Norma Legal Oficial del día 18 de junio del año 2010 (18/06/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

El Peruano MORDAZA, viernes 18 de junio de 2010

NORMAS LEGALES

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Listado de PMCE; o (iv) la modificacion de un permiso de pesca."; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 273-2010PRODUCE/DGEPP del 23 de MORDAZA del 2010, se aprobo el Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion - LMCE, correspondiente a la primera temporada de pesca del recurso anchoveta ( Engraulis ringens) y anchoveta MORDAZA (Anchoa nasus) del 2010, en la MORDAZA comprendida entre el extremo norte del dominio maritimo del Peru y los 16º 00´ Latitud Sur; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 205-2010PRODUCE/DGEPP de fecha 25 de marzo del 2010, referencia a), en estricto cumplimiento de la medida cautelar innovativa dispuesta por el Primer Juzgado Especializado en lo Constitucional de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, segun lo ordenado por Resolucion Nº UNO de fecha 22 de febrero de 2010, aclarado por las Resoluciones N° TRES y CINCO de fechas 5 y 12 de marzo del 2010, y bajo responsabilidad del referido juzgado, se otorgo a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MUGUERZA, provisionalmente, permiso de pesca por las capacidades equivalente a las embarcaciones pesqueras MAYNAS 1 de 340 Toneladas de capacidad de bodega y TALARA 10 de 300 toneladas de capacidad de bodega, para la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta en la jurisdiccion de Chimbote; Que, con Resolucion Directoral Nº 288-2010PRODUCE/DGEPP del 29 de MORDAZA del 2010, referencia b), en estricto cumplimiento de la ampliacion de medida cautelar dispuesta por el Primer Juzgado Especializado en lo Constitucional de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, segun lo ordenado por Resolucion Nº NUEVE de fecha 13 de MORDAZA del 2010, y bajo responsabilidad del referido juzgado, modificar la Resolucion Directoral Nº 205-2010-PRODUCE/DGEPP de fecha 25 de marzo del 2010, con la que se otorgo a favor del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MUGUERZA, provisionalmente, permiso de pesca por las capacidades equivalentes a las embarcaciones pesqueras MAYNAS 1 de 340 toneladas de capacidad de bodega y TALARA 10 de 300 toneladas de capacidad de bodega, para la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta, en el extremo de su ambito jurisdiccional, debiendo entenderse como ambito jurisdiccional todo el litoral peruano; Que, mediante el escrito del visto, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MUGUERZA, solicito la asignacion del PMCE MORDAZA Norte - Centro y PMCE y LMCE MORDAZA Sur correspondiente a las embarcaciones pesqueras MAYNAS 1 de matricula CO-7886 y TALARA 10 de matricula CY7807; Que, mediante Informe Nº 34-2010-PRODUCE/OGTIE/ OE/RJFP, emitido por la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica, se remite el calculo del PMCE y LMCE MORDAZA Norte - Centro y el PMCE y LMCE MORDAZA Sur de las embarcaciones pesqueras referidas en los considerandos precedentes; Que, habiendose otorgado a favor de MORDAZA MORDAZA MORDAZA MUGUERZA, permiso de pesca provisional para operar las embarcaciones pesqueras MAYNAS 1 de matricula CO-7886 y 331.38 m3 y TALARA 10 de matricula CY-7807 y 292.40 m3, de acuerdo a lo expuesto corresponde efectuar las incorporaciones correspondientes al Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion MORDAZA Norte - Centro y Sur aprobados por las Resoluciones Directorales Nºs 843-2008-PRODUCE/DGEPP y 376-2009-PRODUCE/ DGEPP, asi como al Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion - LMCE para la MORDAZA Norte - Centro, y Sur aprobados con Resolucion Directoral Nº 273-2010-PRODUCE/DGEPP y Resolucion Directoral Nº 026-2010-PRODUCE/DGEPP; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion General de Extraccion y Procesamiento Pesquero, segun Informe Nº 423-2010PRODUCE/DGEPP-Dchi, Informe Nº 34-2010-PRODUCE/ OGTIE/OE/RJFP y con la opinion favorable de la instancia legal correspondiente; De conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley General de Pesca - Decreto Ley Nº 25977, su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-

