Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2010 (26/07/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 26 de MORDAZA de 2010

Directora de Turismo, Econ. MORDAZA Norelia MORDAZA de MORDAZA Numero de dias: 03 Pasajes Viaticos (por tres dias) Total : : : US $ US $ US$ 30.00 570.00 600.00

Sectorista de Turismo de la Gerencia Regional de Desarrollo Economico, C.P.C MORDAZA del MORDAZA Ruesta de MORDAZA Numero de dias: 03 Pasajes Viaticos (por tres dias) Total : : : US $ US $ US $ 30.00 570.00 600.00

Articulo Tercero.- Encargar a Gerencia General Regional disponga las acciones administrativas para el cumplimiento del presente Acuerdo de Consejo Regional. Articulo Cuarto.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes a su retorno al MORDAZA, los funcionarios autorizados en comision de servicios, presentaran al Consejo Regional un informe detallado sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos producto del viaje autorizado, asimismo deberan efectuar la rendicion de cuentas de acuerdo a Ley. Articulo Quinto.- Disponer, la publicacion del presente Acuerdo de Consejo Regional en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Sexto.- Dispensar el presente Acuerdo del tramite de lectura y aprobacion del Acta. POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Consejero Delegado Consejo Regional 523244-1

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Aprueban Ordenanza que establece la intervencion del Concejo Distrital de La MORDAZA en la aprobacion de las propuestas de modificacion y reajuste integral de la zonificacion del distrito
ORDENANZA Nº 193 La MORDAZA, 15 de MORDAZA de 2010 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MORDAZA Visto, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen N° 009-2010 de fecha 17 de MORDAZA de 2010, de la Comision Conjunta de Desarrollo MORDAZA y de Asuntos Juridicos, de fecha 17 de MORDAZA de 2010, mediante el cual recomienda la aprobacion del Proyecto de Ordenanza que establece la intervencion del Concejo Distrital de La MORDAZA en la Aprobacion de las Propuestas de Modificacion y Reajuste Integral de la Zonificacion del Distrito, propuesto por la Gerencia de Desarrollo Urbano; y, CONSIDERANDO: Que, el Proyecto de Ordenanza recoge la posibilidad de establecer la intervencion del Concejo

Municipal Distrital en los procedimientos de cambio especifico y reajuste integral de zonificacion en el distrito de La MORDAZA, de acuerdo a lo regulado en la Ordenanza Nº 620-MML; Que, en la elaboracion del proyecto se ha tenido en cuenta, como antecedente, que mediante la Ordenanza Nº 134-MML, publicada el 25 de diciembre de 1997, que aprueba la Ordenanza Reglamentaria de Actualizacion y Reajuste del Plano de Zonificacion General de MORDAZA Metropolitana, la cual era aplicable para todos los distrito de Lima; la Municipalidad de La MORDAZA mediante la Ordenanza Nº 064-MDLM, publicada el 03 de agosto del 2003, establecio disposiciones relativas a la intervencion del Concejo Distrital de La MORDAZA en la aprobacion de las propuestas de modificacion y reajustes sustanciales y no sustanciales de la zonificacion del distrito; Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Estado y el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, se establece que las Municipalidades son organos de gobierno local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, la cual radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion, con sujecion al ordenamiento juridico; Que, asimismo, el numeral 1.2 del Articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972 senala que las municipalidades en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, ejercen la funcion especifica exclusiva de aprobar el Plan de Desarrollo MORDAZA, el Plan de Desarrollo Rural, el Esquema de Zonificacion de Areas Urbanas, el Plan de Desarrollo de Asentamientos Humanos y demas planes especificos de acuerdo con el Plan de Acondicionamiento Territorial; lo que significa que la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, como Municipalidad Provincial facultada por Ley es la unica que puede aprobar la zonificacion y la normativa correspondiente de dicho MORDAZA para toda la provincia de MORDAZA, en el cual esta incluida la Municipalidad Distrital de La Molina; Que, es pertinente precisar que la Ley Organica de Municipalidades en el numeral 3.1 del Articulo 79º, senala que las Municipalidades Distritales tienen como funcion especifica en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo, el aprobar el Plan MORDAZA o Rural Distrital, con sujecion al plan y a las normas municipales provinciales; Que, en uso de las facultades MORDAZA mencionadas, la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA ha aprobado la Ordenanza Nº 620-MML, publicada el 04 de MORDAZA del 2004, Ordenanza Reglamentaria del MORDAZA de Aprobacion del Plan Metropolitano de Acondicionamiento Territorial y Desarrollo MORDAZA de MORDAZA, de planes urbanos distritales y actualizacion de la zonificacion de los usos del suelo de MORDAZA Metropolitana; precisandose que en dicha ordenanza se deroga en forma expresa la Ordenanza Nº 134-MML y se dispone que los propietarios que tengan expedientes en tramite MORDAZA de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza podran acogerse a la misma en un plazo de 90 dias, previo desistimiento ante la Municipalidad Distrital en donde se inicio el tramite; Que, en dicha ordenanza se establecen dos procesos de distintos niveles que son: El Reajuste Integral de la actual zonificacion y los Cambios Especificos, precisando en su Articulo 34º que los cambios especificos deben ser iniciados y tramitados ante la Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, y no ante la Municipalidad Distrital, tal como estaba planteado anteriormente en la Ordenanza Nº 134-MML, y la intervencion de la Municipalidad Distrital es posterior para los efectos de que emita una opinion tecnica y ademas solicite la opinion de la poblacion vecina involucrada dentro un plazo establecido, caso contrario, de no cumplirse con lo solicitado dentro del plazo, se tendra por favorable la opinion tecnica y la Municipalidad Provincial realizara directamente la consulta vecinal, siendo finalmente quien aprueba el

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