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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE JUNIO DEL AÑO 2010 (18/06/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 18 de junio de 2010 420787 de Control de Intereses Acuáticos del Capítulo II - Departamento de Material Acuático, el Procedimiento C-02, sobre Aprobación de Planos para Embarcaciones y Artefactos Navales de un arqueo bruto de hasta 7.00 (construcción o modifi cación), C-06, sobre Otorgamiento de Licencia de Construcción para naves nuevas o modifi cación de estructuras de naves, C-14, sobre obtención de Certifi cado de Avance de Construcción del CIEN POR CIENTO (100%), para naves y artefactos navales de arqueo bruto hasta de 7.00 (por primera vez o por modifi cación), y el C-18, Expedición de Certifi cado de Matrícula de naves adquiridas en el Perú; Que, el Numeral 36.3 del Artículo 36º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que las disposiciones concernientes a la eliminación de procedimientos o requisitos o a la simplifi cación de los mismos, podrán aprobarse por Resolución Ministerial; Que, el Numeral 38.5 del Artículo 38º de la Ley indicada en el considerando precedente, establece que toda modifi cación que no implique la creación de nuevos procedimientos, incremento de derechos de tramitación o requisitos, se debe realizar por Resolución Ministerial del Sector; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 750-2009- DE/MGP de fecha 5 de agosto de 2009, se aprobó simplifi car temporalmente los requisitos de matrícula para embarcaciones existentes de hasta 7.00 de Arqueo Bruto, que venían operando sin contar con su registro ante la Autoridad Marítima Nacional, por un período de CIENTO VEINTE (120) días calendario, habiéndose realizado el registro y matrícula de TRES MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE (3,757) embarcaciones; Que, debido a que aún existe un número considerable de embarcaciones de hasta 7.00 de Arqueo Bruto (AB), que continúan operando sin contar con su registro ante la Autoridad Marítima Nacional, es necesario extender la simplifi cación de los requisitos de los Procedimientos C-02, C-06, C-14 y C-18, descritos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Marina de Guerra del Perú (TUPAM-15001), permitiendo a los titulares de estas embarcaciones que se registren y obtengan la matrícula correspondiente; Que, el período para la simplifi cación de los requisitos de matrícula para las embarcaciones de hasta 7.00 de Arqueo Bruto, será por un período máximo de CIENTO VEINTE (120) días calendario; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29075 - Ley que establece la Naturaleza Jurídica, Función, Competencias y Estructura Orgánica Básica del Ministerio de Defensa y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2008 DE de fecha 2 de enero de 2008; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Simplifi car por un período de CIENTO VEINTE (120) días calendario, los requisitos de matrícula que se establecen en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución, solamente para aquellas embarcaciones existentes de hasta 7.00 de Arqueo Bruto (AB), en el ámbito Marítimo, Fluvial y Lacustre. Artículo 2°.- Aprobar los requisitos que forman parte de la presente Resolución para la matrícula de embarcaciones de hasta 7.00 de Arqueo Bruto (AB). Artículo 3°.- La presente Resolución Ministerial entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 4º.- El referido Anexo se publicará en el Portal Institucional del Ministerio de Defensa http://www. mindef.gob.pe. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de Defensa 508633-2 ECONOMIA Y FINANZAS Modifican R.S. Nº 068-2010-EF que autorizó viaje de profesional para participar en la II Ronda de Negociaciones para un Acuerdo de Asociación Transpacífico RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 077-2010-EF Lima, 17 de junio de 2010 Visto, el Ofi cio Nº 2388-2010-EF/94.04.1 de la Secretaria de Directorio de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV. CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 068-2010-EF, se autorizó, por excepción, el viaje del señor Wilson Falen Lara, Profesional 2 de la Dirección de Investigación y Desarrollo de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV, a la ciudad de San Francisco, Estados Unidos de América, del 15 al 19 de junio de 2010, para participar en la II Ronda de Negociaciones para un Acuerdo de Asociación Transpacífi co (TPP), entre los actuales miembros del Acuerdo P4, Nueva Zelandia, Singapur, Chile y Brunei Darussalam, y Australia, Estados Unidos, Perú y Vietnam, en el equipo de trabajo peruano que participará en la mesa de negociación de Servicios y Compras Públicas; Que, mediante el documento del Visto, CONASEV señala que al adquirir los pasajes luego de la publicación de la Resolución Suprema Nº 068-2010-EF, se presentó una variación en el costo de los pasajes aéreos, razón por la cual es necesario modifi car la referida Resolución Suprema, a fi n de autorizar el gasto adicional generado por tal incremento; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 17.1 del artículo 17º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modifi car, con efi cacia anticipada, el artículo 2º de la Resolución Suprema Nº 068-2010-EF, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución, en el extremo del monto de los pasajes aéreos que asciende a US$ 1 325,32. Artículo 2º.- Quedan vigentes los demás términos de la Resolución Suprema Nº 068-2010-EF. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por la Ministra de Economía y Finanzas. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros MERCEDES ARÁOZ FERNÁNDEZ Ministra de Economía y Finanzas 509037-3 Aprueban Convenio de Traspaso de Recursos a ser suscrito con SEDAPAL para el servicio de la deuda correspondiente a la operación de endeudamiento externo aprobada por D.S. Nº 317-2009-EF RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 295-2010-EF/75 Lima, 17 de junio de 2010