Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2010 (17/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 16

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 17 de junio de 2010

de la Presidencia Pro Tempore de la UNASUR, comunica a todas las delegaciones el cambio de fechas para la IV Reunion de Delegados y la I Reunion Ordinaria de Ministros del Consejo de Infraestructura y Planeamiento, del 17 al 18 de junio de 2010; Que, es necesario expedir nueva Resolucion Suprema de autorizacion de viaje y dejar sin efecto la Resolucion Suprema de la Vista, a fin que el Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arzubiaga Scheuch, Director Nacional para Asuntos de IIRSA, pueda participar en la IV Reunion de Delegados y en la I Reunion Ordinaria de Ministros del Consejo de Infraestructura y Planeamiento, en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Ecuador, del 17 al 18 de junio de 2010; Teniendo en cuenta los Memoranda de la Direccion Nacional para Asuntos de IIRSA Nº IRS0073/2010 y Nº 0076/2010, de 27 de MORDAZA y 1 de junio de 2010, respectivamente; que solicitan autorizacion de viaje; y el Memorandum de la Direccion de Finanzas Nº FIN0333/2010, de 15 de junio de 2010, que certifica la disponibilidad presupuestal del presente viaje; De conformidad con la Cuarta Disposicion Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomatico de la Republica; los articulos 185º y 190º de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003-RE; en concordancia con el articulo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; la Ley Nº 29357; la Ley Nº 27619, su modificatoria la Ley Nº 28807, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; su modificatoria el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM; el numeral 10.1 del articulo 10º de la Ley Nº 29465, Ley del Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2010; y el Decreto de Urgencia Nº 001-2010, que precisa el rango normativo de las autorizaciones de viajes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto la Resolucion Suprema Nº 198-2010-RE de 15 de MORDAZA de 2010. Articulo 2º.- Autorizar el viaje, en comision de servicios, del Ministro en el Servicio Diplomatico de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arzubiaga Scheuch, Director Nacional para Asuntos de IIRSA, a la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Ecuador, del 17 al 18 de junio de 2010, a fin que participe en la IV Reunion de Delegados del Consejo Suramericano de Infraestructura y Planeamiento y en la I Reunion Ordinaria de Ministros del Consejo de Infraestructura y Planeamiento. Articulo 3º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolucion seran cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 00386 - Conduccion de Lineas de Politica Institucional, debiendose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) dias al termino del referido viaje, de acuerdo con el siguiente detalle:
Nombres y Apellidos Pasaje aereo Viaticos Nº de Clase por dia dias Economica US$ US$ 696.01 200.00 2+1 Total Tarifa viaticos aeropuerto US$ US$ 600.00 31.00

Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA QUESQUEN Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA MORDAZA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 508394-8

SALUD
Disponen la prepublicacion del proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley Nº 28705 - Ley General para la prevencion y control de los Riesgos del Consumo del Tabaco, en el MORDAZA de Internet del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 481-2010/MINSA MORDAZA, 14 de junio del 2010 Visto los Expedientes Nº 10-038237-001, Nº 10038237-002, Nº 10-038237-003 y Nº 10-038237-004, que contienen los informes de la Direccion General de Salud Ambiental, de la Direccion General de Promocion de la Salud, de la Oficina General de Comunicaciones, de la Direccion General de Salud de las Personas, y de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 28705, se aprobo la Ley General para la Prevencion y Control de los Riesgos del Consumo del Tabaco; Que, mediante Decreto Supremo Nº 015-2008-SA se aprobo el Reglamento de la Ley Nº 28705, Ley General para la Prevencion y Control de los Riesgos del Tabaco, el cual fue modificado posteriormente mediante Decreto Supremo Nº 001-2010-SA; Que, mediante Ley Nº 29517 se modifico la Ley Nº 28705, para adecuarla al Convenio MORDAZA de la Organizacion Mundial de la Salud (OMS) para el control del tabaco; Que, conforme a la Unica Disposicion Final de la Ley Nº 29157, el Poder Ejecutivo debe dictar las normas modificatorias del Reglamento MORDAZA senalado, en un plazo de sesenta (60) dias posteriores a la publicacion de dicha ley, con el objeto de incorporar los aspectos que han sido modificados por la misma; Que, se ha procedido a elaborar el proyecto de Decreto Supremo que modifica el Reglamento de la Ley Nº 28705 - Ley General para la prevencion y control de los Riesgos del Consumo del Tabaco, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-2008-SA, con el objeto de realizar las adecuaciones e incorporaciones necesarias en aquellos aspectos modificados por efecto de la dacion de la Ley Nº 29517; Que, es necesario disponer la prepublicacion del referido proyecto en el MORDAZA de Internet del Ministerio de Salud, a efecto de recibir las respectivas sugerencias y comentarios de la ciudadania en general; Con el visado del Director General de la Direccion General de Salud Ambiental, del Director General de la Direccion General de Salud de las Personas, del Director General de la Direccion General de Promocion de la Salud, del Director General de la Oficina General de Comunicaciones, del Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica y del Viceministro de Salud; y, De conformidad con lo dispuesto en el literal l) del articulo 8º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud;

MORDAZA MORDAZA MORDAZA Arzubiaga Scheuch

Articulo 4º.- Dentro de los quince (15) dias calendario siguientes al termino de la referida comision de servicios, el citado funcionario diplomatico debera presentar un informe ante el senor Ministro de Relaciones Exteriores de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Articulo 5º.- La presente Resolucion Suprema no da derecho a exoneracion ni liberacion de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominacion. Articulo 6º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Relaciones Exteriores.

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