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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 23 de noviembre de 2010 429625 Tercero: Que, en ese orden de ideas y estando a lo expuesto por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal en consonancia con el contenido del Informe N° 197-2010-SEP-GP-GG-PJ, de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planifi cación de la Gerencia General del Poder Judicial, y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional la de adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva; deviene en necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, estando en especial a la particular relevancia que tiene para la administración de justicia en el país el actual proceso de implementación del nuevo sistema procesal; resultando conveniente autorizar entre otras, la prórroga de órganos jurisdiccionales en el Distrito Judicial de Huaura, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito; Cuarto: Que, los numerales 24, 25 y 26 del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear órganos jurisdiccionales, aprobar la modifi cación de sus ámbitos de competencia territorial, asimismo, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Jorge Alfredo Solís Espinoza por encontrarse con licencia por salud, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 31 de marzo de 2011 el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales del Distrito Judicial de Huaura: PROVINCIA DE HUAURA - HUACHO: • Juzgado Penal de la Investigación Preparatoria Transitorio. • Juzgado Penal Liquidador Transitorio; el mismo que tendrá competencia además en las Provincias de Barranca y Huaral. PROVINCIA DE BARRANCA: • Juzgado Penal Unipersonal Transitorio. • Juzgado Penal de la Investigación Preparatoria Transitorio. PROVINCIA DE HUARAL: • Juzgado Penal Unipersonal Transitorio. • Juzgado Penal de la Investigación Preparatoria Transitorio. Artículo Segundo.- Convertir y reubicar en el Distrito Judicial de Huaura los siguientes órganos jurisdiccionales, en la forma que se indica a continuación: PROVINCIA DE BARRANCA: • El Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la citada provincia, en Primer Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Huaura; disponiéndose su funcionamiento hasta el 31 de marzo de 2011. Con igual competencia territorial que los Juzgados Penales Unipersonales de Huaura. La carga pendiente del citado órgano jurisdiccional materia de conversión será remitida al Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Huaura. PROVINCIA DE HUARAL: • El Juzgado Penal Liquidador Transitorio de la citada provincia, en Segundo Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Huaura; disponiéndose su funcionamiento hasta el 31 de marzo de 2011. Con igual competencia territorial que los Juzgados Penales Unipersonales de Huaura. La carga pendiente del citado órgano jurisdiccional materia de conversión será remitida al Juzgado Penal Liquidador Transitorio de Huaura. Artículo Tercero.- Facultar al Presidente de Ia Corte Superior de Justicia de Huaura, y a la Gerencia General en cuanto sea de su competencia, a adoptar las acciones y medidas administrativas que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente resolución e implementación del Código Procesal Penal; incluyendo las que el Presidente del citado Distrito Judicial deba adoptar para los fi nes de numeración de órganos jurisdiccionales a que haya lugar, así como de distribución de la carga procesal de los órganos jurisdiccionales, que en tal sentido resulten pertinentes para la aplicación de esta decisión; informando al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Cuarto.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Ministerio Público, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Corte Superior de Justicia de Huaura, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ROBINSON O. GONZALES CAMPOS FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARÍO PALACIOS DEXTRE 569673-1 Prorrogan funcionamiento de diversos órganos jurisdiccionales de los Distritos Judiciales del Cusco, La Libertad y Puno RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 351-2010-CE-PJ Lima, 5 de noviembre de 2010 VISTOS: El Ofi cio N° 963-2010-ETI-PJ, remitido por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, el Ofi cio N° 404-2010-DPD/PJ, del señor Consejero Darío Palacios Dextre, el Informe N° 200-2010-SEP-GP-GG-PJ, de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planificación de la Gerencia General del Poder Judicial, y los Oficios Nros. 14589-2010-P-CSJCU-PJ y 645-2010- P-CSJPU-PJ, cursados por los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del Cusco y Puno, respectivamente, y; CONSIDERANDO: Primero: Que, los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia del Cusco y Puno han formulado propuesta, entre otras, de prórroga de órganos jurisdiccionales penales transitorios, con el fi n de reforzar la implementación del nuevo Código Procesal Penal en los mencionados Distritos Judiciales, teniendo en cuenta la proyección de ingresos, resolución y