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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2010 (26/07/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 16

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 26 de julio de 2010 422903 trámite el Concejo Metropolitano de Lima mediante la expedición de la ordenanza correspondiente; Que, en cuanto a la Ordenanza Nº 064-MDLM, que establece la intervención del Concejo Distrital de La Molina en la aprobación de las propuestas de modifi cación y reajustes sustanciales y no sustanciales de la zonifi cación del distrito regulado con la Ordenanza Nº 134-MML, se tiene que siendo el caso que la última de las ordenanzas mencionadas que sirvió de sustento y referencia para aplicar la intervención del Concejo Distrital en cambios de zonifi cación específi cos ha sido derogado, la ordenanza distrital ha devenido en caduca, al haberse derogado la norma marco sobre la cual legisló, aplicándose el dicho que “lo accesorio sigue la suerte de lo principal”. Asimismo, es pertinente precisar que si bien existe una autonomía municipal, las ordenanzas distritales no pueden contravenir una disposición expresa contenida en la Ley Orgánica de Municipalidades, que en el presente caso, es la función específi ca asignada a las municipalidades provinciales de aprobar la zonifi cación, ni tampoco cambiar los procedimientos establecidos en la regulación especial dada sobre la materia; Que, existiendo una nueva regulación y un precedente normativo sobre la intervención del Concejo en los procedimientos de reajuste integral y cambio específi co de zonifi cación del distrito, resultaría posible la aprobación de una nueva norma que adecue la intervención del Concejo en los procedimientos establecidos en la Ordenanza Nº 620-MML, sin que ello signifi que la afectación del procedimiento marco establecido en la norma antes mencionada, lo que signifi ca que la aprobación que realice el Concejo del Informe Técnico debe realizarse dentro del plazo establecido (treinta días de recibido el expediente de la Municipalidad de Lima), asimismo se recomienda la derogación expresa de la Ordenanza Nº 064-MDLM; Que, mediante Informe Nº 228-2010-MDLM-GAJ del 22 de abril del 2010 la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que con la derogación de la Ordenanza Nº 134-MML, se derogó tácitamente la Ordenanza Nº 064-MDLM, de esta comuna, por lo que conviene aprobar una nueva ordenanza adecuada a la Ordenanza Nº 620-MML, considerando conveniente que el proyecto de ordenanza debe ser sometido a consideración del Concejo Municipal; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades establecidas en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de aprobación del Acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE SE ESTABLECE LA INTERVENCION DEL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA EN LA APROBACION DE LAS PROPUESTAS DE MODIFICACION Y REAJUSTE INTEGRAL DE LA ZONIFICACION DEL DISTRITO Artículo Primero.- Los Informes Técnicos sobre las propuestas que se remitan a la Municipalidad Distrital de La Molina para el cambio específi co de Zonifi cación y Reajuste Integral de la Zonifi cación correspondiente al distrito, conforme a los procedimientos previstos en la Ordenanza N° 620-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima, serán aprobadas por el CONCEJO Distrital previo dictamen favorable de la Comisión de Desarrollo Urbano. Artículo Segundo.- La opinión técnica que emita la Gerencia de Desarrollo Urbano para el Reajuste Integral de la Zonifi cación correspondiente al distrito de La Molina, conforme a los procedimientos previstos en la Ordenanza N° 620-MML de la Municipalidad Metropolitana de Lima, será ratifi cada en cada caso, por el Concejo Distrital, previo Dictamen favorable de la Comisión de Desarrollo Urbano. Artículo Tercero.- Los procedimientos administrativos relativos a los aspectos indicados en los artículos precedentes, deberán adecuarse a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. LUIS DIBOS VARGAS PRADA Alcalde 523188-1 MUNICIPALIDAD DE SANTA ANITA Modifican Directiva de Procedimientos para la Ejecución y Control del Programa de Sorteos Vecino “Santanitense” Puntual DECRETO DE ALCALDÍA Nº 00005-2010/MDSA Santa Anita, 16 de julio de 2010 LA ALCALDESA DEL DISTRITO DE SANTA ANITA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 00013-2008/MDSA, modifi cado mediante Ordenanza No 00016-2008/MDSA, se aprueba la realización del Sorteo Vecino “Santanitense” Puntual, destinado a estimular el cumplimiento de las obligaciones tributarias municipales, con el fi n de promover el desarrollo integral y sostenible, y a la promoción y generación de nuevos negocios en el Distrito de Santa Anita, sorteando equipos y artefactos eléctricos que se destinen a tal fi n; Que, con Decreto de Alcaldía No 0006-2008/MDSA, se aprueba la Directiva que establece Procedimientos para la Ejecución y Control del Programa de Sorteos Vecino “Santanitense” Puntual. Que con Decreto de Alcaldía No 002 y 003-2009/MDSA, y Decreto de Alcaldía Nº 001- 2010/MDSA, se establecen nuevas fechas de sorteos para el presente año así como se modifi can las opciones de sorteo; Estando a lo dispuesto en el Artículo 20° numerales 6) de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; DECRETA: MODIFICACIÓN DE DIRECTIVA PROCEDIMIENTOS PARA LA EJECUCION Y CONTROL DEL PROGRAMA DE SORTEOS VECINO “SANTANITENSE” PUNTUAL Artículo Primero.- Modifíquese el punto 5.2 de la Directiva sobre opciones del sorteo por el siguiente texto: Opciones del Sorteo: A los contribuyentes que integren el “Padrón de Contribuyentes Hábiles para el Sorteo” se les asignarán opciones, según las fechas de pago de sus obligaciones tributarias.Cada contribuyente que haya cumplido con los supuestos que a continuación se señalan, tendrán derecho a: 1. 10 opciones de sorteo, cuando se encuentren al día en el pago de sus tributos hasta el 31 de diciembre del año 2009, y cumplan con cancelar el Impuesto Predial y Arbitrios correspondiente al ejercicio 2010, hasta el 30 de abril del 2010. 2. 05 opciones de sorteo, cuando se encuentren al día en el pago de sus tributos hasta el 31 de diciembre del año 2009, y cumplan con cancelar la 1ra. y 2da. cuota del Impuesto Predial del año 2010 y los meses de enero, febrero, marzo, abril , mayo, junio y julio, en el caso de los Arbitrios correspondientes al ejercicio 2010, hasta el 22 de julio del 2010. 3. 03 opciones de sorteo a aquellos contribuyentes que tengan deudas de años anteriores y que cancelen, los tributos atrasados y el Impuesto Predial y Arbitrios del ejercicio 2010, al contado, hasta el 22 de julio del presente año. 4. 01 opción de sorteo a aquellos contribuyentes que tengan deudas de años anteriores y que cancelen los tributos atrasados así como la 1ra. y 2da. cuota del Impuesto Predial del año 2010 y los meses de enero,