Norma Legal Oficial del día 27 de noviembre del año 2010 (27/11/2010)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 27 de noviembre de 2010

financieros a que se refieren los Capitulos V y VI del Titulo IV del Codigo de Proteccion y Defensa del Consumidor. C.- El Organo Resolutivo de Procedimientos Sumarisimos de Proteccion al Consumidor Nº 3 de MORDAZA Sur tendra competencia general para conocer, en primera instancia, las denuncias que correspondan a la via del procedimiento sumarisimo con exclusion de la competencia que corresponde al ORPS Nº 1 y al ORPS Nº 2. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DE LA MORDAZA HIGUERAS Presidente del Consejo Directivo 571071-1

Que, atendiendo a lo dispuesto por los incisos j) y l) del articulo 5º de la Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033, y en uso de las facultades conferidas por el articulo 124º del Codigo de Proteccion y Defensa del Consumidor, aprobado por la Ley Nº 29571, el Consejo Directivo del INDECOPI ha determinado la creacion de Organos Resolutivos de Procedimientos Sumarisimos de Proteccion al Consumidor, los mismos que se encontraran adscritos a las sedes de la Institucion a nivel nacional u oficinas regionales en las que exista una Comision de Proteccion al Consumidor o una Comision con facultades desconcentradas en esta materia; Que, en el caso de la sede central de la Institucion (sede MORDAZA Sur), la creacion e instalacion efectiva de Organos Resolutivos de Procedimientos Sumarisimos de Proteccion al Consumidor, requiere considerar la significativa carga procesal que administra y las necesidades concretas de viabilizar la tramitacion de procedimientos celeres que permitiran la solucion de problemas de menor complejidad y de menor cuantia que se presenten entre el consumidor y una empresa proveedora, en treinta dias habiles por instancia, de conformidad con lo establecido por el Codigo de Proteccion y Defensa del Consumidor; Que, por lo MORDAZA expuesto, resulta necesario crear en la sede central de la Institucion (sede MORDAZA Sur), Organos Resolutivos de Procedimientos Sumarisimos de Proteccion al Consumidor que detenten competencias especiales con la finalidad de atender eficientemente las necesidades de los consumidores, teniendo en consideracion la diferente naturaleza de los procedimientos que se tramitan, asi como la especial regulacion de las relaciones de consumo en determinados sectores como el bancario y financiero; Estando al acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Institucion acerca de la conformacion de estos Organos Resolutivos de Procedimientos Sumarisimos de Proteccion al Consumidor y sobre la designacion de sus Jefes; y, De conformidad con los incisos f) y h) del numeral 7.3 del articulo 7º de la Ley de Organizacion y Funciones del INDECOPI, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 1033; RESUELVE: Articulo 1º.- Crear los Organos Resolutivos de Procedimientos Sumarisimos de Proteccion al Consumidor adscritos a la sede central de la Institucion (sede MORDAZA Sur) y designar a sus Jefes, con efectividad al 1 de diciembre de 2010, de conformidad con el siguiente detalle: A.- Organo Resolutivo de Procedimientos Sumarisimos de Proteccion al Consumidor Nº 1 de MORDAZA Sur. Jefe: MORDAZA MORDAZA Quinones Casanova. B.- Organo Resolutivo de Procedimientos Sumarisimos de Proteccion al Consumidor Nº 2 de MORDAZA Sur. Jefe: MORDAZA MORDAZA MORDAZA Flores. C.- Organo Resolutivo de Procedimientos Sumarisimos de Proteccion al Consumidor Nº 3 de MORDAZA Sur. Jefe: MORDAZA MORDAZA Garcia. Articulo 2º.- Determinar la competencia administrativa por materia que corresponde a los Organos Resolutivos de Procedimientos Sumarisimos de Proteccion al Consumidor adscritos a la sede central de la Institucion (sede MORDAZA Sur), conforme al siguiente detalle: A.- El Organo Resolutivo de Procedimientos Sumarisimos de Proteccion al Consumidor Nº 1 (ORPS Nº 1) de MORDAZA Sur tendra competencia especial para conocer, en primera instancia, denuncias por incumplimiento de medidas correctivas, incumplimiento de acuerdos conciliatorios e incumplimiento y liquidacion de costas y costos. B.El Organo Resolutivo de Procedimientos Sumarisimos de Proteccion al Consumidor Nº 2 (ORPS Nº 2) de MORDAZA Sur, con exclusion de la competencia que corresponde al ORPS Nº 1, tendra competencia especial para conocer, en primera instancia, denuncias que versen exclusivamente sobre la prestacion de los servicios

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Dictan disposiciones sobre goce vacacional de jueces y personal auxiliar jurisdiccional y administrativo en el Ano Judicial 2011
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 341-2010-CE-PJ MORDAZA, 11 de octubre de 2010 CONSIDERANDO: Primero: Que, el articulo 246° del Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial prescribe que las vacaciones de los jueces se establecen en dos etapas sucesivas, cada una de treinta dias, en los meses de febrero y marzo; sin perjuicio de que, excepcionalmente, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial pueda senalar tiempo distinto; Segundo: Que, las vacaciones programadas en los meses de febrero y marzo, en la practica, da lugar a que los procesos judiciales se paralicen durante ese lapso, generando dicha modalidad circunstancias de perjuicio a litigantes, abogados y publico en general; Tercero: En tal sentido, y en razon a los resultados verificados durante los periodos de vacaciones correspondientes a los Anos Judiciales 2005, 2006, 2007, 2009 y 2010, resulta conveniente que el goce vacacional de jueces, asi como de personal auxiliar jurisdiccional y administrativo para el proximo ano se realice en un solo periodo, del 01 de febrero al 02 de marzo de 2011; por ende, a efectos de estructurar los organos jurisdiccionales de vacaciones que necesariamente funcionaran durante ese lapso, es del caso dar las pautas para su funcionamiento; Por tales fundamentos, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, en uso de las atribuciones conferidas por el Texto Unico Ordenado de la Ley Organica del Poder Judicial, en sesion ordinaria de la fecha, sin la intervencion del senor Consejero MORDAZA MORDAZA Saldana por encontrase de vacaciones, por unanimidad; RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer que las vacaciones en el Ano Judicial 2011, para jueces y personal auxiliar se haran efectivas del 01 de febrero al 02 de marzo de 2011. Articulo Segundo.- Las MORDAZA y Juzgados Penales Especiales de Lima; asi como la Sala Penal Nacional y los Juzgados Penales Supraprovinciales, programaran el rol de vacaciones de jueces y personal auxiliar teniendo en cuenta los plazos procesales de los expedientes a su cargo y la necesidad del servicio; dando cuenta al Consejo Ejecutivo del Poder Judicial sobre las acciones adoptadas al respecto.

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