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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 23 de noviembre de 2010 429626 carga para el presente año, conforme a los informes desarrollados en dichas Cortes Superiores y por la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planifi cación de la Gerencia General del Poder Judicial, con relación a los resultados que se vienen alcanzando y las necesidades existentes al respecto; asimismo, se establece la conveniencia de autorizar la prórroga de órganos jurisdiccionales penales transitorios de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; Segundo: Que, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 053-2008-CE-PJ del 25 de febrero de 2008, las Comisiones de Magistrados para la Implementación del Código Procesal Penal, en los Distritos Judiciales en donde tenga vigencia el nuevo sistema procesal, tienen la responsabilidad de coordinar con el Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal para los fi nes de realizar el monitoreo y evaluación permanente y de esa forma proponer las acciones administrativas y de control pertinentes a que haya lugar en sus respectivas sedes judiciales; Tercero: Que, en ese orden de ideas y estando a lo expuesto por el Presidente del Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal en consonancia con el contenido del Informe N° 200-2010-SEP-GP-GG-PJ, de la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia de Planificación de la Gerencia General del Poder Judicial, y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional la de adoptar medidas en aras de un óptimo servicio de impartición de justicia, garantizando a su vez la tutela jurisdiccional efectiva; deviene en necesario dictar las disposiciones que permitan coadyuvar al logro de dicho objetivo, estando en especial a la particular relevancia que tiene para la administración de justicia en el país el actual proceso de implementación del nuevo sistema procesal; resultando conveniente autorizar entre otras, la prórroga de órganos jurisdiccionales en los Distritos Judiciales del Cusco, La Libertad y Puno, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito; Cuarto: Que, los numerales 24, 25 y 26 del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determinan como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear órganos jurisdiccionales, aprobar la modifi cación de sus ámbitos de competencia territorial, asimismo, adoptar acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y efi ciencia; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de sus atribuciones, en sesión ordinaria de la fecha, sin la intervención del señor Consejero Jorge Alfredo Solís Espinoza por encontrarse con licencia por salud, por unanimidad; RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 31 de marzo de 2011 el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales transitorios en la forma que a continuación se indica: DISTRITO JUDICIAL DEL CUSCO Provincia del Cusco: • Sala Penal Liquidadora Transitoria. • Primer, Segundo y Tercer Juzgados Penales Liquidadores Transitorios. Provincia de Canchis - Sicuani: • Juzgado Penal Liquidador Transitorio. Provincia de Espinar - Yauri: • Juzgado Penal Liquidador Transitorio. Provincia de La Convención – Santa Ana: • Juzgado Penal Liquidador Transitorio. DISTRITO JUDICIAL DE LA LIBERTAD Provincia de Trujillo: • Primer y Segundo Juzgados Penales Liquidadores Transitorios. DISTRITO JUDICIAL DE PUNO Provincia de Puno: • Sala Penal Liquidadora Transitoria. • Primer y Segundo Juzgados Penales Liquidadores Transitorios. Provincia de San Román - Juliaca: • Primer, Segundo y Tercer Juzgados Penales Liquidadores Transitorios. Provincia de Melgar - Ayaviri: • Juzgado Penal Liquidador Transitorio. Provincia de El Collao - Ilave: • Juzgado Penal Liquidador Transitorio. Provincia de Huancané: • Juzgado Penal Liquidador Transitorio. Provincia de Lampa: • Juzgado Penal Liquidador Transitorio. Artículo Segundo.- Facultar a los Presidentes de Ias Cortes Superiores de Justicia de Cusco, La Libertad y Puno; así como a la Gerencia General en cuanto sea de su competencia, a adoptar las acciones y medidas administrativas que resulten necesarias para el cumplimiento de la presente resolución e implementación del Código Procesal Penal; incluyendo las que los Presidentes de los citados Distritos Judiciales deban adoptar para los fi nes de numeración de órganos jurisdiccionales a que haya lugar, así como de distribución de la carga procesal de los órganos jurisdiccionales, que en tal sentido resulten pertinentes para la aplicación de esta decisión; informando al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial. Artículo Tercero.- Transcríbase la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ministerio de Justicia, Ministerio Público, Equipo Técnico Institucional de Implementación del Código Procesal Penal, Cortes Superiores de Justicia de Cusco, La Libertad y Puno, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. SS. JAVIER VILLA STEIN ROBINSON O. GONZALES CAMPOS FLAMINIO VIGO SALDAÑA DARÍO PALACIOS DEXTRE 569673-2 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Reasignan y designan jueces en materia penal en la Corte Superior de Justicia de Lima Sur CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA SUR PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 096-2010-P-CSJLIMASUR/PJ Lima, 19 de noviembre del 2010