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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 07 DE MAYO DEL AÑO 2010 (07/05/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de mayo de 2010 418507 Cúmplase, regístrese, comuníquese, publíquese y archívese ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros 490783-3 RESOLUCIÓN LEGISLATIVA N° 29528 EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Resolución Legislativa siguiente: RESOLUCIÓN LEGISLATIVA QUE CONCEDE LA NACIONALIDAD PERUANA, POR NATURALIZACIÓN, A DOS CIUDADANOS ALEMANES Y A UN CIUDADANO ESTADOUNIDENSE, POR SERVICIOS DISTINGUIDOS A LA NACIÓN PERUANA Artículo único .- Objeto de la Resolución Legislativa El Congreso de la República, de conformidad con lo prescrito en los artículos 52º y 102º, numeral 10, de la Constitución Política del Perú y en el artículo 3º, numeral 2, de la Ley núm. 26574, Ley de Nacionalidad; en concordancia con el artículo 8º, inciso b), del Reglamento de la Ley de Nacionalidad, aprobado mediante el Decreto Supremo núm. 004-97-IN, publicado el 28 de mayo de 1997; ha resuelto conceder la nacionalidad peruana a los ciudadanos alemanes KLAUS-DIETER JOHN y MARTINA JOHN GEB. SCHENK y al ciudadano estadounidense BARRY GENE CONNER, por servicios distinguidos a la Nación peruana y, en consecuencia, extiéndanse los títulos de nacionalidad correspondientes, previa inscripción en el registro respectivo. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los cinco días del mes de mayo de dos mil diez. LUIS ALVA CASTRO Presidente del Congreso de la República CECILIA CHACÓN DE VETTORI Primera Vicepresidenta del Congreso de la República AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Lima, 6 de mayo de 2010 Cúmplase, regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros 490783-4 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Decreto Supremo que crea la Comisión Multisectorial de Vigilancia, Prevención y Control de Infecciones Intrahospitalarias DECRETO SUPREMO N° 052-2010-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el artículo 9 de la Constitución Política del Perú establece que el Estado determina la política nacional de salud. El Poder Ejecutivo norma y supervisa su aplicación, siendo responsable de diseñarla y conducirla de forma plural y descentralizadora para facilitar a todos el acceso equitativo a los servicios de salud; Que, el artículo VI del Título Preliminar de la Ley Nº 26842, Ley General de Salud, establece que es responsabilidad del Estado promover las condiciones que garanticen una adecuada cobertura de prestaciones de salud a la población, en términos aceptables de seguridad, oportunidad y calidad; Que, los literales d) y e) del artículo 3º de la Ley Nº 27657, Ley del Ministerio de Salud, disponen que es competencia del Ministerio de Salud articular los recursos y actores públicos y privados, intra e intersectoriales, que puedan contribuir al logro de los objetivos de las políticas públicas de salud y la coordinación con organismos multilaterales y bilaterales de la cooperación técnica y fi nanciera; Que, el literal b) del artículo 41º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-SA, señala como una de las funciones generales de la Dirección General de Salud de las Personas, establecer las normas, supervisión y evaluación de la atención de la salud de las personas en las diferentes etapas de vida, así como la categorización, acreditación y funcionamiento de los servicios de salud y la gestión sanitaria en el Sector Salud; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 753-2004/ MINSA se aprobó la NT Nº 020-MINSA/DGSP-V.01: “Norma Técnica de Prevención y Control de Infecciones Intrahospitalarias”, en cuyo numeral 1.5 se dispone la creación de una Comisión Técnica Nacional de Vigilancia, Prevención y Control de Infecciones Intrahospitalarias conformada por representantes de diversas instituciones del Sector, encargada de promover la elaboración y difusión de las normas nacionales, emitir recomendaciones sobre indicadores y asesorar a los niveles locales en la materia de vigilancia, prevención y control de infecciones intrahospitalarias; Que, el numeral 3 del artículo 36º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que las comisiones multisectoriales de naturaleza permanente son creadas con fi nes específi cos para cumplir funciones de seguimiento, fi scalización, o emisión de informes técnicos. Se crean formalmente mediante decreto supremo refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y los titulares de los Sectores involucrados. Cuentan con Reglamento Interno aprobado por Resolución Ministerial del Sector al cual están adscritas; Que, resulta necesario conformar una Comisión Multisectorial de naturaleza permanente para abordar la problemática en materia de vigilancia, prevención y control de infecciones intrahospitalarias; De conformidad con el inciso 8 del artículo 118º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 29158 - Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; DECRETA: Artículo 1°.- Creación de la Comisión Multisectorial Créase la Comisión Multisectorial de Vigilancia, Prevención y Control de Infecciones Intrahospitalarias , (en adelante la Comisión Multisectorial), cuya naturaleza será permanente. Dicha Comisión Multisectorial dependerá del Ministerio de Salud. La función general de la Comisión Multisectorial será abordar la problemática relacionada con la vigilancia, prevención y control de las infecciones intrahospitalarias. Artículo 2°.- De la Conformación La Comisión Multisectorial de Vigilancia, Prevención y Control de Infecciones Intrahospitalarias, estará conformada por: a) Un representante del Despacho Ministerial del Ministerio de Salud. b) Un representante de la Dirección General de Salud de las Personas. c) Un representante de la Dirección General de Salud Ambiental. d) Un representante de la Dirección General de Epidemiología.