Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2010 (17/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 18

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de junio de 2010

quienes aspiren obtener la licencia de conducir de la clase A categoria I, siempre que cumplan con las disposiciones establecidas en el Reglamento bajo comento y cuenten con la autorizacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en cuyo caso los certificados que estas emitan tendran validez para exonerar a dichos postulantes de la evaluacion teorica sobre las normas de transito; Que, es preciso indicar que el articulo 117° de El Reglamento, dispone que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas de las Escuelas de Conductores, establecidas en los articulos 47°, 48°, 49° y 50° del acotado Reglamento, se aplicaran las sanciones administrativas correspondientes, senaladas en el Cuadro de Tipificacion y Calificacion de Infracciones e Imposicion de Sanciones, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder, y por ende la ejecucion de la Carta Fianza, conforme el numeral 43.6 del articulo 43°; Que, con Informe Nº 446-2010-MTC/15.03, la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, concluye que La Escuela cumple con presentar los requisitos establecidos en El Reglamento, por lo que procede emitir el acto administrativo correspondiente; y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 040-2008MTC - Reglamento Nacional de Licencias de Conducir de Vehiculos automotores y no motorizados de transporte terrestre, la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Otorgar a la ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES ESCUELA DE CONDUCTORES SAN MORDAZA DE PORRES EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA autorizacion para impartir los cursos de capacitacion a quienes aspiran a obtener la licencia de conducir de la clase A categoria I, en los locales autorizados en la MORDAZA de Juliaca y en el horario de lunes a viernes de 9:00 a.m. a 9:00 p.m. sabados y domingos de 8:00 a.m. a 8:00 p.m. debiendo utilizar para ello, el vehiculo de placa de rodaje Nº DH-6853 de la categoria M-1. Articulo Segundo.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de La Escuela, del Representante Legal, y/o de cualquier miembro de su plana docente, se aplicaran las sanciones administrativas establecidas en el Cuadro de Tipificacion, Calificacion de Infracciones e Imposicion de Sanciones correspondientes, con la subsiguiente declaracion de suspension o cancelacion de la autorizacion, asi como la ejecucion de la Carta Fianza Bancaria emitida a favor de esta administracion; sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. Articulo Tercero.- Remitir a la Direccion de Supervision, Fiscalizacion y Sanciones, MORDAZA de la presente Resolucion Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; y encargar a la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial, la ejecucion de la presente Resolucion Directoral. Articulo Cuarto.- La presente Resolucion Directoral surtira efectos a partir del dia siguiente de su publicacion, siendo de cargo de la ESCUELA DE CONDUCTORES INTEGRALES ESCUELA DE CONDUCTORES SAN MORDAZA DE PORRES EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, los gastos que origine su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA G. MEDRI MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Terrestre 501116-1

ORGANISMOS EJECUTORES SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Designan Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Mollendo
RESOLUCION DE INTENDENCIA Nº 145-3N0000/2010-000109 Mollendo, 11 de junio del 2010 CONSIDERANDO: Que, es necesario dejar sin efecto la designacion del Auxiliar Coactivo por destaque a otra jurisdiccion y designar a MORDAZA Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Mollendo para garantizar el normal funcionamiento de su cobranza coactiva; Que, el articulo 114º del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99-EF y modificatorias, establece los requisitos que deberan reunir los trabajadores para acceder al cargo de Auxiliar Coactivo; Que, el personal propuesto ha presentado Declaracion Jurada manifestando reunir los requisitos MORDAZA indicados; Que, la Decimo Cuarta disposicion Final del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, establece que lo dispuesto en el numeral 7.1 del articulo 7º de la Ley Nº 26979, no es de aplicacion a los organos de la Administracion Tributaria cuyo personal ingreso mediante Concurso Publico; Que el articulo 4º de la Resolucion de Superintendencia Nº 216-2004-SUNAT de fecha 23.09.2004, ha facultado al Intendente de Aduana Maritima del Callao, Intendente de Aduana Aerea del Callao, Intendente de Fiscalizacion y Gestion de Recaudacion Aduanera, Intendente de Principales Contribuyentes Nacionales, Intendentes de Aduanas desconcentradas y en los Intendentes Regionales, la facultad de designar a los Auxiliares Coactivos que ejerceran sus funciones en las Dependencias a lo cual han sido designados: En uso de las facultades conferidas en la Resolucion de Superintendencia Nacional Adjunta de Aduanas Nº 226-2009/SUNAT de fecha 28.10.2009. SE RESUELVE: Articulo Primero.- Dejar sin efecto la designacion como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Mollendo al servidor que se indica a continuacion: MORDAZA MORDAZA MORDAZA MENDOZA. Articulo Segundo.- Designar como Auxiliar Coactivo de la Intendencia de Aduana de Mollendo, al servidor que se indica a continuacion: MORDAZA MORDAZA DIAZ. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Intendente Intendencia Aduana de Mollendo 507217-1

Resolucion de Superintendencia que amplia el Sistema de Emision Electronica a la Factura y documentos vinculados a esta
RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 188-2010/SUNAT MORDAZA, 16 de junio de 2010

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