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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de febrero de 2010 412936 2002-PCM, regula la autorización de viajes al exterior de servidores, funcionarios públicos o representantes del Estado; Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley No. 29465, Ley del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos con cargo a recursos públicos, excepto los que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, entre otros, habiéndose previsto que las excepciones adicionales a lo dispuesto en el citado numeral serán autorizadas mediante Resolución Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros; Que, la Ley No. 27261, Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejercida por la Dirección General de Aeronáutica Civil, como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones y dentro de sus competencias se encuentra la de ejecutar la política aérea nacional; Que, mediante Informe No. 001-2010-MTC/12.CPO, la Ofi cina de Coordinación del Proyecto OACI de la Dirección General de Aeronáutica Civil, comunica que del 01 de marzo al 05 de abril del 2010, se llevará a cabo el Curso Inicial en Tierra y Entrenamiento de Vuelo en Simulador de la aeronave Airbus A – 320, en la ciudad de Miami, Florida, Estados Unidos de América; Que, con Informe No. 019-2010-MTC/12, la Dirección General de Aeronáutica Civil, señala que el citado curso tiene como objetivo capacitar a los inspectores para que se encuentren habilitados en aeronaves tipo Airbus A-320, en consideración que en el Perú existen dos compañías certifi cadas que vienen operando con treinta aeronaves de este tipo que necesitan ser inspeccionadas, junto con los chequeos que se deben realizar a sus tripulantes técnicos; Que, el costo del referido viaje será fi nanciado dentro del marco del Acuerdo de Gestión de Servicios PER/07/801, suscrito por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y la Organización de Aviación Civil Internacional - OACI, organismo técnico de las Naciones Unidas, en observancia de la Ley No. 29132, de conformidad con los términos de la Autorización de la Beca/Misión Int. No. 001-01-2010, suscrita por el Coordinador Nacional del Proyecto OACI; Que, con Memorándum No. 222-2010-MTC/09.03 la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, adjuntó el Informe No. 135-2010-MTC/09.03 de la Ofi cina de Presupuesto, por medio del cual se indica que los gastos que irrogará el viaje han sido transferidos en el año 2009, y que por tanto, se encuentran presupuestalmente ejecutados, precisando que se cuenta con recursos sufi cientes para cubrir los gastos que irrogue el viaje solicitado; De conformidad con la Ley No. 27619, el Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, y estando a lo informado por la Dirección General de Aeronáutica Civil y por la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje de los señores Allan Salvador Trigoso Pissani y Salvador Octavio Olivares Mongrut, Inspectores de Operaciones de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la ciudad de Miami, Florida, Estados Unidos de América, del 28 de febrero al 06 de abril de 2010, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2.- Los gastos que demande el viaje serán cubiertos por el Convenio de Gestión de Servicios PER/07/801, de acuerdo a la Autorización de Beca/Misión Int. No. 001-01-2010 y al siguiente detalle: Pasajes US $ 1,052.70 Viáticos US $ 14,800.00 Tarifa Unifi cada de Uso de Aeropuerto US $ 62.00 Artículo 3.- Dentro de los siete (07) días calendario siguientes de su retorno al país, los inspectores mencionados, deberán presentar a la Presidencia de la República, a través de la Secretaría del Consejo de Ministros, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10 del Decreto Supremo No. 047-2002-PCM, los inspectores mencionados en el artículo 1 de la presente Resolución Suprema, deberán presentar dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, un informe detallado al Despacho Ministerial, con copia a la Ofi cina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los viáticos entregados. Artículo 5.- La presente Resolución Suprema no otorgará derecho a exoneración de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros ENRIQUE CORNEJO RAMÍREZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 455249-8 Autorizan transferencias financieras a favor de diversos Gobiernos Regionales para cofinanciar la ejecución del Programa de Caminos Departamentales - PCD RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 065-2010-MTC/02 Lima, 2 de febrero de 2010 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 852-2009-MTC/01 de fecha 21 de diciembre de 2009, se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2010 del Pliego 036 Ministerio de Transportes y Comunicaciones, el cual comprende entre otras unidades ejecutoras a Provías Descentralizado; Que, Provías Descentralizado mediante Memorando Nº 103-2010-MTC/21 e Informe N° 002-2010-MTC/21.UGDI solicita gestionar el dispositivo legal que permita realizar transferencias fi nancieras a los Gobiernos Regionales, con cargo a los Recursos de Operaciones Ofi ciales de Crédito, provenientes del Acuerdo de Préstamo N° 7322-PE y el Contrato de Préstamo N° 1657/OC-PE, suscritos con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF y el Banco Interamericano de Desarrollo - BID, respectivamente, para cofi nanciar el Programa de Caminos Departamentales - PCD, cuyo objetivo principal es apoyar la descentralización vial, mediante el desarrollo de las capacidades técnicas e institucionales de los Gobiernos Regionales; Que, el Contrato de Préstamo y el Acuerdo de Préstamo antes mencionados, señalan que la ejecución del referido Programa se lleva a cabo de conformidad con los términos y condiciones establecidos en los contratos y en el Manual de Operaciones del Programa, acordado entre el organismo ejecutor y los Bancos; Que, el inciso (ii) del numeral 4.1.3.1 del Manual de Operaciones del Programa de Caminos Departamentales – PCD, versión ajustada a enero de 2007, que cuenta con la no objeción del BID y BIRF, y aprobado por Resolución Directoral N° 304-2007-MTC/21, establece que Provías Descentralizado aplicará la modalidad de ejecución presupuestal “Transferencias Financieras entre pliegos presupuestarios”, las que serán autorizadas por el Titular del Pliego; Que, el literal b) del artículo 15º de la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, establece que dentro de las transferencias fi nancieras permitidas durante el Año Fiscal 2010, se