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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE JULIO DEL AÑO 2010 (03/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 52

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 3 de julio de 2010 421650 c) Carta Poder con fi rma legalizada en caso de ser representante de persona natural o Jurídica. El incumplimiento de pago de 2 cuotas consecutivas o no del convenio suscrito bajo los alcances de la presente Ordenanza, dará lugar a la pérdida automática del benefi cio, procediendo la sub. Gerencia de Administración Tributaria y Recaudación, a resolver el convenio y disponer su Cobranza de la deuda pendiente más los intereses que correspondan. Artículo Tercero.- Deuda en Cobranza Coactiva. Se podrán acoger a la presente Ordenanza aquellos contribuyentes y/o administrados que mantengan deudas en proceso de Cobranza Coactiva; para lo cual sólo pagarán la suma de S/. 25.00 Nuevos Soles por concepto de Costas y Gastos, siempre que cancele sus deudas al contado, a excepción de aquellos que se encuentren con retención bancaria efectiva y los que están con medidas de embargo trabadas con anterioridad. Condonar las Costas y Gastos de aquellos expedientes coactivos que hayan cancelado la deuda tributaria a la fecha de la vigencia de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Deudas en proceso de reclamación. El pago al contado o en forma fraccionada de deudas pendientes de pago, aplicadas con los alcances de esta Ordenanza, implica el desistimiento automático de la reclamación, apelación, reconsideración o Proceso Contencioso Administrativo en trámite o que no cuente con Resolución Final. Asimismo, el pago al contado o fraccionado de aquellas deudas implica el reconocimiento expreso de la obligación, por lo que el administrado o su representante no podrá presentar recurso de reclamación. DISPOSICIONES FINALES Primera.- El presente benefi cio tendrá vigencia desde el día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “ El Peruano” hasta el 17 de Julio del año en curso. Segunda.- Encargar a la Gerencia de Rentas y Desarrollo Económico Local y a las subgerencias que lo conforman, Unidad de Servicios Informáticos, Secretaria General y a Imagen Institucional el fi el cumplimiento de la presente Ordenanza según sus funciones. Tercera.- Fijar que los montos cancelados con anterioridad a la vigencia de la presente Ordenanza no serán sujetos de compensación y/o devolución. Cuarta.- Suspéndase los alcances de las Ordenanzas municipales y/o disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza durante su vigencia. Quinta.- Facultar al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la adecuación de la aplicación de la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. Dado en el Palacio Municipal a los veinticuatro días del mes de Junio de dos mil diez. VÍCTOR LEYTON DÍAZ Alcalde 514176-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MARTIN DE PORRES Aceptan donación destinada al cofinanciamiento de proyectos de inversión ACUERDO DE CONCEJO Nº 033-2010-MDSMP San Martín de Porres, 22 de junio del 2010 EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SAN MARTIN DE PORRES POR CUANTO: En Sesión Ordinaria del Concejo Municipal de fecha 22.MAYO.2010, bajo la presidencia del señor alcalde Freddy Santos Ternero Corrales y con el quórum reglamentario de los señores regidores, se trató sobre la aceptación de donación de depósitos económicos para cofi nanciamiento y su incorporación al Presupuesto Institucional 2010; y, CONSIDERANDO: Que, en Sesión Ordinaria de la fecha se trató sobre la aceptación de donación de los depósitos económicos para cofi nanciamiento de proyectos de inversión, por la suma de S/. 140,967.06, efectuados por los agentes participantes en el Presupuesto Participativo 2010, señalados en el Anexo Nº 01, presentado por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la entidad con el Informe Nº 057-2010-GPP/MDSMP – y que formará parte integrante del presente Acuerdo; así como su incorporación al Presupuesto Institucional 2010; De conformidad con los artículos 9, inciso 20) y 41 de la Ley 27972 – Orgánica de Municipalidades, así como artículo 69 de la Ley 28411 – General del Sistema de Presupuesto; con el Voto Unánime de los señores regidores; y con la dispensa de la lectura y aprobación del acta, el Concejo Municipal de San Martín de Porres, ACUERDA: Artículo Primero.- ACEPTAR la donación efectuada por los agentes participantes en el Presupuesto Participativo 2010, de la suma de S/. 140,967.06, destinada al cofi nanciamiento de los proyectos de inversión señalados en el Anexo Nº 01 presentado por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto de la entidad, el mismo que forma parte integrante del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- APROBAR la incorporación al Presupuesto Institucional 2010 de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres de la suma de S/. 140,967.06 referida en el artículo precedente; de acuerdo a lo expuesto en la parte considerativa de este dispositivo municipal. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de este Acuerdo conforme a lo dispuesto la Ley 28411 – General del Sistema de Presupuesto. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. FREDDY S. TERNERO CORRALES Alcalde 514000-1 MUNICIPALIDAD DE SAN MIGUEL Prorrogan beneficio de regularización tributaria y no tributaria aprobado por Ordenanza Nº 197-MDSM DECRETO DE ALCALDÍA N° 012-2010/MDSM San Miguel, 30 de junio de 2010 EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL; VISTOS, el Informe Nº 056-2010-GRAT/MDSM emitido por la Gerencia de Rentas y Administración Tributaria y el Memorando Nº 259-2010-GM-MDSM emitido por Gerencia Municipal, y;