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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE JULIO DEL AÑO 2010 (17/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 66

TEXTO PAGINA: 11

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de julio de 2010 422325 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República del siguiente personal militar de la República de Colombia, para participar en el intercambio anual de pilotos instructores A-37 y A-27 a realizarse en la ciudad de Piura, del 19 de julio al 02 de agosto de 2010; 1. Capitán Carlos Mauricio Caldas Aristizabal 2. Capitán Luz Stella Franco Yépez Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que de cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 520166-3 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 747-2010-DE/SG Lima, 15 de julio de 2010 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DGS) Nº 773 de fecha 13 de julio de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos Mexicanos, sin armas de guerra; Que, un Oficial del Ejército de los Estados Unidos Mexicanos participará en el “Curso Avanzado de Artillería” del Ejército del Perú, actividad considerada en el Plan de Intercambio de Oficiales entre ambos Países; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modificado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confianza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad.La Resolución Ministerial de autorización debe especificar los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y Con la opinión favorable del Ejército del Perú y de conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, al Capitán 2do Aaron Pérez Lemarroy, del Ejército de los Estados Unidos Mexicanos, sin armas de guerra, para participar en el “Curso Avanzado de Artillería” del Ejército del Perú, del 19 de julio al 30 de diciembre de 2010. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5º de la Ley Nº 27856, modifi cado por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 520166-4 ECONOMIA Y FINANZAS Disponen otorgamiento de nuevo plazo para la actualización de la Programación Multianual de la Inversión Pública del período 2011 - 2013 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 008-2010-EF/68.01 Lima, 16 de julio de 2010 CONSIDERANDO: Que, el artículo 9º numeral 9.1 de la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28802 y por Decretos Legislativos Nos.1005 y 1091, dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas, a través de su Dirección General de Programación Multianual del Sector Público, emite las Directivas que regulan la Programación Multianual de la Inversión Pública; Que, el artículo 16º de la Resolución Ministerial Nº 158- 2001-EF/15, que modifi ca el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Economía y Finanzas, establece que la Dirección General de Programación Multianual del Sector Público es el órgano de línea encargado de orientar, integrar, hacer seguimiento y evaluar la Programación de la Inversión Pública; Que, el Decreto Supremo Nº 176-2006-EF aprobó la Directiva para la Programación Multianual de la Inversión Pública, mediante la cual se establecieron las pautas y criterios que orientan la Programación Multianual de la Inversión Pública del nivel nacional, a fi n de optimizar la asignación y la efi ciencia en el uso de los recursos públicos; Que, mediante Resolución Directoral Nº 012-2007- EF/68.01, se aprobó la Directiva Nº 005-2007-EF/68.11, Directiva para la Programación Multianual de la Inversión Pública de los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, mediante la cual se establecieron las pautas y criterios que orientan la programación multianual de la inversión pública de los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales; Que, mediante Resolución Directoral Nº 002-2010- EF/68.01, se aprobó la Directiva que establece criterios y responsabilidades para la elaboración de la Programación Multianual de la Inversión Pública, en cuyo artículo 10º se dispuso que el PMIP aprobado conforme a la normativa vigente, podrá incorporar los ajustes necesarios y será actualizado hasta el 10 de Julio del año en el que se realiza la programación; señalándose que los ajustes se refi eren a la revisión de la información de los proyectos en ejecución en el año fi scal en el que se realiza la programación, respecto de los montos programados para el primer año del periodo del PMIP, así como la incorporación de nuevos PIP teniendo en cuenta los criterios de priorización establecidos en la normativa vigente, así como que dicha información será utilizada para el anteproyecto de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal respectivo; Que, mediante Decreto de Urgencia Nº 037-2010 se establecieron medidas en materia económica y fi nanciera en los pliegos del gobierno nacional para el cumplimiento de las metas fi scales del año fi scal 2010, incluyéndose medidas en proyectos de inversión pública que son necesarias considerar en la Programación Multianual de la Inversión Pública correspondiente al periodo 2011-2013; En concordancia con las facultades dispuestas por el la Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública, modifi cada por las Leyes Nº 28522 y 28802 y por los Decretos Legislativos Nos. 1005 y 1091, normas reglamentarias y complementarias, la Resolución Ministerial Nº 158-2001-EF/15 y la Resolución Ministerial Nº 085-2010- EF/10; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Otorgamiento de nuevo plazo para la actualización de los Programas Multianuales de Inversión Pública del período 2011-2013 Otórguese un plazo adicional hasta el 31 de julio de 2010, respecto del plazo establecido en el numeral 10.1 del artículo 10º de la Directiva Nº 003-2010-EF/68.01, Directiva que establece criterios y responsabilidades para la elaboración de la Programación Multianual de la Inversión