Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2010 (13/02/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 13 de febrero de 2010

1.2 El Comite de Operacion de la MORDAZA Paron estara conformado por los siguientes integrantes: a) El Administrador Local de Agua MORDAZA, quien lo presidira. b) El Jefe del MORDAZA Nacional Huascaran del Servicio Nacional de Areas Naturales Protegidas ­ SERNANP, del Ministerio del Ambiente. c) El MORDAZA de la Municipalidad Provincial de Huaylas. d) El Presidente de la Comunidad Campesina MORDAZA de Mayo. e) El Presidente de la Comision de Regantes Paron Llullan Caraz. f) El representante de los usuarios de agua con fines no agrarios ubicados aguas abajo de la confluencia con el rio Santa. 1.3 El plazo para acreditar representantes e instalar el Comite de Operacion de la MORDAZA Paron es de tres (03) dias, contados a partir de la publicacion de la presente Resolucion. Articulo 2º.- De las funciones del Comite de Operacion de la MORDAZA Paron El Comite de Operacion de la MORDAZA Paron tendra las siguientes funciones: a) Proponer a la Jefatura de la Autoridad Nacional del Agua, el Plan de Regulacion de las disponibilidades hidricas de la MORDAZA Paron, para atender las demandas existentes que se abastecen de la citada laguna. b) Designar al operador, es decir la persona natural o juridica, responsable de operar la MORDAZA Paron, conforme a los acuerdos adoptados por el comite y aprobados la Autoridad Nacional del Agua. c) Vigilar que la operacion de la MORDAZA Paron, se realice conforme al Plan de Regulacion que apruebe la Autoridad Nacional del Agua. d) Establecer medidas, bajo la responsabilidad de sus integrantes, que permitan mejorar la infraestructura de captacion, a fin de asegurar el aprovechamiento de los recursos hidricos de los usuarios de agua del rio Llullan. Articulo 3º.- Del Operador de la MORDAZA Paron 3.1 El Operador de la MORDAZA Paron es la persona natural o juridica que prestara el servicio de regulacion de la MORDAZA, realizando las descargas en funcion al Plan de Regulacion que apruebe la Autoridad Nacional del Agua. 3.2 El Operador de la MORDAZA Paron es responsable de conservar y mantener las obras de infraestructura hidraulica a su cargo en condiciones adecuadas para la operacion eficiente. 3.3 Los costos que irroguen los servicios que presta el operador seran cubiertos con las tarifas que aprobara la Autoridad Nacional del Agua a propuesta del Comite de Operacion de la Laguna. Mientras dure el Estado de Emergencia declarado por Decreto Supremo Nº 13-2010PCM, dichos costos seran asumidos en su integridad por la Autoridad Nacional del Agua. Articulo 4º.- De las acciones de control y vigilancia La Autoridad Nacional del Agua velara por el cumplimiento del Plan de Regulacion aprobado, ejerciendo, de ser necesario, la facultad sancionadora y coactiva. Articulo 5º.- De la colaboracion, asesoramiento y apoyo El Comite de Operacion de la MORDAZA Paron, podra solicitar la colaboracion, opinion y aporte tecnico de los representantes de las entidades publicas y privadas. Para ello podra convocar a los especialistas e instituciones que MORDAZA necesarios para la consecucion de sus fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Autoridad Nacional del Agua 457404-1

Rectifican la R.J. Nº 006-2010-ANA, respecto al volumen reservado a favor del Proyecto Especial Regional Pasto Grande del Gobierno Regional de MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 132-2010-ANA MORDAZA, 10 de febrero de 2010 VISTO: El Informe Tecnico Nº 005-2010-ANA-DCPRHASUP-FCC, emitido por la Direccion de Conservacion y Planeamiento de Recursos Hidricos, sobre rectificacion de Resolucion Jefatural; y, CONSIDERANDO: Que, conforme establece el articulo 201º de la Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General, los errores material o aritmetico en los actos administrativos pueden ser rectificados de oficio o a instancia de parte de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial ni el sentido de la decision; Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 006-2010ANA, se prorrogo por dos (2) anos adicionales, contados a partir del 12.01.2010, la reserva de agua otorgada mediante Decreto Supremo Nº 002-2008-AG, a favor del Proyecto Especial Regional Pasto Grande del Gobierno Regional del Moquegua; Que, la precitada resolucion adolece de error aritmetico, toda vez que el volumen anual con cargo a dicha reserva corresponde a 92,005 hm3, tal como es de verse del Informe Tecnico Nº 002-2010-ANA-DCPRH-ASUP-FCC, que sustento la emision de la resolucion menciona en el considerando precedente y que se ratifica con el Informe del visto; y, Estando a lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica, con los vistos de la Direccion de Conservacion y Planeamiento de Recursos Hidricos y de la Secretaria General, asi como en aplicacion del articulo 201º de Ley del Procedimiento Administrativo General aprobada por Ley Nº 27444. SE RESUELVE: Articulo 1º.- Rectificar, con efecto retroactivo, el MORDAZA considerando y el articulo primero de la Resolucion Jefatural Nº 006-2010-ANA, respecto al volumen reservado a favor del Proyecto Especial Regional Pasto Grande del Gobierno Regional de MORDAZA, en el sentido que dice 92 005 hm3 y debe decir 92,005 hm3. Articulo 2º.- Mantener vigente la Resolucion Jefatural Nº 006-2010-ANA, en todo lo que no se oponga a lo dispuesto en el articulo precedente. Articulo 3º.- Publiquese la presente resolucion en el MORDAZA Institucional de la entidad, para conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe Autoridad Nacional del Agua 457405-1

Encargan funciones de la Administracion Local de Agua Tingo MORDAZA
RESOLUCION JEFATURAL Nº 137-2010-ANA MORDAZA,11 de febrero de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Jefatural Nº 075-2010-ANA, del 3 de febrero del 2010, se encargaron las funciones de la Administracion Local de Agua Tingo MORDAZA, al Ingeniero MORDAZA Casado Perez;

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