2001-PE y sus normas modificatorias y ampliatorias, Ley Nº 26920; Decreto Legislativo N° 1084 - Ley sobre Limites Maximos de Captura por Embarcacion y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2008-PRODUCE y demas normas modificatorias; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 118° del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo N° 012-2001-PE y el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo N° 0102006-PRODUCE; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Incorporar al Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion - PMCE, aprobado por Resolucion Directoral N° 843-2008-PRODUCE/ DGEPP, de fecha 31 de diciembre del 2008, a la embarcacion pesquera MAYNAS 1 de matricula CO-7886, con un PMCE de 0,14386% para la MORDAZA Norte -Centro, de acuerdo a lo determinado por la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica. Articulo 2°.- Incorporar al Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion -LMCE MORDAZA NorteCentro, aprobado por Resolucion Directoral Nº 273-2010PRODUCE/DGEPP de fecha 23 de MORDAZA del 2010, a la embarcacion pesquera MAYNAS 1 de matricula CO-7886, con un LMCE de 3 596,50 TM para la MORDAZA Norte -Centro, de acuerdo al calculo efectuado por la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica. Articulo 3°.- La incorporacion de la embarcacion pesquera MAYNAS 1 de matricula CO-7886, al Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion - PMCE, aprobado por Resolucion Directoral N° 8432008-PRODUCE/DGEPP, y al Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion -LMCE, aprobado por Resolucion Directoral Nº 273-2010-PRODUCE/ DGEPP, MORDAZA Norte-Centro referida en los Articulos 1° y 2º, no modifica los PMCE y LMCE asignados a las embarcaciones pesqueras en la citadas Resoluciones. Articulo 4°.- Incorporar al Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion - PMCE, aprobado por Resolucion Directoral N° 843-2008-PRODUCE/ DGEPP, de fecha 31 de diciembre del 2008, a la embarcacion pesquera TALARA 10 de matricula CY-7807, con un PMCE de 0,14085% para la MORDAZA Norte -Centro, de acuerdo a lo determinado por la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica. Articulo 5°.- Incorporar al Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion -LMCE MORDAZA NorteCentro, aprobado por Resolucion Directoral Nº 273-2010PRODUCE/DGEPP de fecha 23 de MORDAZA del 2010, a la embarcacion pesquera TALARA 10 de matricula CY-7807, con un LMCE de 3 521,25 TM para la MORDAZA Norte -Centro, de acuerdo al calculo efectuado por la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica. Articulo 6°.- La incorporacion de la embarcacion pesquera TALARA 10 de matricula CY-7807, al Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion - PMCE, aprobado por Resolucion Directoral N° 8432008-PRODUCE/DGEPP, y al Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion -LMCE, aprobado por Resolucion Directoral Nº 273-2010-PRODUCE/ DGEPP, MORDAZA Norte-Centro referida en los Articulos 4° y 5º, no modifica los PMCE y LMCE asignados a las embarcaciones pesqueras en la citadas Resoluciones. Articulo 7°.- Incorporar al Listado de los Porcentajes Maximos de Captura por Embarcacion - PMCE MORDAZA Sur, aprobado por Resolucion Directoral N° 376-2009PRODUCE/DGEPP, a la embarcacion pesquera MAYNAS 1 de matricula CO-7886, con un PMCE de 0,102731% para la MORDAZA Sur, de acuerdo a lo determinado por la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica. Articulo 8°.- Incorporar al Listado de los Limites Maximos de Captura por Embarcacion - LMCE MORDAZA Sur, aprobado por Resolucion Directoral Nº 026-2010PRODUCE/DGEPP, a la embarcacion pesquera MAYNAS 1 de matricula CO-7886, con un LMCE de 410,924 TM, de acuerdo al calculo efectuado por la Oficina General de Tecnologia de la Informacion y Estadistica.

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