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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 10 de julio de 2010 422054 23º de la Ley Nº 29090 establece que la resolución de aprobación de las habilitaciones urbanas ejecutadas, expedida por la municipalidad distrital deberá contener la resolución que apruebe el proyecto de habilitación urbana en vía de regularización; Que, según el Certifi cado de Zonifi cación y Vías Nº 079-2010-MML-GDU-SPHU de fecha 25 de enero del 2010, emitido por la Sub Gerencia de Planeamiento y Habilitaciones Urbanas de la Municipalidad Metropolitana de Lima, señala que el terreno ubicado en el Lote Nº 8 de la Manzana F de la la Urbanización Parcelación Semi Rústica Canto Grande, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, se encuentra califi cado como Vivienda Taller – VT, conforme a la Ordenanza Nº 1081-MML; Que, en el aspecto vial según el Plan del Sistema Vial Metropolitano de Lima al 2010, aprobado mediante Ordenanza Nº 341 de fecha 06 de diciembre del 2001, el terreno no se encuentra afecto por ninguna Vía Metropolitana del Plan Vial; Que, el Artículo 20º de la Norma TH.010 del Reglamento Nacional de Edifi caciones, las Habilitaciones para uso de Vivienda Taller contarán con las mismas características de diseño que las Habilitaciones para uso de Vivienda o Urbanizaciones Tipo 3. Consiguientemente el Artículo 9º de la Norma TH.010 del Reglamento Nacional de Edifi caciones, indica que las Habilitaciones para uso de Vivienda o Urbanizaciones Tipo 3 corresponden a las Habilitaciones Urbanas de Densidad Media a ser ejecutadas en Zonas Residenciales de Densidad Media- R3; Que, el Artículo 10º de la Ordenanza 836-MML publicada en fecha 22.09.2005, el cual establece los aportes reglamentarios para habilitaciones urbanas en la Provincia de Lima, señala que: “Los Aportes a que se encuentran obligados los titulares o responsables de las Habilitaciones Urbanas con fi nes Residenciales podrán efectuar la redención en dinero, hasta antes de la expedición de la Resolución que apruebe la Recepción de Obras de la Habilitación Urbana, de acuerdo a la valorización arancelaria, únicamente cuando el área resultante del Aporte sea menor al lote normativo, o en el caso de Habilitación Urbana de Lote Único para ejecutar simultáneamente un Conjunto Residencial”; Que, a través del Recibo de Pago Nº 2388984 de fecha 30 de abril del 2010, pagado en la Tesorería de esta Corporación Municipal se ha acreditado la cancelación de la Liquidación Nº 005-2010-SGHU-GDU/MDSJL, de los derechos respectivos, de conformidad con el Artículo 40º del Decreto Supremo Nº 024-2008-VIVIENDA; Que, mediante Resolución Sub Gerencial Nº 048- 2010-MDSJL-GDU/SGHU de fecha 27 de abril del 2010, se aprobó la valorización del área de 237.67 m2, correspondiente al défi cit de aporte reglamentario de Recreación Pública y Servicios Públicos Complementarios (Municipalidad Distrital) de la Aprobación de Proyecto de Habilitación Urbana Ejecutada en Vía de Regularización del terreno de 2,640.78 m2, ubicado en el Lote Nº 8 de la Manzana F de la Urbanización Parcelación Semi Rústica Canto Grande, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. Dicha valorización fue cancelada a la Tesorería de la Municipalidad Distrital con Recibos de Pagos Nº 2377080 de fecha 14 de marzo del 2010 y Nº 2388985 de fecha 30 de abril del 2010; Que, la administrada ha cumplido con acompañar los documentos establecidos en las normas vigentes para el presente procedimiento del terreno materia de trámite; Que, de conformidad con la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, Artículos 51º y 52º, para la procedencia de una pretensión administrativa es necesario establecer la capacidad procesal del administrado para comparecer ante la administración, así como el interés legítimo de éste para obrar y que este sea actual y cierto; y, si esto es así, de conformidad con el Artículo 75º de la Ley acotada, corresponde a la administración verifi