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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 7 de mayo de 2010 418509 Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Comercio Exterior y Turismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros MARTÍN PÉREZ MONTEVERDE Ministro de Comercio Exterior y Turismo 490783-7 Autorizan viaje del Ministro de Salud a la Confederación Suiza y encargan su Despacho a la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo RESOLUCIÓN SUPREMA N° 111-2010-PCM Lima, 6 de mayo del 2010 CONSIDERANDO: Que en la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, se llevará a cabo la 63° Asamblea Mundial de la Salud (AMS), del 17 al 21 de mayo de 2010; Que mediante documento C.L.9.2010 del 12 de marzo de 2010, la Directora General de la Organización Mundial de la Salud, comunica a los Estados Miembros y Miembros Asociados sobre la realización del mencionado evento; Que siendo el Perú miembro de la OMS/OPS y la Asamblea Mundial de Salud es el órgano máximo de decisión de la Organización Mundial de la Salud - OMS, en el que se debaten los asuntos técnicos y sanitarios, políticos y administrativos, resulta de suma relevancia la participación del Ministro de Salud en esta reunión; Que los gastos de participación en el citado evento serán asumidos con cargo al Pliego 011: Ministerio de Salud; Que en tal sentido, es necesario autorizar el viaje del señor Ministro de Salud, así como el encargo del Despacho Ministerial, en tanto dure la ausencia del titular; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29465, Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fi scal 2010, la Ley Nº 27619, que regula los viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos, modifi cada por la Ley Nº 28807 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Oscar Raúl Ugarte Ubilluz, Ministro de Estado en la Cartera de Salud, a la ciudad de Ginebra, Confederación Suiza, del 15 al 22 de mayo de 2010, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Suprema serán cubiertos por la Unidad Ejecutora 001 Administración Central – MINSA, del Pliego 011 – Ministerio de Salud, conforme al siguiente detalle: - Pasaje Aéreo : US $ 3,550.00 - Viáticos ( US $ 260.00 x 08 días ) : US $ 2,080.00 - Tarifa por uso del Aeropuerto : US $ 31.00 Total : US $ 5,661.00 Artículo 3°.- Encargar la cartera de Salud a la Ministra de Trabajo y Promoción del Empleo, señora Manuela Esperanza García Cochagne, a partir del 15 de mayo de 2010 y mientras dure la ausencia del titular. Artículo 4º.- La presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de ninguna clase o denominación. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Salud. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JAVIER VELASQUEZ QUESQUÉN Presidente del Consejo de Ministros OSCAR UGARTE UBILLUZ Ministro de Salud 490783-8 Constituyen Grupo de Trabajo Técnico encargado del diseño, puesta en marcha y operación del Centro de Atención Telefónica “Aló Mac” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 141-2010-PCM Lima, 30 de abril de 2010 VISTO: El Memorándum Nº 268-2010-PCM/SGP, de fecha 05 de abril de 2010, de la Secretaría de Gestión Pública, que solicita la formalización del Grupo de Trabajo Técnico para el Centro de Atención Telefónica “Aló MAC”; CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo - LOPE consagra el Principio de Servicio al Ciudadano, estableciendo que las entidades del Poder Ejecutivo están al servicio de las personas y de la sociedad, actúan en función de sus necesidades, así como del interés general de la nación; Que, el Decreto Supremo Nº 025-2010-PCM defi ne y establece la Política Nacional de Simplifi cación Administrativa que tiene como uno de sus objetivos universalizar en forma progresiva el uso intensivo de las tecnologías de la información y de la comunicación en las distintas entidades públicas y promover la demanda de servicios en línea por la ciudadanía; y como una de sus estrategias, la de establecer accesos multicanal para los procedimientos y los servicios administrativos en función de su naturaleza, con énfasis en los canales no presenciales; Que, el Decreto Supremo Nº 027-2010-PCM crea el Centro de Atención Telefónica “Aló MAC”, como centro piloto integrado de atención dirigido a la ciudadanía para brindar servicios de información básica sobre los procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad contenidos en el Texto Único de Procedimientos Administrativos- TUPA de las entidades del Poder Ejecutivo; orientar sobre puntos de atención al ciudadano y recibir las quejas sobre algún defecto en la atención o tramitación de solicitudes presentadas ante el Poder Ejecutivo; Que, la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 027-2010-PCM establece que, a propuesta de la Secretaría de Gestión Pública, se conformará un grupo de trabajo técnico encargado del diseño, puesta en marcha y operación del Centro de Atención Telefónica, cuyos integrantes y funciones, entre otros aspectos, serán establecidos mediante Resolución Ministerial del Presidente del Consejo de Ministros; Que, habiéndose recibido la propuesta del Grupo de Trabajo elaborada por la Secretaría de Gestión Pública a que hace referencia la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 027-2010-PCM antes mencionada, resulta pertinente emitir la presente Resolución Ministerial para establecer sus integrantes y funciones, entre otros aspectos; De conformidad con lo dispuesto en el numeral 9) del artículo 19º de la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y el numeral 1) del artículo 8º del Decreto Supremo Nº 063-2007-PCM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros y la Segunda Disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 027-2010-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Constitución del Grupo de Trabajo Técnico