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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE JULIO DEL AÑO 2010 (10/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 68

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 10 de julio de 2010 422046 técnicamente factible la modifi cación de la Resolución de Subgerencia Nº 007-2008-MML/GTU-SRT de fecha 12 de enero de 2008 en lo que respecta a la ubicación de paraderos en la Av. Del Ejército y la Implementación de paraderos en la Ca. 8 de Octubre, en el distrito de Mirafl ores, conforme a la evaluación realizada acerca de los aspectos normativos y físicos de las vías, así como los parámetros técnicos concernientes a distancia entre paraderos; Que, las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, la Ley, y el Derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fi nes para los que fueron conferidos, conforme a lo dispuesto en el numeral 1.1 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, la Ordenanza Nº 1338- MML, la Ordenanza Nº 812-MML, y la evaluación técnica contenida en el Informe Nº 769-2010-MML/GTU-SETT, y demás normas vigentes; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car la Resolución de Subgerencia Nº 007-2008-MML/GTU-SRT de fecha 12 de enero de 2008 en lo que respecta a la ubicación de paraderos en la Av. Del Ejército, en el Distrito de Mirafl ores, como ubicación se detalla a continuación: Ubicación Final de Paraderos / Av. Del Ejército (Ca. Polar – Av. Santa Cruz) EJE UBICACIÓN SENTIDO E-O O-E AC DC AC DC AV. DEL EJERCITO (AV. BRASIL - AV. SANTA CRUZ) Ca. Hipólito Unanue 1 Ca. Sáenz Peña 1 Jr. Raymondi 1 1 Puerta Principal del Hospital Víctor Larco Herrera 1 1 Av. Juan de Aliaga 1 Av. Del Malecón 1 Av. Salaverry 1 1 Av. Octavio Espinoza 1 Ca. G. García 1 Av. Coronel Portillo 1 Ca. Jorge Polar 1 Ca. Choquehuanca 1 Ca. Melgar 1 Jr. Toribio Polo 1 1 Ca. Toribio Pacheco 1 1 Ca. Manuel Tobar 1 1 Pza. Centro América 1 LEYENDA Antes del cruce AC Después del cruce DC Artículo 2º.- Autorizar la implementación de Paraderos de Transporte Público en la Ca. 8 de Octubre, en el distrito de Mirafl ores, como se detalla a continuación: Ubicación Final de Paraderos / Ca. 8 de Octubre (Ov. Villarreal – Ca. General Córdova) EJE UBICACIÓN SENTIDO E-O O-E AC DC AC DC CA. 8 DE OCTUBRE ( Ov. Villarreal - Ca. Cordova) Ca. Mendiburu 1 Ca. General Córdova 1 LEYENDA Antes del cruce AC Después del cruce DC Artículo 3º.- Los Paraderos Autorizados serán de tipo universal, de uso exclusivo para el embarque y/o desembarque de pasajeros y de obligatorio cumplimiento por todas las empresas autorizadas a prestar el servicio de transporte público en esas vías. Artículo 4º.- Los Paraderos Autorizados podrán ser identifi cados mediante la señalización horizontal y/o vertical respectiva, además por el mobiliario urbano (módulo), en cada una de las vías señaladas en la presente resolución. Artículo 5º.- La vigencia de los Paraderos Autorizados queda sujeta a cualquier variación que la autoridad administrativa considere técnicamente necesaria, para la implementación del nuevo Sistema Metropolitano de Transporte. Artículo 6º.- Las empresas, conductores y cobradores del Servicio de Transporte Público Regular de Pasajeros, deberán informar permanentemente a los usuarios, que el embarque y desembarque de pasajeros se realizará en los respectivos paraderos autorizados. Artículo 7º.- Encargar a la Subgerencia de Ingeniería de Tránsito los trabajos de mantenimiento y señalización de los Paraderos Autorizados de acuerdo a su competencia. Artículo 8º.- Encargar a la Subgerencia de Fiscalización de Transporte, la supervisión, fi scalización y cumplimiento de la presente Resolución, en coordinación con la Policía Nacional del Perú encargada del control del tránsito de acuerdo a su competencia y facultades, de tal manera que permita garantizar el cumplimiento y respeto a los Paraderos Autorizados, una vez que éstos sean debidamente señalizados. Artículo 9º.- Disponer la publicación de la presente resolución en la página Web de la Gerencia de Transporte Urbano y en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo 10º.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, publíquese y cúmplase. CÉSAR LUYO RAMÍREZ Subgerente Subgerencia de Regulación del Transporte Gerencia de Transporte Urbano 516857-1 Autorizan la implementación de paraderos de transporte público en el distrito de Santa Anita RESOLUCIÓN DE SUBGERENCIA Nº 3459-2010-MML/GTU-SRT Lima, 18 de junio de 2010 VISTOS.- El Documento Simple Nº 58205-2010 de fecha; el Informe Nº 776-2010-MML/GTU-SETT de fecha 1 de junio de 2010 de la Subgerencia de Estudios de Tránsito y Transporte; y, CONSIDERANDO: Que, el acápite 7.1 del inciso 07 del artículo 161º de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley Nº 27972, establece que: “La Municipalidad Metropolitana de Lima tiene las siguientes competencias y funciones metropolitanas especiales: 7.1) Planifi car, regular y gestionar el transporte público”; Que. la Ordenanza Nº 341-MML, en su artículo 7º establece que la Municipalidad Metropolitana de Lima tiene a su cargo la ejecución, mantenimiento, remodelación, señalización horizontal y vertical, semaforización, ornato, publicidad y mobiliario urbano de las vías expresas, arteriales y colectoras del sistema Vial Metropolitano, de