TEXTO PAGINA: 4
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de julio de 2010 422318 DANTE ADOLFO DE CÓRDOVA VÉLEZ, a partir del 29 de julio de 2010, y en tanto dure la ausencia de la Titular. Artículo 3º.- La presente autorización no irroga gastos con cargo al presupuesto del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social y no da derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación. Artículo 4º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros 520638-3 Modifican la R.S. N° 162-2010-PCM y encargan el Despacho de Comercio Exterior y Turismo al Ministro de la Producción RESOLUCIÓN SUPREMA N° 169-2010-PCM Lima, 16 de julio de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema N° 162-2010-PCM, publicada el 6 de julio de 2010, se autorizó el viaje del señor MARTIN PÉREZ MONTEVERDE, Ministro de Comercio Exterior y Turismo, a las ciudades de Santa Cruz y La Paz, República de Bolivia, del 20 al 23 de julio de 2010, para que participe en el evento “EXPOPERÚ BOLIVIA 2010” a realizarse en dicha ciudad; Que, se han reprogramado las actividades que realizará el Titular del Sector Comercio Exterior y Turismo durante el referido evento, por lo que es necesario modifi car las fechas del viaje y autorizar el gasto que se genera; De conformidad con la Ley N° 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, la Ley N° 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, la Ley N° 27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, Ley N° 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car el artículo 1° de la Resolución Suprema N° 162-2010-PCM, en cuanto a las fechas del viaje del señor MARTÍN PÉREZ MONTEVERDE, Ministro de Comercio Exterior y Turismo, a las ciudades de Santa Cruz y La Paz, República de Bolivia, las mismas que quedan autorizadas del 19 al 23 de julio de 2010. Artículo 2°.- Modifi car el Artículo 2° de la Resolución Suprema N° 162-2010-PCM, autorizando el gasto adicional, por la suma de US$ 263,81 (Doscientos sesenta y tres con 81/100 por concepto de pasajes y la suma de US$ 200,00 (Doscientos con 00/100 dólares americanos) por concepto de viáticos. Artículo 3°.- Encargar la Cartera de Comercio Exterior y Turismo al señor JOSÉ NICANOR GONZALES QUIJANO, Ministro de la Producción, a partir del 19 de julio de 2010 y en tanto dure la ausencia del Titular. Artículo 4°.- Quedan vigentes los demás términos de la Resolución Suprema N° 162-2010-PCM. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros MARTÍN PÉREZ MONTEVERDE Ministro de Comercio Exterior y Turismo 520638-4 Aprueban diversos Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE DESCENTRALIZACIÓN Nº 226-2010-PCM/SD Lima, 25 de junio de 2010 VISTO: El Informe N° 015 -2010-PCM/SD-OTME de fecha 25 de junio de 2010; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto de Urgencia N° 015-2010, se dictaron medidas extraordinarias y urgentes destinadas a brindar atención oportuna e inmediata en las zonas afectadas por desastres de gran magnitud, declaradas en estado de emergencia por la autoridad competente, así como la rehabilitación de la infraestructura pública dañada; Que, el artículo 5º de dicha disposición, modifi cado por el Decreto de Urgencia N° 035-2010, modifi ca el segundo párrafo de la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29467, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, exceptuando de la declaración de viabilidad y autorizando al Ministerio de Economía y Finanzas a aplicar un procedimiento simplifi cado para determinar la elegibilidad, propuesto por la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, como requisito previo a la ejecución de los proyectos de inversión pública que apruebe la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de su Secretaría de Descentralización; Que, en cumplimiento a lo previsto en el párrafo anterior, se ha expedido la Directiva Nº 003-2010- PCM/SD aprobada por la Resolución de Secretaria de Descentralización Nº 222-2010-PCM/SD, que establece los procedimientos para sustentar la aprobación de los Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia para el año fiscal 2010, que han sido determinados como elegibles por la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, con Ofi cios N°s: 1217-2010EF.68.0, 1239-2010- EF.68.01 y 1240-2010-EF.68.01, de fecha 19 de marzo de 2010; 1669-2010-EF.68.01 y 2096-2010-EF.68.01, de fecha 28 de abril de 2010; 1502-2010-EF.68.01, de fecha 7 de abril de 2010; 1646-2010-EF.68.01, 1647- 2010-EF.68.01 y 1648-2010-EF.68.01, de fecha 30 de abril de 2010; 1809-2010EF-68-01, de fecha 13 de mayo de 2010, la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público del Ministerio de Economía y Finanzas remite los Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia, los cuales, luego de la evaluación efectuada por la Comisión de Aprobación de Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia, en el marco de la Directiva Nº 003-2010-PCM/SD antes citada, han sido recomendados para su aprobación, conforme se desprende de los Formatos de Aprobación de Proyectos de Inversión Pública de Emergencia N° 0001 al 0033 citados en el Informe de Vistos; En uso de las atribuciones conferidas por el Decreto de Urgencia N° 035-2010, por el numeral 8.3 de la Directiva N° 003-2010-PCM/SD aprobada por la Resolución de Secretaría de Descentralización Nº 222-2010-PCM/SD, y por el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobación de los Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia APROBAR los Proyectos de Inversión Pública (PIP) de Emergencia contenidos en los Formatos de Aprobación de Proyectos de Inversión Pública de Emergencia N° 0001 al 0033 y que se detallan en el anexo 1 de la presente Resolución. Artículo 2°.- Comunicación a Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales Encargar al Instituto Nacional de Defensa Civil –INDECI, la comunicación a los gobiernos regionales y gobiernos locales de los departamentos descritos en el Anexo I, de