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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2010 (27/11/2010)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 27 de noviembre de 2010 429916 CONSIDERANDO: Que, el Comandante en Jefe de la Armada de Chile ha cursado la invitación al Comandante General de la Marina para que asista acompañado de UN (1) Ofi cial, a la séptima versión de la “Exposición y Conferencia Internacional de Defensa Naval y Marítima para América Latina - EXPONAVAL 2010”, a realizarse en la ciudad de Valparaíso - CHILE, a partir del 29 de noviembre al 04 de diciembre de 2010; Que, el evento antes mencionado constituye la más importante exhibición marítima y naval de Latinoamérica, a la cual asisten en calidad de expositores, una gran cantidad de empresas de más de DIECISEIS (16) países, contando con más de SIETE MIL QUINIENTOS (7,500) visitantes de empresas, potenciales compradores y representantes de la prensa especializada. La asistencia a esta Feria Internacional la cual coincide con el año del Bicentenario de la Independencia de Chile, permitirá a la Marina de Guerra del Perú tomar conocimiento de las nuevas tecnologías en el ámbito naval y su empleo ante las nuevas amenazas; Que, el citado viaje se encuentra incluido en el Rubro V: Medidas de Confi anza Mutua, Ítem 92 aprobado con Resolución Suprema Nº 374-2010-DE de fecha 4 de setiembre de 2010, que modifi ca el Plan Anual de Viajes al Extranjero del Sector Defensa para el Año Fiscal 2010; Que, es conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Almirante Rolando Antonio NAVARRETE Salomón, Comandante General de la Marina y del Capitán de Corbeta Freddy Alfonso RAMÍREZ Rodríguez, para que asistan a la séptima versión de la “Exposición y Conferencia Internacional de Defensa Naval y Marítima para América Latina - EXPONAVAL 2010”, a realizarse en la ciudad de Valparaíso - CHILE, a partir del 29 de noviembre al 4 de diciembre de 2010; por cuanto la participación en el citado evento, contribuirá a elevar el nivel de interoperabilidad entre ambas marinas, así como fortalecerá los vínculos de amistad, reciprocidad e incrementará las relaciones y medidas de confi anza mutua entre ambos países en benefi cio de la Seguridad Nacional e Institucional; De conformidad con la Ley Nº 27619 - Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 29605 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, Ley Nº 29465 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010, Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002, Decreto de Urgencia Nº 001-2010 de fecha 6 de enero de 2010 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Almirante Rolando Antonio NAVARRETE Salomón, Comandante General de la Marina y del Capitán de Corbeta Freddy Alfonso RAMÍREZ Rodríguez, para que asistan a la séptima versión de la “Exposición y Conferencia Internacional de Defensa Naval y Marítima para América Latina - EXPONAVAL 2010”, a realizarse en la ciudad de Valparaíso - CHILE, a partir del 29 de noviembre al 4 de diciembre de 2010. Artículo 2º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan de acuerdo a los conceptos siguientes: Pasaje: Lima - Santiago (CHILE) - Lima US$ 970.00 x 2 personas Pasaje terrestre: Santiago - Valparaíso - Santiago US$ 50.00 x 2 personas Viáticos: US$ 200.00 x 2 personas x 6 días Tarifa Única de Uso de Aeropuerto: US$ 31.00 x 2 personas Artículo 3º.- Facultar al Ministro de Defensa para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refi ere el Artículo 1º, sin exceder el total de días autorizados. Artículo 4º.- El citado Personal Naval deberá cumplir con lo dispuesto en el Artículo 6º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 5 de junio de 2002 y Cuarta Disposición Final del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG de fecha 26 de enero de 2004 y sus modifi catorias. Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 6º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Defensa. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Presidente del Consejo de Ministros y Ministro de Educación JAIME THORNE LEÓN Ministro de Defensa 572042-2 Autorizan ingreso al territorio peruano de personal militar de Brasil, EE.UU., Chile y México RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1278-2010-DE/SG Lima, 25 de noviembre de 2010 CONSIDERANDO: Que, mediante Facsímil (DGS) Nº F-1211 de fecha 16 de noviembre de 2010, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Federativa de Brasil, sin armas de guerra; Que, en el marco de los acuerdos de Estados Mayores entre los Ejércitos de Perú y Brasil, se acordó efectuar la visita de un Instructor para desempeñarse en la Escuela de Guerra del Ejército del Perú, cuya actividad se encuentra dentro del Plan de Intercambio de Ofi ciales entre ambos Países; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cado por Ley Nº 28899, establece que “el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores”; y, Con la opinión favorable del Ejército del Perú y de conformidad con la Ley Nro. 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República y la Ley Nro. 28899 - Ley que modifi ca la Ley Nro. 27856, Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República;