predios objeto de formalización; así como, los procesos especiales de formalización, específi camente la primera etapa del proceso de privatización de mercados, que consiste en la Asunción de Competencia territorial y determinar los mercados públicos pasibles de privatización, contando para tal efecto con el concurso y apoyo de la Subdirección de Procesos Especiales de Formalización; Que, de conformidad con el Artículo 62º y siguientes del citado Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI, la Subdirección de Procesos Especiales de Formalización es la encargada de evaluar las actividades de formalización en la Privatización de Mercados. Esta Subdirección depende jerárquicamente de la Dirección de Formalización Integral; Que, corresponde a las Ofi cinas Zonales las funciones específi cas y generales que tiene asignada a la entidad, dentro del ámbito de sus respectivas delimitaciones territoriales, conforme al literal l) del Artículo 7º del Reglamento de Organización y Funciones de COFOPRI, por lo tanto, las Ofi cinas Zonales tienen entre sus funciones ejecutar en el ámbito de su competencia territorial el proceso de privatización de mercados públicos en lo referido a las etapas de Formalización de la Propiedad y Adjudicación, que se encuentran previstas en el artículo 4º del Decreto Supremo Nº 038-2000-MTC. De conformidad con la Ley Nº 27304, el Decreto Supremo Nº 038-2000-MTC y, su modifi catoria aprobada por Decreto Supremo Nº 017-2008-VIVIENDA, el Decreto Supremo Nº 025-2007-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la Décimo Segunda Campaña de Privatización de Lotes o Edifi caciones de Propiedad del Estado, sobre los mercados públicos que se detallan en el “Anexo A” el cual forma parte de la Presente Resolución. Artículo 2º.- Todas las entidades públicas que estando facultadas para la adjudicación de Lotes o Edifi caciones de Propiedad del Estado o de cualquier Entidad o Fondo Estatal, inclusive aquellos en proceso de liquidación, que se encuentren siendo utilizados para el funcionamiento de mercados, deberán abstenerse de emitir cualquier resolución, acto administrativo o de otra naturaleza relacionada con dichos procedimientos. Artículo 3º.- Publíquese la presente resolución por una sola vez, en el Diario Ofi cial El Peruano y en uno de mayor circulación y notifíquese a los conductores y de ser el caso, a las entidades administradoras de los mercados a que se refi eren en el “Anexo A” de los alcances de la presente resolución, acompañando copia autenticada de la misma. Artículo 4º.- La aprobación de la presente campaña, no exime a los conductores de los mercados incluidos en la misma, del cumplimiento de los requisitos y procedimientos que resulten pertinentes, previstos en la normatividad vigente aplicable al Proceso de Privatización de Lotes o Edifi caciones de Propiedad del Estado, a cargo de COFOPRI. Artículo 5º.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO JOSE BLANCO OYOLA Director de Formalización Integral Organismo de Formalización de la Propiedad Informal COFOPRI ANEXO A MERCADOS PÚBLICOS COMPRENDIDOS EN LA DECIMO SEGUNDA CAMPAÑA DE PRIVATIZACIÓN Nº DENOMINACION UBICACION DISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTO 1 MERCADO INTERNACIONALDE RIO SECO – ASCAFI KM 8.5 DE LA CARRETERA AREQUIPA -YURA CERRO COLORADO AREQUIPA AREQUIPA 2 MERCADO MAYORISTA METROPOLITANO KM 8 DE LA CARRETERA AREQUIPA -YURA CERRO COLORADO AREQUIPA AREQUIPA 3 MERCADO ELIO INTERSECCION DE LA CALLE ELEAZAR GUZMAN Y BARRON CON LA AVENIDA R. THORNDIKE GALUP LIMA LIMA LIMA 4 MERCADO LA ESPERANZA 2 INTERSECCION AVENIDA GERARDO UNGER Y CALLE GREGORIO APAZA COMAS LIMA LIMA 5 MERCADO MISHAJA EN MESHI INTERSECCION DE LA AVENIDA MARCO RUIZ CON PROLONGACION JIRON CAJAMARCA TAMBOPATA TAMBOPATA MADRE DE DIOS 454466-1 SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA Dejan sin efecto designaciones de auxiliares coactivos de la Intendencia Regional Lima INTENDENCIA REGIONAL LIMA RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA Nº 020-024-0000063/SUNAT Lima, 1 de febrero de 2010 CONSIDERANDO: Que, es necesario dejar sin efecto la designación de 2 Auxiliares Coactivos de la Intendencia Regional Lima, por motivos de retorno a sus sedes de origen. Que, habiéndose designado Auxiliares Coactivos mediante las Resoluciones de Intendencia Nº 020-024- 0000047 publicada en el Diario Ofi cial El Peruano el 03 de abril de 2009. Que, el artículo 4° de la Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT ha facultado al Intendente de Aduana Marítima del Callao, Intendente de Aduana Aérea del Callao, Intendente de Fiscalización y Gestión de Recaudación Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en los Intendentes Regionales de la SUNAT a designar, mediante Resoluciones de Intendencia, a los trabajadores que se desempeñarán como Auxiliares Coactivos dentro del ámbito de competencia de cada una de esas Intendencias; En uso de las facultades conferidas en la Resolución de Superintendencia N° 216-2004/SUNAT. SE RESUELVE: Artículo Único.- Dejar sin efecto las designaciones como auxiliares coactivos de la Intendencia Regional Lima, a los funcionarios que se indican a continuación : N° REG. APELLIDOS Y NOMBRES 1 6229 ABRILL ARRIOLA PATRICIA 2 1861 ESPINOZA CARDENAS MARCO ANTONIO Regístrese, comuníquese y publíquese. GIOVANNA CONSUELO FERNANDEZ VELAZCO Intendente Regional Intendencia Regional Lima 454792-1