Norma Legal Oficial del día 09 de junio del año 2010 (09/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, miercoles 9 de junio de 2010

NORMAS LEGALES
VISTO:

420365

PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS
Modifican el Art. 2° de la R.M. N° 1612010-PCM, sobre designacion de integrantes de la Comision de Seleccion de miembros del Consejo Directivo del OSIPTEL
RESOLUCION MINISTERIAL N° 182-2010-PCM MORDAZA, 8 de junio de 2010 Visto, el Oficio Num. 618-2010-EF/10 de la Ministra de Economia y Finanzas; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Num. 1612010-PCM se conformo la Comision de Seleccion para la eleccion del miembro de la sociedad civil y de dos miembros del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversion Privada en Telecomunicaciones ­ OSIPTEL; Que, en la conformacion de la citada Comision de Seleccion se considero al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como miembro propuesto por el Ministerio de Economia y Finanzas; Que, de acuerdo al documento del visto, la Ministra de Economia y Finanzas solicita se reemplace al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA debido a que tendra que representar a dicho Ministerio en reuniones en el extranjero, por lo que propone en su reemplazo al senor MORDAZA MORDAZA Giesecke MORDAZA Lafosse; De conformidad con el Decreto Supremo Num. 0142008-PCM y sus modificatorias, y la Resolucion Ministerial Num. 161-2010-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar el articulo 2° de la Resolucion Ministerial Num. 161-2010-PCM quedando redactado de la siguiente manera: "Articulo 2º.- La referida Comision de Seleccion estara integrada segun lo indicado por las respectivas entidades, de la siguiente manera: - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA por la Presidencia del Consejo de Ministros, quien la presidira; - Sr. MORDAZA MORDAZA Giesecke MORDAZA Lafosse por el Ministerio de Economia y Finanzas; y, - Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de MORDAZA Bado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros 504707-1

El Oficio Nº 489-2010-AG-PSI de fecha 02 de Junio de 2010 del Director Ejecutivo del Programa Subsectorial de Irrigaciones ­ PSI y el Informe Tecnico Nº 001-2010AG-PSI-DGR/PRT de fecha 02 de junio de 2010 de la Direccion de Gestion de Riego del Programa Subsectorial de Irrigaciones ­ PSI, y; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 28585, Ley que crea el Programa de Riego Tecnificado, se declara de necesidad y utilidad publica la creacion del Programa de Riego Tecnificado para promocionar el reemplazo progresivo de los sistemas de riego tradicionales en el sector MORDAZA en general; Que, el Reglamento de la Ley Nº 28585, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2006-AG, establece en su articulo 27º que el Proyecto Subsectorial de Irrigacion ­ PSI es el ejecutor del Programa de Riego Tecnificado y ejerce las funciones de ente rector en materia de riego tecnificado; Que, mediante Ley Nº 28675, Ley que autoriza un Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2006 a favor del Ministerio de Agricultura y del SENASA y sustituye a la Unidad Ejecutora 006 UCPSI del Ministerio de Agricultura, se establece que la Unidad Ejecutora 006: Programa Subsectorial de Irrigaciones ­ PSI sustituye para todos los efectos a la Unidad Ejecutora 006: Unidad de Coordinacion del Proyecto Subsectorial de Irrigacion ­ UCPSI; asimismo, establece que la Unidad Ejecutora 006: Programa Subsectorial de Irrigaciones ­ PSI se encarga de desarrollar las actividades del Programa de Riego Tecnificado, asi como aquellas que venia ejecutando la Unidad Ejecutora UCPSI, en el MORDAZA de los compromisos asumidos con organismos internacionales, concertados y en MORDAZA, ademas de las actividades que se le encargue al Sector en materia de riego; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 1570-2006-AG, se aprobo el Manual de Operaciones del Programa Subsectorial de Irrigaciones ­ PSI, en cuyo articulo 4º se indica que dicha institucion es un programa especializado en materia de riego del Ministerio de Agricultura, cuyas actividades se orientan a mejorar la rentabilidad de la agricultura a nivel nacional a traves del desarrollo tecnico, economico e institucional del subsector riego, dentro de los compromisos asumidos con los organismos internacionales (concertados y en MORDAZA de concertacion), asi como en su condicion de ente rector en materia de riego tecnificado; constituye su finalidad, entre otras, la de ejecutar proyectos o programas de inversion, relacionados a infraestructura de riego y drenaje, tecnificacion del riego, asistencia tecnica y financiera, fortalecimiento institucional de las organizaciones de agua de riego y otros relacionados al uso y administracion del agua de riego; Que, conforme a lo dispuesto por el inciso f), del articulo 5º, del Manual de Operaciones senalado en el considerando precedente, se senala que el Programa Subsectorial de Irrigaciones ­ PSI tiene como una de sus responsabilidades ejercer las funciones de ente rector en materia de riego tecnificado, de acuerdo a los lineamientos establecidos en el Reglamento del Programa de Riego Tecnificado; Que, el articulo 12º del Reglamento de la Ley Nº 28585, establece los criterios de exclusion de proyectos del Programa de Riego Tecnificado, senalandose que el Ente Rector podra modificar dichos parametros mediante Resolucion Ministerial; Que, el Director de la Direccion de Gestion de Riego mediante el Informe del Visto, concluye que el Programa Subsectorial de Irrigaciones - PSI, en su calidad de ente rector en materia de riego tecnificado, establece la necesidad de realizar modificaciones a los criterios de exclusion senalados en el citado articulo 12º del Reglamento de la Ley Nº 28585, a fin de promover la generacion de proyectos de riego tecnificado de mayor alcance, fomentando la asociatividad y el fortalecimiento de las MORDAZA productivas; De conformidad con la Ley Nº 28585 - Ley que crea el Programa de Riego Tecnificado, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2006-AG, el Decreto Legislativo Nº 997 que aprueba la Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Agricultura y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 031-2008-AG; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Modificar los parametros fijados en el articulo 12º del Reglamento de la Ley Nº 28585, Ley

AGRICULTURA
Modifican parametros fijados en el articulo 12º del Reglamento de la Ley Nº 28585, Ley que crea el Programa de Riego Tecnificado, aprobado por D.S. Nº 004-2006-AG
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0413-2010-AG MORDAZA, 7 de junio de 2010

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