Norma Legal Oficial del día 10 de julio del año 2010 (10/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 10 de MORDAZA de 2010

POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los articulos 191°, 192 y 193° de la Constitucion Politica del Peru; Ley N° 27680, Ley de la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion; Ley N° 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion; Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por Ley N° 27902 y Ley N° 28013, Reglamento Interno del Consejo Regional, y demas normas complementarias y; CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales Nº 27867, modificada por las Leyes Nº 27902 y 28013, las cuales disponen que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas juridicas de derecho publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituyendo para su administracion economica y financiera un Pliego Presupuestal; Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organizacion del Gobierno Regional a traves de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el articulo 15º inciso a) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; en la que faculta aprobar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, el Articulo 37º de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General, establece que todas las entidades deben aprobar o gestionar su Texto Unico de Procedimientos Administrativos, documento de gestion que comprende todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer su interes o derechos mediante el pronunciamiento de cualquier organo de una entidad; se especifica en el mismo los requisitos, calificacion de cada procedimiento, el derecho de pago por tramitacion expresado en valor porcentual de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT), la autoridad competente para resolver y si el procedimiento amerita se debe difundir los formularios necesarios; Que, mediante Ordenanza Regional N° 031-2008GRSM/CR, de fecha 31 de octubre del 2008, el Consejo Regional aprobo el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA 2008 de la Direccion Regional de Energia y Minas de San Martin; Que, con Oficio N° 411-2010-GRSM/DREM, de fecha 10 de MORDAZA del 2010, la Direccion Regional de Energia y Minas de San MORDAZA, remite a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial el proyecto del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA 2010, de la Direccion Regional de Energia y Minas de San Martin; Que, mediante Nota Informativa N° 023-2010GRSM/GRPPAT/SGR, de fecha 20 de MORDAZA del presente ano, la Sub Gerencia de Administracion Territorial reviso el proyecto de Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA 2010 de la Direccion Regional de Energia y Minas de San MORDAZA, encontrandolo conforme a los alcances de la Ley N° 29060, Ley del Silencio Administrativo y su Reglamento el Decreto Supremo N° 079-2007-PCM "Lineamientos para la elaboracion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA, asi como el Decreto Supremo N° 062-2009-PCM, donde se aprueba el formato para la MORDAZA MORDAZA de las instituciones publicas; por ese motivo la Sub Gerencia de Racionalizacion recomienda que los actuados se remita a la Oficina Regional de Asesoria Legal para su dictamen y sea remitido al Consejo Regional para su aprobacion mediante Ordenanza Regional; Que, con Informe Legal Nº 370-2010-GRSM/ORAL, de fecha 24 de MORDAZA del 2010, la Oficina Regional de Asesoria Legal opina favorablemente por la formulacion del proyecto del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ (TUPA) de la Direccion Regional de Energia y Minas de San MORDAZA, recomendando se derive al Consejo Regional para su respectiva aprobacion; Que, el literal o) del articulo 21° de la Ley N° 27867, Ley Organica de Gobiernos regionales, establece que es atribucion del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) dias habiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, en Sesion Ordinaria, desarrollada en

el Auditorio del Gobierno Regional de San MORDAZA ­ Moyobamba, llevado a cabo el dia Lunes 14 de Junio del 2010, aprobo por mayoria la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero: DEJAR sin efecto la Ordenanza Regional Nº 031-2009-GRSM/CR, de fecha 31 de octubre del 2008, el cual aprueba el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA 2008 de la Direccion Regional de Energia y Minas de San Martin. Articulo Segundo: APROBAR el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA 2010, de la Direccion Regional de Energia y Minas de San MORDAZA, el cual formara parte integrante de la presente Ordenanza Regional y cuyo anexo que se publicara en la pagina Web del Gobierno Regional de San Martin. Articulo Tercero: ENCARGAR a la Direccion Regional de Energia y Minas de San MORDAZA, realizar los tramites respectivos para la publicacion de la presente Ordenanza Regional en el diario de mayor circulacion del Departamento San MORDAZA y en el Diario Oficial "El Peruano", previa promulgacion del Presidente Regional del Gobierno Regional de San Martin. DERTIANO MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo Regional de San Martin. Comuniquese al Senor Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA para su promulgacion. Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San MORDAZA a los 22 dias del mes de Junio del 2010. POR TANTO: Mando se Publique y Cumpla. WILIAN A. MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 516435-1

Concesion minera cuyo titulo fue aprobado en el mes de junio de 2010
DIRECCION REGIONAL DE ENERGIA Y MINAS RESOLUCION DIRECTORAL REGIONAL Nº 100-2010-GR-SM/DREM Moyobamba, 1 de MORDAZA del 2010 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27867 - Ley Organica de Gobiernos Regionales, dispone que los gobiernos regionales ejerceran funciones especificas, las mismas que se formularan en concordancia con las politicas nacionales, encontrandose entre ellas, las funciones en materia de minas, especificamente la de: Otorgar concesiones para la pequena mineria y mineria artesanal; conforme lo senala el inciso f) del articulo 59º de la referida Ley; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 009-2008MEM-DM se resuelve declarar al Gobierno Regional de San MORDAZA, haber concluido el MORDAZA de transferencia de funciones sectoriales en materia de Energia y Minas, siendo competente a partir de esa fecha para el ejercicio de la misma; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 017-2007GRSM/CR se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Direccion Regional de Energia y Minas de San MORDAZA, en la que establece la funcion de Otorgar concesiones para la pequena mineria y mineria artesanal; De conformidad con lo dispuesto por el articulo 24º del Reglamento de Procedimientos Mineros aprobado por el Decreto Supremo Nº 018-92-EM, y con la visacion de la Oficina de Asesoria Legal de la Direccion Regional de Energia y Minas de San Martin; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Publicar en el Diario Oficial El Peruano la concesion minera cuyo titulo fue aprobado en

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