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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 3 de julio de 2010 421634 Segunda Sala Contenciosa Administrativa de Lima: Dr. Ulises Augusto Yaya Zumaeta Presidente Dr. Martín Alejandro Hurtado Reyes (T) Dra. Hilda Martina Tovar Buendía (P) Artículo Tercero.- DESIGNAR al doctor FRANCISCO JAVIER MUNGUIA CAMARENA como Juez Supernumerario del Cuadragésimo Tercer Juzgado Civil de Lima, mientras dure la promoción de la doctora Tovar Buendía, del 06 al 23 de julio del presente año. Artículo Cuarto.- PONER la presente Resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Ofi cina de Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder Judicial, de la Ofi cina de Administración Distrital, Ofi cina de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de los Magistrados para los fi nes pertinentes. Publíquese, regístrese, cúmplase y archívese. CÉSAR JAVIER VEGA VEGA Presidente de la Corte Superior de Justicia de Líma 514197-1 ORGANOS AUTONOMOS JURADO NACIONAL DE ELECCIONES Disponen inscribir a la Organización Política Local Distrital “Villa María Progresa” del distrito de Villa María del Triunfo en el Registro de Organizaciones Políticas del JNE REGISTRO DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS RESOLUCIÓN N° 024-2010-ROP/JNE/LIMA Lima, 30 de junio de 2010. VISTA: La solicitud de inscripción presentada por el ciudadano Liliana Isabel López Miranda, Personero Legal Titular de la Organización Política Local Distrital (OPLD) ““VILLA MARÍA PROGRESA”, del distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento Lima; CONSIDERANDO: Que, el 19 de mayo de 2010, la ciudadana Liliana Isabel López Miranda, Personero Legal Titular de la Organización Política Local Distrital (OPLD) ““VILLA MARÍA PROGRESA”, del distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento Lima; solicitó la inscripción de dicha agrupación ante el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones; Que, de acuerdo al artículo 17° de la Ley 28094 de Partidos Políticos, modifi cado por el artículo 2º de la Ley N° 28581, para la inscripción de una Organización Política Local Distrital se requiere: I) Relación de adherentes en número no menor al 1% de los ciudadanos que sufragaron en las últimas elecciones de carácter nacional dentro de la circunscripción en la que la organización desarrolla sus actividades; y II) Acta de constitución de un comité en el distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento Lima, suscrita por más de 50 adherentes debidamente identifi cados; Que, mediante Ofi cio N° 2286-2010-SGAE/GOR/ RENIEC, de fecha 28 de mayo del 2010, la Sub Gerencia de Actividades Electorales del Registro Nacional de Identifi cación y Estado Civil (RENIEC), informó que de un total de 2,900 fi rmas presentadas por la OPLD se declararon válidas 2,146 fi rmas, cantidad que supera las 2015 fi rmas necesarias, es decir, el 1% requerido por ley. En cuanto al comité distrital, se ha verifi cado que el acta de constitución de su comité distrital ha sido suscrita por más de 50 adherentes debidamente identifi cados; asimismo se ha constatado el funcionamiento de dicho comité tal como se acredita con el Informe N° 131-2010-LGAA/DNFPE/ JNE, de la Dirección Nacional de Fiscalización y Procesos Electorales; Que, también la OPLD, solicitante ha presentado un Acta de Fundación, que contiene la denominación, el domicilio legal, la designación del apoderado, representante legal, personeros legales y técnicos; el órgano directivo con mención de las personas que ocupan los cargos designados y la aprobación de un ideario con los principios, objetivos y la visión del distrito de Villa María del Triunfo; Que, con fecha 17 de junio del 2010, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la síntesis de la solicitud de inscripción, a efectos de que cualquier persona natural o jurídica ejerciera su derecho de formular tacha contra la inscripción de la OPLD solicitante dentro del plazo de 05 días hábiles posteriores a la publicación, conforme lo señala el artículo 10º de la Ley Nº 28094; documentos que fueran remitidos a este Registro por los interesados el 17 de junio del presente, asimismo, de acuerdo a lo informado por la Oficina de Servicios al Ciudadano de nuestra institución y conforme es de verse en el Informe N° 113-2010-Asistente Registrador KMV/ROP/JNE/LIMA no se ha presentado tacha alguna contra la indicada solicitud de inscripción, dentro del plazo de ley; Que, las organizaciones políticas se constituyen por iniciativa y decisión de sus fundadores, y luego de cumplidos los requisitos establecidos en la ley, se inscriben en el Registro de Organizaciones Políticas; Estando a las consideraciones expuestas y de conformidad con las funciones conferidas por Ley al Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Inscribir en el Registro de Organizaciones Políticas del Jurado Nacional de Elecciones a la Organización Política Local Distrital “VILLA MARÍA PROGRESA” del distrito de Villa María del Triunfo, provincia y departamento de Lima. Artículo Segundo.- Abrir la partida registral correspondiente, en el Libro de Organizaciones Políticas Locales, tomo 16, partida electrónica número 02 y regístrese la inscripción en el asiento número 1. Artículo Tercero.- Téngase acreditados como personero legal titular y alterno a los ciudadanos Liliana Isabel López Miranda y María Luz Marleny Ramos paredes, respectivamente. Regístrese y notifíquese. YURI FRANK ROMERO ROMERO Registrador Delegado del Registro de Organizaciones Políticas – Lima 513335-1 Disponen inscripción de la Organización Política Local Distrital “Decisión Ciudadana” en el Registro de Organizaciones Políticas REGISTRO DE ORGANIZACIONES POLÍTICAS RESOLUCIÓN Nº 027-2010-ROP/JNE/LIMA Lima, 1 de julio de 2010