Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2010 (17/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de junio de 2010

La Comision de Alto Nivel Anticorrupcion podra incorporar con posterioridad, a las personas o entidades (publicas o privadas) que se encuentren vinculadas a la lucha contra la corrupcion. La designacion de las mismas se realizara mediante Decreto Supremo. Las funciones de la Comision de Alto Nivel Anticorrupcion seran establecidas por los miembros que la conforman, respetando sus atribuciones y competencias senaladas en la Constitucion Politica del Estado; la normatividad vigente y considerando los Tratados y Convenios Internacionales en materia de lucha contra la corrupcion y las politicas de Estado senaladas en el Acuerdo Nacional." Articulo 2º.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Justicia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de junio del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA TOMA Ministro de Justicia 508394-1

en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de MORDAZA y en los distritos de MORDAZA MORDAZA de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junin. Articulo 2º.- Suspension del ejercicio de Derechos Constitucionales. Durante el termino del Estado de Emergencia a que se refiere el articulo anterior, queda suspendido el ejercicio de los derechos constitucionales contemplados en los incisos 9), 11), 12) y 24) apartado f) del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru. Articulo 3º.- Refrendo. El presente Decreto Supremo sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro de Defensa, el Ministro del Interior y el Ministro de Justicia. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los dieciseis dias del mes de junio del ano dos mil diez. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Defensa MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior MORDAZA MORDAZA TOMA Ministro de Justicia 508394-2

Prorroga de Estado de Emergencia declarado en provincias y distritos de los departamentos de MORDAZA, Huancavellca, MORDAZA y MORDAZA
DECRETO SUPREMO N° 068-2010-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 049-2010-PCM de fecha 28 de MORDAZA de 2010, se prorrogo por el termino de sesenta (60) dias, a partir del 09 de MORDAZA de 2010, el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convencion del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo; en los distritos de Andamarca y Comas de la provincia de MORDAZA y en los distritos de MORDAZA MORDAZA de Acobamba y Pariahuanca de la provincia de Huancayo del departamento de Junin; Que, estando por vencer el plazo de vigencia del Estado de Emergencia referido en el considerando precedente, aun subsisten las condiciones que determinaron la declaratoria del Estado de Emergencia en las provincias y distritos alli indicados; Que, el articulo 137 de la Constitucion Politica del Peru, establece en el numeral 1) que la prorroga del Estado de Emergencia requiere MORDAZA decreto; y, De conformidad con el articulo 118°, numerales 4) y 14) de la Constitucion Politica del Peru; con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros y con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Prorroga de Estado de Emergencia. Prorrogar por el termino de sesenta (60) dias, a partir del 08 de MORDAZA de 2010, el Estado de Emergencia en las provincias de Huanta y La Mar del departamento de Ayacucho; en la provincia de Tayacaja del departamento de Huancavelica; en los distritos de Kimbiri, Pichari y Vilcabamba de la provincia de La Convencion del departamento del Cusco; en la provincia de Satipo;

Autorizan ejecucion de la "Encuesta de Seguridad de la Informacion en la Administracion Publica - 2010"
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 187-2010-PCM 15 de junio de 2010 CONSIDERANDO: Que, el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 066-2003-PCM y el numeral 4.8 del articulo 4º y articulo 49º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por Decreto Supremo Nº 063-2007PCM, disponen que la Presidencia del Consejo de Ministros, a traves de la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica (ONGEI), actua como ente rector del Sistema Nacional de Informatica, encargandose de normar, coordinar integrar y promover el desarrollo de la actividad informatica en la Administracion Publica, impulsando el uso de las nuevas tecnologias de la informacion para la modernizacion y desarrollo del Estado; Que, de acuerdo con los numerales 50.1 y 50.3 del articulo 50º del Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros, aprobado por el Decreto Supremo Nº 063- 2007-PCM, son funciones de la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica (ONGEI), proponer la Estrategia Nacional de Gobierno Electronico, asi como coordinar y supervisar su implementacion, realizando acciones orientadas a la consolidacion y desarrollo del Sistema Nacional de Informatica y supervisar el cumplimiento de la normativa correspondiente; Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 246-2007PCM se aprobo el uso obligatorio de la MORDAZA Tecnica Peruana "NTP-ISO/IEC 17799:2007 EDI. Tecnologia de la Informacion. Codigo de Buenas Practicas para la Gestion de la Seguridad de la Informacion, 2ª Edicion" en las entidades integrantes del Sistema Nacional de Informatica; Que, la Oficina Nacional de Gobierno Electronico e Informatica ha propuesto ejecutar el Reporte de

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