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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 16 de marzo de 2010 415662 plasmado en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972; Que, el Artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades establece en su segundo párrafo que, el Alcalde ejerce las funcione ejecutivas de gobierno mediante Decretos de Alcaldía; Que, mediante Ordenanza N° 188/MDC del 29 de Enero del año 2010, se aprobó la actualización de datos, fechas de vencimiento, benefi cios tributarios así como el calendario tributario 2010, considerando lo prescrito en los Artículos 14° y 15° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado mediante Decreto Supremo N° 156-2004-EF, que señala que el impuesto predial podrá cancelarse al contado hasta el último día hábil del mes de Febrero o en su defecto podrá ser fraccionado en cuotas trimestrales estableciéndose además plazos para presentar Declaraciones Juradas y el pago del impuesto predial de acuerdo a las alternativas planteadas, pudiendo establecerse prórrogas; Que, la política actual de la gestión es, brindar facilidades a los contribuyentes del Distrito a efectos de que puedan cumplir con sus obligaciones tributarias, tal como lo menciona la Gerencia de Rentas en su Informe N° 026-2010-GR/ MDC, señalando que es necesario ampliar el plazo para la presentación de la fi cha de actualización de datos que tiene carácter de declaración jurada así como los demás benefi cios otorgados en la Ordenanza N° 188/MDC; Que, la Segunda Disposición Final de la Ordenanza 188/MDC, faculta al señor Alcalde a que por Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias necesarias para la aplicación de la Ordenanza incluso la prórroga de la vigencia de los plazos establecidos; Estando a lo expuesto y en uso de las atribuciones conferidas en el Numeral 6 del Artículo 20° de la Ley Orgánica de Municipalidades - Ley N° 27972 y al Artículo 42° del mismo cuerpo legal; SE DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR HASTA EL 31 DE MARZO DEL 2010, lo siguiente: - Presentación de hojas de actualización de datos con carácter de declaración jurada de autoavalúo. - Pago al contado y pago de la primera cuota del pago fraccionado del impuesto predial 2010. - Vencimiento de la 1°, 2° y 3° cuota del pago de arbitrios municipales de recojo de residuos sólidos, barrido de calles, parques y jardines y serenazgo. - Vencimiento del descuento del 15% como benefi cio por pronto pago de los arbitrios municipales, por el pago anual al contado. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento del presente Decreto a la Gerencia de Rentas, a la Gerencia de Administración y Finanzas a través de la Sub Gerencia de Tesorería, a la Subgerencia de Informática y a la Subgerencia de Imagen Institucional para la difusión correspondiente. Artículo Tercero.- PUBLIQUESE, el presente Decreto en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. RAFAEL MARCELO ALVAREZ ESPINOZA Alcalde 468367-1 MUNICIPALIDAD DE LA VICTORIA Autorizan viaje del Alcalde a Argentina, en comisión de servicios ACUERDO DE CONCEJO Nº 018-2010/MLV La Victoria, 12 de marzo del 2010 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA VICTORIA; VISTO; en sesión ordinaria de la fecha el dictamen conjunto Nº 003-2010-CPAFSFC-CPPPAL/MDLV emitido por las Comisiones Permanentes de Administración, Finanzas, Sistemas, Fiscalización y Control, y de Planeamiento, Presupuesto y Asuntos Legales; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto en el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de conformidad con lo establecido por la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – a través del artículo 9º numeral 11, corresponde al Concejo Municipal autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario. Asimismo, mediante el numeral 27 del citado artículo se estipula que, el Concejo Municipal tiene la atribución de aprobar las licencias solicitadas por el alcalde o los regidores; Que, la Municipalidad de La Victoria ha recibido la invitación de la Intendencia de Rosario por la cual convoca a una reunión del Consejo de la Red de Mercociudades, del cual forma parte el corporativo, que tendrá lugar en la ciudad de Tandil, República de Argentina el día 19 de marzo del 2010. Asimismo, hace extensiva su invitación al seminario – taller: “La Agenda Política del Mercosur Local” que se llevará a cabo el 18 y 19 de marzo en la misma ciudad, y a la reunión de la Sección Nacional Argentina del Foro Consultivo de Municipios, Estados Federados, Provincias y Departamentos del Mercosur que se realizará el 18 de marzo. Debiendo precisar que los gastos de transporte interno, alimentación y alojamiento de los invitados serán cubiertos por los organizadores de dicho evento; Que, la incorporación del corporativo a la Red de Mercociudades resulta positiva por cuanto permite consolidar las relaciones bilaterales con las comunas latinoamericanas y gestionar fi nanciamientos de proyectos institucionales que benefi cian directamente a la comunidad, así como para conocer y compartir experiencias con las municipalidades de la región respecto al desarrollo local, a nivel urbano, social, cultural y económico, entre otros aspectos; Que, de conformidad a lo expuesto en el artículo 10º de la Ley Nº 29289 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2009 –, en la Ley Nº 27619 – Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos – y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, los viajes al exterior que efectúen los servidores y funcionarios públicos deben ser autorizados, en el caso de los gobiernos locales, por el Concejo municipal, cuyo acuerdo debe ser publicado en el Diario Ofi cial El Peruano; Estando a lo expuesto y contando con la opinión favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica mediante Informe Nº 81-09-GAJ/MDLV, con la certifi cación presupuestaria de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto mediante Informe Nº 091-2010-GPP/MLV, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades –; ACORDÓ: Artículo Primero.- Autorizar al señor Alcalde, Arq. Alberto Sánchez Aizcorbe Carranza, para asistir en representación de la Municipalidad de La Victoria a la reunión del Consejo de la Red de Mercociudades y a los eventos simultáneos organizados en el marco del mismo, los cuales se llevarán a cabo en la ciudad de Tandil, República de Argentina los días 18 y 19 de marzo del 2010. Artículo Segundo.- Establecer que los gastos del pasaje aéreo (ida y vuelta) así como los impuestos respectivos serán cubiertos por la Municipalidad de La Victoria con cargo a la partida presupuestal correspondiente; precisando que los gastos de hospedaje, alimentación y transporte interno local durante los días que dure el evento, serán cubiertos por los organizadores del mismo. Artículo Tercero.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el Alcalde de la Municipalidad de La Victoria debe presentar ante el Concejo un informe de las acciones y gestiones realizadas durante el viaje que se autoriza a través del presente. Artículo Cuarto.- Otorgar licencia al señor Alcalde desde el 17 hasta el 21 de marzo del 2010, encargando