car si los documentos y/o recaudos que el administrado presenta, cumplen con los requisitos exigidos por la entidad y en aplicación del Principio de Presunción de Veracidad, plasmado en el Artículo 42º de la Ley acotada, suponer que estos proceden con verdad en sus atribuciones, sin perjuicio de las probanzas que pueda ejercer la administración para el logro del objetivo del servicio pretendido, debiendo causar convicción a la autoridad administrativa para su procedencia; Que, obra copia de la Ficha Nº 1190693 que continúa en la Partida Nº 43140728 del Registro de Predios de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, la misma que en su asiento señala al Sr. Juan Valentín Navarro Jiménez y la sociedad conyugal conformada por el Sr. Castor Alejandro Rodríguez Alvarado y la Sra. Roquería Beatriz Calderón Vásquez, como propietarios del terreno materia de trámite, acreditándose de esta manera la legitimidad para obrar en el presente procedimiento; Que, de acuerdo a lo expuesto en el Informe Nº 168- 2010-MDSJL-GDU/AL de fecha 20 de mayo del 2010, de la Asesoría Legal de la Gerencia de Desarrollo Urbano y; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el Inciso 3.6.1 del Capítulo II del Artículo 79º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, conforme a las disposiciones de la Ley Nº 29090 - Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edifi caciones y su modifi catoria Ley Nº 29476, Decreto Supremo Nº 024 - Decreto que aprueba el Reglamento de Licencias de Habilitación Urbana y Licencias de Edifi cación y su modifi catoria D.S. Nº 003-2010-Vivienda, Reglamento Nacional de Edifi caciones, Ordenanza Nº 1081-MML, Ordenanza Nº 341-MML, Ordenanza Nº 836-MML y de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el Proyecto de Habilitación Urbana Ejecutada en Vía de Regularización para uso Vivienda Taller - VT, del terreno de 2,640.78 m2, ubicado en el Lote Nº 8 de la Manzana F de la Urbanización Parcelación Semi Rústica Canto Grande, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima. De conformidad con el Plano de Lotización y el Plano de Ubicación y Localización, signados para efectos de Registros como Plano Nº 013-2010-HU-SGHU- GDU/MDSJL y Nº 014-2010-HU-SGHU-GDU/MDSJL, respectivamente; solicitada por el Sr. Juan Valentín Navarro Jiménez y la sociedad conyugal conformada por el Sr. Castor Alejandro Rodríguez Alvarado y la Sra. Roquería Beatriz Calderón Vásquez. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Sr. Juan Valentín Navarro Jiménez y a la sociedad conyugal conformada por el Sr. Castor Alejandro Rodríguez Alvarado y la Sra. Roquería Beatriz Calderón Vásquez a culminar en el plazo de treinta y seis (36) meses las Obras de Habilitación Urbana de conformidad con los planos signados con el Nº 013-2010-HU-SGHU-GDU/MDSJL y Nº 014-2010- HU-SGHU-GDU/MDSJL, debiendo sujetarse los trabajos a los planos fi rmados y sellados por los entes ofi ciales, teniendo en cuenta lo siguiente: DISEÑO URBANO.- El Cuadro de Áreas que se aprueba es el siguiente: ÁREA BRUTA DEL TERRENO 2,640.78 m2 ÁREA UTIL DE LOTES (02 LOTES) 2,640.78 m2 ÁREA DE VÍAS PÚBLICAS 0.00 m2 ACERAS.- Serán de concreto de calidad de f’c=140 kg/cm2 de 0.15 m. de espesor y su colocación se efectuará sobre un terraplén de material limpio de buena calidad debidamente nivelado y compactado. El desnivel con relación a la calzada terminada será de 0.20 m. y el acabado con la mezcla de cemento - arena fi na, en proporción de 1:2 de un (1) centímetro de espesor y bruñas cada 1.00 m. Con juntas de ¾” cada 5 ml. BERMA.- Estas serán al mismo nivel de la calzada, esta área paralela y continúa a la calzada estará rodeada por el sardinel dejando sólo acceso de la calzada hacia la vereda en la puerta de ingreso, la cual se comunicará mediante una rampa, lo restante de la berma será colocada tierra de chacra y luego se colocara césped. SARDINELES.- En ambos lados de las calzadas, confi nando y protegiendo sus bordes y a nivel de dichas